Universidad y el Proceso de Bolonia

Las universidades españolas ya han comenzado a adaptarse a la nueva Ordenación de Enseñanzas Universitarias
Por Marta Vázquez-Reina 1 de noviembre de 2007

El Real Decreto de Ordenación de Enseñanzas Universitarias establece las bases necesarias para que las universidades españolas se incorporen plenamente al Espacio Europeo de Educación Superior, más conocido como Proceso de Bolonia. La sustitución de las licenciaturas y diplomaturas por las nuevas enseñanzas de Grado y Máster, el diseño de las titulaciones por parte de las universidades, o el establecimiento de unos sistemas de garantía que acrediten periódicamente la calidad de las enseñanzas son algunos de los puntos fundamentales de esta nueva ordenación, a la que las universidades españolas tendrán que haberse adaptado totalmente en el curso 2010-2011.

La Declaración de Bolonia, suscrita en 1999 por treinta estados europeos, sentó las bases para la construcción de un Espacio Europeo de Educación Superior conforme a unos principios de calidad, movilidad, diversidad y competitividad. Desde entonces, al llamado Proceso de Bolonia, que culminará en 2010, se han incorporado 46 países que han ido adaptando paulatinamente su normativa y sistemas de enseñanzas universitarios a la consecución de estos principios.

Esta nueva normativa gira en torno a la nueva estructura de la enseñanza superior en España en tres niveles: Grado, Máster y Doctorado. Estas enseñanzas se están implantando progresivamente desde el curso 2008-2009 a la vez que se van extinguiendo las actuales titulaciones, de tal modo que en el curso académico 2010-2011, no podrán ofertarse plazas de nuevo ingreso en primer curso para las titulaciones de Licenciado, Diplomado, Arquitecto, Ingeniero, Arquitecto Técnico e Ingeniero Técnico. Asimismo, hay que resaltar que los estudiantes que hayan obtenido sus títulos por el actual sistema no se verán afectados por esta normativa: «Los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores a la entrada en vigor del presente real decreto mantendrán todos sus efectos académicos y, en su caso, profesionales».

Grado

Los estudios de Grado son el primer nivel de enseñanza de la nueva ordenación universitaria a los que se accede con el título de bachiller o equivalente y la superación de la prueba de acceso a la universidad (selectividad). Estos estudios tienen una duración de cuatro años, equivalente a la suma de 240 créditos europeos (ECTS) y culminan con la elaboración de un trabajo de fin de grado de una extensión mínima de 6 y máxima de 30 créditos (incluidos en los 240). La excepción en este caso son los estudios de arquitectura y medicina, que al estar regulados por una directiva europea tienen una duración de 300 créditos ECTS (cinco años).

Por otra parte, los títulos de graduado se adscriben a una rama del conocimiento: Artes y Humanidades, Ciencias, Ciencias de la Salud, Ciencias Sociales y Jurídicas o Ingeniería y Arquitectura. Los planes de estudio de cada titulación contienen como mínimo 60 créditos de formación básica en el periodo inicial (2 primeros años), de los que al menos 36 están vinculados a las materias básicas establecidas para la rama de conocimiento en la que está adscrito el título. Estos 60 créditos son reconocidos en el caso de querer acceder a otra titulación de la misma rama.

Máster

Una vez concluidos los estudios de Grado, el estudiante tiene dos opciones: incorporarse al mundo laboral o continuar con una formación especializada complementaria a su título de graduado, es decir con los estudios de Máster.

El Máster tiene una duración de 1 o 2 años (60 o 120 ECTS) y puede ser de tipo profesional, que le prepara para ejercer una profesión, o de investigación, que prepara para el doctorado. Las enseñanzas de Máster concluyen con la elaboración y defensa oral pública de un trabajo de fin de Máster que debe tener una extensión mínima de 6 créditos y máxima de 30.

Doctorado

Las enseñanzas de Doctorado tienen como finalidad la formación avanzada del estudiante en las técnicas de investigación y comprenden dos periodos: uno de formación y otro de investigación organizado, que incluirá la elaboración y presentación de la correspondiente tesis doctoral. Al conjunto de estas enseñanzas se le denomina Programa de Doctorado.

Para acceder a los estudios de Doctorado se debe estar en posesión de un título de Graduado y de un título de Máster Universitario español, o su equivalente expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior. También pueden acceder a los estudios de doctorado los estudiantes que hayan superado 60 créditos incluidos en uno o varios Másteres Universitarios, así como los estudiantes que posean un título de Graduado cuya duración, en razón a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos.

Autonomía de las universidades

Aunque la ordenación de las nuevas enseñanzas universitarias establece uniformidad en la duración de los estudios, también introduce un alto grado de flexibilidad en el diseño de los contenidos, ya que son las universidades las encargadas de crear y proponer los títulos que van a impartir. Esto supone un incremento de la autonomía de las universidades, que diseñan y proponen los planes de estudios de acuerdo a sus recursos e intereses. De este modo, se facilita la especialización de las universidades y su adaptación a las necesidades y opciones formativas de sus estudiantes.

En el diseño de las titulaciones las universidades han de ser meticulosas, ya que no se debe aportar una mera descripción de los contenidos, sino que para su aprobación las instituciones universitarias tienen que aportar a cada título elementos como: justificación, objetivos, admisión de estudiantes, contenidos, planificación, recursos, resultados previstos y los sistemas específicos de garantía de calidad.

Sistemas de Garantía de Calidad

La autonomía que poseen las universidades en el diseño del título se combina con un mecanismo de evaluación y acreditación denominado Sistema de Garantía de Calidad, que lleva a cabo el Consejo de Universidades y la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).

De este modo, cada vez que las universidades elaboran el plan de estudios de una titulación, lo remiten para su verificación al Consejo de Universidades, que, en el caso de que existiera alguna deficiencia, lo devuelve a la propia universidad para que realice las modificaciones oportunas.

Posteriormente el Consejo de Universidades remite el plan de estudios a ANECA, que se encarga de la evaluación; este proceso es realizado por una Comisión de expertos del ámbito académico y profesional del título correspondiente. Una vez evaluado el plan de estudios, ANECA emite un informe de evaluación favorable o desfavorable y lo remite nuevamente al Consejo de Universidades que se encarga de la resolución final.

Por otra parte, este sistema garantiza la continuidad de la calidad de los planes de estudios, ya que los títulos inscritos deben someterse a un procedimiento de evaluación cada 6 años, desde el inicio de su implantación, con el fin de renovar su acreditación.

Denominación de las titulaciones
  • Grado:al finalizar los estudios de Grado, el estudiante obtiene el título de Graduado cuya denominación es Graduado en T (nombre del título) por la Universidad U (nombre de la Universidad que expide el título).
  • Master: la denominación de los títulos de Máster es Máster Universitario en T (nombre del título) por la Universidad U (nombre de la Universidad).
  • Doctorado: los estudiantes que cursen los programas de doctorado obtendrán la titulación de Doctor por la Universidad U (Universidad que expide el título). Además podrán incluir la mención “Doctor Europeo” siempre que cumpla distintos requisitos.
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