Calcular la pensión de jubilación

Para jubilarse a los 67 años con la totalidad de la pensión, habrá que cotizar durante 37 años
Por Ana Palomo Trigo 2 de marzo de 2012
Img jubilado

La reforma de las pensiones, que entrará en vigor en 2013 y que culminará de manera escalonada en 2027, estipula que para jubilarse a los 67 años con la totalidad de la pensión habrá que cotizar durante 37 años. Determina también que los trabajadores podrán retirarse a los 65 siempre que hayan cotizado 38 años y seis meses. Además, se elevan de forma progresiva los años que se tendrán en cuenta para calcular la cuantía de la pensión, que pasan de los 15 actuales a 25. En general, los trabajadores se jubilarán más tarde y las pensiones medias disminuirán en torno a un 15%. No obstante, cada trabajador debe hacer sus propios cálculos para conocer a qué prestación tiene derecho.

Variables para calcular la pensión de jubilación

A partir del año que viene, se retrasa la edad de jubilación y aumenta el número de años que se tienen en cuenta para calcular la pensión. Ese es el plan que se ha ideado para reducir los costes del Estado y evitar una posible quiebra del sistema de pensiones. Se reducirán las pensiones de la mayoría de los españoles, puesto que recibirán la prestación durante menos tiempo (al elevarse la edad de jubilación) y cobrarán menos dinero al mes (al ampliarse el periodo de cálculo, se reduce la cuantía de la prestación).

Los trabajadores se jubilarán más tarde y las pensiones medias disminuyen en torno a un 15%

Con la ley 27/2011, sobre Actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, se pretende prolongar la vida activa de los trabajadores y desincentivar la jubilación anticipada. De ahora en adelante, esta solo podrá solicitarse a partir de los 63 años y los trabajadores de 61 y 62 años no podrán jubilarse. La reforma, que entrará en vigor de forma gradual en 2013, no estará concluida del todo hasta 2027.

Tres variables que se deben tener en cuenta al calcular la pensión de jubilación son las siguientes:

  1. Los años cotizados a la Seguridad Social.

    Hasta ahora, para recibir el 50% de la base reguladora, se requería cotizar un mínimo de 15 años y para el 100%, un total de 35 años cotizados. Con la reforma de las pensiones, para hacer el cálculo de la base reguladora, se aumenta hasta los 25 últimos años cotizados y pasan a ser 37 los años cotizados para percibir el 100% de la base reguladora.

    De esta forma, si un trabajador ha cotizado 25 o más años, tendrá derecho a la prestación. Si por el contrario ha cotizado menos tiempo, no tendrá derecho a percibir una pensión de jubilación.

  2. La edad legal a la que poder jubilarse.

    Se amplía la edad legal de jubilación a los 67 años de manera progresiva a partir de 2013. La reforma, que se inicia en 2013 hasta el año 2027, establece que para jubilarse a los 67 años, con el 100% de la pensión, se debe haber cotizado 37 años. La edad aumentará un mes cada ejercicio a partir de 2013 hasta el año 2018 y se incrementará en dos meses por año desde 2019 hasta 2027, que será cuando la edad de jubilación quedará fijada en los 67 años.

    No obstante, los trabajadores podrán jubilarse a los 65 años con el 100% de la pensión, siempre que tengan más de 38 años y medio cotizados. De esta forma, los nacidos antes de 1948 podrán retirarse aún a los 65 años, pero las siguientes generaciones retrasarán poco a poco su edad de jubilación.

  3. Las tablas según la categoría laboral del trabajador.

    La empresa está obligada a cotizar por el trabajador por un importe comprendido entre la base máxima y la mínima de su grupo de cotización. Cada trabajador, según su categoría profesional, pertenece a un grupo de cotización y a este grupo le corresponde una base máxima y una mínima. Los grupos de cotización se dividen en dos fases:

    • Grupos del 1 al 7: integran a los trabajadores que cobran cada mes. El grupo 1 son los licenciados y el 7, los auxiliares administrativos.
    • Grupos del 8 al 11: corresponden a los trabajadores que reciben su salario por día. El grupo 8 son los oficiales de primera y segunda y el 11, los trabajadores menores de 18 años.

Ejemplo práctico para el cálculo de la pensión de jubilación

Con la reforma de las pensiones, se trabajará más años y se amplía el periodo de cálculo, por lo que se reduce la cuantía de la prestación que se percibirá. Esto se puede observar con un ejemplo práctico:

Una persona nacida en 1960, en el año 2027, tendrá 67 años. Para poder jubilarse a esta edad con el 100% de la pensión, tiene que haber cotizado 37 años, es decir, debe haber empezado a trabajar, como muy tarde, en 1990. Cuando el trabajador tiene 40 años (en el año 2000), cotiza el equivalente a 1.300 euros al mes, hasta los 50 años (año 2010). A esa edad le suben el sueldo y cotiza a 1.800 euros al mes hasta la fecha de su jubilación. ¿Cuál será su pensión?

  1. Antes de la actual reforma de las pensiones:

    • El trabajador se jubila a los 65 años y se toman en consideración sus últimos 15 años cotizados.
    • Cobra 1.800 euros al mes en los últimos 15 años de su vida laboral (desde los 50 hasta los 65 años).

    • 12 meses x 15 años = 180 meses en los últimos 15 años
    • 14 pagas x 15 años = 210 pagas en los últimos 15 años
    • 1.800 x 180 / 210 = 1.582,86 euros recibiría al mes de pensión si se jubilara a los 65 años

  2. Con la nueva reforma de las pensiones:

    • El trabajador se jubila a los 67 años y se toman en consideración sus últimos 25 años cotizados.
    • Cobra 1.800 euros al mes en los últimos 17 años de su vida laboral (desde los 50 hasta los 67 años).
    • Cobra 1.300 euros al mes en los anteriores 8 años de su vida laboral (desde los 42 hasta los 50 años).
    • 17 últimos años + 8 años anteriores = 25 años
    • 12 meses x 17 años = 204 meses en los últimos 17 años
    • 12 meses x 8 años = 96 meses en los anteriores 8 años
    • 14 pagas x 25 años = 350 pagas en los últimos 25 años
    • (1.800 x 204) + (1.300 x 96) / 350 = 1.405,71 euros recibirá al mes de pensión si se jubila a los 67 años con la nueva reforma de las pensiones.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube