Solicitar el duplicado de un título académico

Es conveniente realizar un trámite de reexpedición cuando un título académico se extravía, se deteriora o se destruye
Por Marta Vázquez-Reina 15 de junio de 2008
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Imagen: Francis Storr

Para optar a un puesto de trabajo, para acceder a estudios superiores o para solicitar algún tipo de ayuda o beca de formación, es imprescindible, en la mayoría de los casos, acreditar los estudios realizados mediante la presentación del correspondiente título académico. Estos documentos oficiales, que son expedidos y entregados al estudiante poco después de finalizar el correspondiente ciclo formativo, deben guardarse a buen recaudo para poder utilizarlos en los momentos que sean necesarios. Pero, ¿qué ocurre si por cualquier circunstancia el título se extravía o si a causa de un accidente o factor externo éste se deteriora o se destruye? En cualquiera de estos supuestos, a la persona que hubiera obtenido el título sólo le queda una opción: pedir un duplicado del documento, que tendrá la misma validez oficial que el original.

Al igual que es preciso el Documento Nacional de Identidad para acreditar ante cualquier instancia que somos quién decimos ser, los títulos académicos son imprescindibles para certificar la formación que se posee. Durante las enseñanzas anteriores a la universidad, los títulos que una persona va obteniendo a lo largo de su trayectoria educativa son necesarios no sólo para acceder a las distintas etapas o ciclos formativos, sino también para avalar la información incluida en un curriculum a la hora de optar por un puesto de trabajo o para solicitar cualquier ayuda, beca o subvención dirigida a un perfil académico específico.

El proceso varía según el motivo por el que se requiere expedir y el nivel académico al que corresponda

Al finalizar cada etapa, los estudiantes deben solicitar el título académico correspondiente en el mismo centro en el que han concluido sus estudios y una vez expedidos conservarlos para cuando les sean requeridos. Pero en ocasiones, al igual que cualquier otro objeto o documento, estos títulos pueden extraviarse con el paso del tiempo, o destruirse o deteriorarse por alguna causa ajena o propia al interesado; también puede suceder que el titular del documento deba incluir alguna modificación en el contenido por alguna alteración, como el cambio de nombre, de nacionalidad…, o incorporación de nuevos datos. Ante cualquiera de estos casos, para poder justificar la formación académica en alguna de las circunstancias referidas anteriormente, es necesario solicitar un duplicado de dichos títulos. El proceso para solicitarlo está determinado en función del motivo por el que se requiere expedir un nuevo título y el nivel académico al que corresponda.

Procedimientos

Los títulos incluidos dentro de las enseñanzas no universitarias son competencia del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte cuando se refieren a enseñanzas anteriores a la LOGSE o a enseñanzas obtenidas en centros docentes incluidos en el ámbito de gestión directa de este organismo, y competencia de las comunidades autónomas cuando certifican aquellas enseñanzas definidas en la LOGSE o posteriores.

Para cualquiera de estos títulos, el primer paso para solicitar un duplicado es dirigirse al mismo centro donde se finalizaron los estudios conducentes al título que se desea duplicar. Los pasos que se han de seguir a continuación dependerán del motivo de la solicitud.

Cuando el duplicado se solicite para modificar datos del título se debe acreditar el motivo del cambio

  • – Caso de deterioro del título, destrucción parcial o por motivo de cambio de datos: en estos casos, el interesado debe presentar en el centro el título original o parte del mismo que permita su identificación y solicitar el impreso 790-tasa 059 de «Expedición de títulos y Diplomas académicos, docentes y profesionales», que le debe facilitar el centro directamente. Asimismo, en el caso de que la petición del duplicado sea para modificar datos del título, el solicitante debe acreditar el motivo del cambio mediante copia del documento judicial que lo recoja. Una vez abonadas las tasas correspondientes al titulo solicitado, que marcan cada año tanto el Ministerio de Educación como los distintos gobiernos autonómicos, el centro iniciará los tramites del duplicado y cuando esté expedido lo comunicará al solicitante, que podrá recogerlo en la secretaría del centro.

    Puede darse la circunstancia de que no se haya perdido, sino que nunca estuvo en manos del estudiante

  • – Caso de perdida, extravío o destrucción total del título: antes que nada, cuando alguien no es capaz de localizar un título, lo primero que debe hacer es dirigirse al centro donde haya finalizado los estudios para comprobar si fue recogido en su momento, ya que puede darse la circunstancia de que no se haya perdido, sino que nunca estuvo en manos del estudiante. En el caso de que el título no esté en poder del centro, se deben iniciar los trámites para solicitar el duplicado y cumplimentar el modelo de solicitud que le facilitarán en la secretaría. Posteriormente, siempre que la perdida o extravío sea imputable al interesado, es requisito indispensable la publicación de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) o en el Diario Oficial de la comunidad autónoma a la que pertenezca el centro académico. En este anuncio, cuyo coste lo debe abonar el solicitante, se debe hacer constar el extravío, a fin de propiciar las oportunas reclamaciones; si éstas no se producen en el plazo de 30 días a partir de la fecha de publicación del anuncio, se iniciará el trámite para la expedición del título. Para ello, el interesado, después de entregar la copia del anuncio, cumplimentará el impreso 790-tasa 059 que le facilita el centro y abonará la tasa correspondiente. A continuación, el centro anulará el título anterior y cuando reciba el duplicado contactará con el solicitante para que proceda a su retirada.

  • En ambos casos hay que destacar que, en el supuesto de que la solicitud del duplicado se realizará por motivo de un error de la Administración, o su deterioro o extravío fuera por causas imputables a ésta, el solicitante está exento de abonar las tasas de reexpedición del título. Asimismo, están exentos del pago los miembros de una familia numerosa de categoría especial y las victimas de actos terroristas, así como sus cónyuges e hijos. Los pertenecientes a familia numerosa de categoría general abonarán sólo el 50% de la tasa correspondiente.

    Certificación sustitutoria del título

    ¿Cómo se puede acreditar la posesión de un título académico mientras su expedición se está tramitando? Durante este periodo, todos los interesados, desde el momento que abonan las tasas correspondientes a los derechos de expedición, pueden solicitar en la Dirección o Delegación Provincial de Educación de la comunidad autónoma que corresponda una certificación sustitutoria del título, firmada por las autoridades competentes, en la que conste que el diploma se halla en trámite. El documento provisional surtirá los mismos efectos que el título hasta que éste se expida.

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