Copyleft, derechos para el autor

Las licencias Creative Commons ofrecen a los autores la posibilidad de elegir cómo quieren proteger sus obras
Por Nacho Rojo 2 de febrero de 2005

El movimiento copyleft trata de extender una idea nacida con el software libre: la libertad de copia, modificación y circulación de las obras no sólo fomenta la difusión de la cultura, sino que a la postre es útil para el reconocimiento de los autores, e incluso para su recompensa económica. Las licencias copyleft de Creative Commons (CC), ya adaptadas a legislación española, pretenden facilitar a los artistas la divulgación de su creación mediante un rango flexible de protección, sin que tengan que elegir entre el todo o la nada que representan el dominio público y el copyright: o cualquiera puede atribuirse los textos, o nadie puede difundirlos sin permiso hasta 70 años después de la muerte del autor. CC no quiere competir con el copyright, sino complementarlo.

Reescribir la propiedad intelectual

Explicaba Cory Doctorow, novelista y activista digital, en una reciente conferencia en Madrid, cómo el copyright y el derecho de autor -mecanismos para regular la tecnología – se han ido adaptando a la evolución de los sistemas de copia y distribución de obras originales. Las nuevas tecnologías siempre han provocado el pánico entre los titulares de los derechos de cada época. “Cuando se inventó la radio, los intérpretes en directo intentaron llevar a Marconi a juicio por crear un aparato que permitía a los oyentes sintonizar una emisión sin pagar la entrada. El videograbador le dio tal susto a Hollywood que mandaron a su portavoz al Congreso para decir que ‘el videograbador es a la industria norteamericana del cine lo que el Estrangulador de Boston es a la mujer que está sola en casa’”, cuenta Doctorow.

Los legisladores han tenido que ir adaptando los derechos de autor a la tecnología para bien de la sociedad y de los propios autores. Se dieron cuenta de que el hecho de que el vídeo pueda grabar, copiar, avanzar rápidamente y saltarse los anuncios de las películas emitidas por televisión es una cualidad, no un defecto… “Los avances tecnológicos han permitido que un número mil veces mayor de artistas hagan una cantidad mil veces mayor de arte, ganando mil veces más dinero a la vez que llegan a un público mil veces más extenso”, según el co editor del popular weblog Boing Boing.

Con la llegada de Internet, “una tecnología que como la fotocopiadora, el fonograma, la televisión por cable o la gramola, necesitaba una nueva legislación de derechos de autor para poder coexistir pacíficamente con el resto del mundo”, las cosas cambiaron de rumbo. Doctorow cree que la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual) decidió que “la característica principal de Internet, la capacidad de mover datos de un sitio a otro sin coste ni control, era un problema a resolver y no una solución en sí misma”.

Para “arreglar” Internet se establecieron tratados internacionales que la “criminalizaban”, asegura Doctorow. Las nuevas leyes “crearon nuevos delitos para las personas que copiaran ficheros contraviniendo la vieja ley de copyright, crearon la idea de la ‘antielusión’, que dice que es ilegal romper el cerrojo a una obra con copyright, ilegal decirle a alguien cómo romper el cerrojo, e ilegal decirle a alguien cómo averiguar cómo romperlo”. El efecto de estas nuevas leyes ha sido nefasto, dice: “no han conseguido que una sola obra original deje de circular libremente por Internet ni han puesto un solo céntimo en el bolsillo de un titular de derechos, pero han respaldado a un montón de negocios que se aprovechan de los derechos de autor a expensas del público”.

Este estado de cosas, con una progresiva extensión de los derechos de autor, que cubren más ámbitos durante más tiempo -en España los derechos de explotación de la obra duran toda la vida del autor y 70 años después de su muerte-, en un contexto donde las nuevas tecnologías facilitan como nunca antes la copia y distribución, ha provocado el movimiento “otro copyright es posible”. Unos (entre los que están muchos autores) defienden que la cultura (la información) quiere ser libre, y que facilitar la difusión de una obra no sólo beneficia a la sociedad, también termina por recompensar a los autores. En el lado contrario, parte de la industria (grandes discográficas, estudios de cine, editoriales, etc.) y muchos artistas se aferran al viejo copyright como único modo de combatir a la rampante piratería, que en forma de ‘top manta’ o intercambio de archivos en Internet lacera la venta de originales.

¿Qué es Copyleft?

La idea del copyleft fue concebida por Richard Stallman, figura central del movimiento del software libre. El vocablo nace con una doble oposición a copyright (derecho de copia): copyleft (copia dejada o abandonada) indica que no se restringe la copia (es más, se invita a copiar) y además ‘left’ (izquierda, en inglés) se contrapone a ‘right’ (‘derecho’ pero también ‘derecha’). El origen del copyleft se engloba en el movimiento del software libre, que defiende la libertad de redistribuir y cambiar los programas informáticos, que se crean con el código fuente abierto (se pueden ver las ‘tripas’ al programa para mejorarlo o adaptarlo).

Por supuesto, la forma más sencilla para ‘liberar’ un programa es ponerlo en el dominio público, lo que no evita que alguien lo modifique y lo cierre con copyright como si siempre hubiera sido suyo. En lugar de esto, el Proyecto GNUdesarrolló la licencia GPL (siglas en inglés de Licencia Pública General) y otras licencias de software librepara proteger la creación con copyleft, un instrumento legal por el que se otorga el derecho a utilizar, modificar y redistribuir el código del programa o cualquier programa derivado del mismo, pero sin cambiar los términos de distribución. Es decir, lo que nace libre debe seguir siendo libre.

Así, copyleft define las licencias de software libre y por extensión a todas las licencias que no son copyright, entre las que destacan las de Creative Commons, que tratan de extender el copyleft mucho más allá del software.

Contra los excesos

Si el copyright nació como una fórmula para recompensar a los creadores por su trabajo, de su abuso y el excesivo control que ejerce sobre la difusión de las obras -en una creciente tendencia a equiparar la propiedad intelectual con cualquier otra propiedad (como un coche), lo que, según los expertos, limita el acceso y difusión de la cultura- ha surgido el copyleft. Las licencias copyleft no pretenden acabar con el copyright, sino “crear un procomún mediante la inserción de un continuo legal donde antes existía un salto abrupto entre blanco y negro, entre dominio público y ‘todos los derechos reservados’”, explica Javier Candeira, co editor de Barrapunto. “Creative Commons -continúa Candeira- aspira a instalar un sistema de graduación que permita tener un copyright con matices; pero no abolir el copyright“.

Frente a la idea de que el copyleft terminará con la remuneración de los autores y en último termino con la creación, las nuevas licencias nacen “para favorecer, para apuntalar, para empujar la creatividad… para permitir que los autores y los que disfrutan de sus obras puedan tener una mejor relación, para que el flujo de las ideas vuelva a liberarse de una forma controlada por los autores”, según José Cervera, periodista especializado en Internet. El autor de los weblogs Retiario y Perogrullo explica en ‘216 segundos de mirada: la justificación económica del copyleft‘ cómo en la ‘economía de la atención’, marcada por la superabundancia de información, “lo valioso son los ojos que te miran”, por lo que el copyleft “no es generoso, es una cuestión de supervivencia”.

El discurso revolucionario o cuando menos rupturista de los abogados del copyleft (en el movimiento copyleft hay varios abogados), espanta a los editores tradicionales, pues lo ven como una maza que derriba el pilar de su negocio. No en balde, a Doctorow se le puede oír decir cosas como: “Si las instituciones dinosáuricas no pueden dar una respuesta mejor a este maravilloso mundo mejor que está naciendo gracias a Internet, deberían hundirse en el barro y morir”. O a Cervera apuntar que “nos enfrentamos a lo que una legislación de propiedad intelectual que ha perdido los papeles puede suponer como riesgo para la cultura. La única manera de que podamos ayudar a empujar a esos dinosaurios hacia las pozas de alquitrán es utilizar masivamente las licencias copyleft“.

Pero lo cierto es que hay datos que avalan que el sistema de control sobre la propiedad intelectual es mejorable y que las barreras para la difusión de la cultura son muy altas: “Cuando nació Internet, el 80% de la música grabada a lo largo de la historia no estaba disponible a ningún precio. Se había borrado, olvidado, retirado del mercado. Según una decisión del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de hace un año, esto es típico: el 98% de todas las obras con derechos de autor no están disponibles en el mercado”, cuenta Doctorow, que es Coordinador para Asuntos Europeos de la Electronic Frontier Foundation. Y también es verdad que las licencias alternativas al copyright, si bien pueden ser lesivas para los intermediarios (que dejarán de sacar provecho), ponen en manos del autor unos mecanismos de control sobre su obra que pueden ser más o menos restrictivos según su deseo.

Creative Commons, derechos a medida

El profesor de derecho de la universidad de Stanford, Lawrence Lessing, autor de Free Culture (traducida al español por Elástico.net), fundó en 2001 la organización sin ánimo de lucro Creative Commons, convertida ahora en referencia mundial de la corriente copyleft. Creative Commons ha desarrollado una serie de licencias (cc) para ofrecer cobertura legal a los autores que quieran publicar sus obras sin limitar el derecho de copia y distribución, que ya se utilizan en varios países. En España, Ignasi Labastida, de la Universitat de Barcelona, ha liderado el trabajo para su adaptación a la legislación española. El 1 de octubre se presentaron en Barcelona y el pasado 24 de enero se celebraron en Madrid los 100 días de Creative Commons en España, con la presencia de Cory Doctorow y una representación de escritores, editores, músicos e instituciones que publican bajo CC.

Algunos derechos reservados

La obra protegida con una licencia Creative Commons se puede copiar, distribuir y comunicar públicamente con la única obligación de reconocer y citar al autor original. A partir de ahí, el autor que se acoge a este tipo de licencias decide el grado de protección, permitiendo o no:

  • El uso comercial de la obra.
  • Modificaciones de la obra (el autor puede poner como condición que las obras derivadas se publiquen bajo una licencia idéntica a la que regula su obra).

Además, si desea proteger su obra bajo las leyes de propiedad intelectual de una jurisdicción específica, debe especificar el país, así como el formato de la obra (imagen, texto, audio, vídeo, etc.) y, de manera opcional, más información sobre ésta (título, descripción, creador, etc.). La propia página de Creative Commons crea la licencia (un resumen ‘legible por los humanos’ y el texto legal completo) y genera un código para que se pueda colocar en cualquier página web.

Existe una licencia estándar y una serie de licencias específicas para ‘compartir música’, ‘sampling’, para programas informáticos, etc.

En el resumen de la licencia simple (cc), una serie de iconos explica los derechos de la obra que se ceden:

  • Reconocimiento. Se permite copiar, distribuir, exponer e interpretar la obra protegida -y los trabajos derivados de ella- si el autor figura en los créditos.
  • No comercial. No se puede utilizar la obra para fines comerciales.
  • Sin trabajos derivados. No se puede alterar, transformar o generar una obra derivada a partir de la obra.
  • Compartir por igual. Se permite distribuir trabajos derivados con la condición de que se mantenga una licencia idéntica a la de la obra.
  • Ejemplode una licencia ‘by-nc-nd’: con Atribución, No comercial y Sin obras derivadas.

    Este vídeo explica “los orígenes y aventuras del proyecto Creative Commons”.

    Adoptar una licencia Creative Commons no supone desproteger la obra: “existe la misma posibilidad de perseguir el incumplimiento de la licencia, con los mismos abogados, los mismos tribunales… que con copyright; no se pierde ningún derecho”, dice Cervera.

    Este tipo de licencias copyleft son compatibles con otra forma de protección, como el copyright. Para Lessing, copyleft es una rama del copyright, “es la forma correcta de usar el copyright sin abusar de los monopolios que confiere”, explica Candeira. Cory Doctorow cuenta que su primera novela salió publicada en la mayor editorial de ciencia ficción del mundo y “a la vez que salía de la imprenta, la puse a disposición de los lectores en Internet, bajo una licencia Creative Commons”. Que sea accesible en la Red no ha mermado las ventas: “las dos primeras tiradas se han agotado y el libro va ya por su tercera reimpresión. A través de Internet se han distribuido más de medio millón de copias”, asegura Doctorow.

    De la misma forma, Amador Savater, de la editorial Acuarela, explica que de los cuatro libros que han editado con licencia Creative Commons, tres son de los más vendidos. Asimismo, el diario gratuito 20 Minutos combina dos licencias CC distintas, una para las viñetas y otra para el resto del contenido, manteniendo el copyright para el material no propio, como las noticias de agencias.

    Poco a poco más medios y autores contemplan la posibilidad de acogerse a licencias alternativas al copyright para conseguir mayor visibilidad para sus obras y productos. Su avance se enfrenta a numerosas barreras, concluye Doctorow: “En cada encrucijada de la historia de los medios, los intereses creados lloriquean que el último invento -sea la imprenta, la radio, el videograbador o la Internet- destruirán la propia creatividad. Siempre se equivocan. Siempre”.

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