Nueva Ley de Tráfico: se incentiva el pago en plazo

Pagar las multas en los 20 días siguientes a su imposición rebajará el importe en un 50%, pero se perderá el derecho a recurrirlas
Por José Ignacio Recio 4 de noviembre de 2009
Img multa

Una de las principales novedades de la Ley de Tráfico que entra hoy en vigor es la posibilidad de rebajar el importe de las multas en un 50%, si se pagan en los 20 días siguientes (naturales) a su imposición. La parte negativa es que se pierde el derecho a recurrirlas. Pero ésta no es la única reforma. La normativa permite abonar las sanciones con tarjeta de crédito o débito y agiliza el sistema de notificación, mediante el envío por correo electrónico. Los populares puntos, además, también experimentan cambios y se reduce el número de infracciones que implican su pérdida.

Régimen sancionador inmediato

La nueva Ley de Tráfico entra hoy en vigor. Esta normativa implica el aumento de la rebaja en el importe de las multas por el «pago exprés» (se pasa de un 30% a un 50%) y la posibilidad de abonar con tarjeta de crédito o débito, pero otras medidas suscitan controversia. No convence que las sanciones se notifiquen dos veces, en lugar de las tres actuales, ni que la grúa pueda retirar un coche aparcado en zona azul o cuando se triplique el tiempo abonado.

La nueva Ley de Seguridad Vial también modifica las multas a través de radar y, a partir de ahora, se podrá penar a los vehículos en la entrada de algunos túneles. Desaparecerá, en cambio, la suspensión del permiso de conducir como infracción administrativa, de modo que el carné sólo se perderá cuando se agote el saldo de puntos o si lo determina un juez.

Los infractores podrán pagar las sanciones en el momento con la tarjeta de crédito

Son numerosas las asociaciones de automovilistas que han mostrado su desacuerdo con esta normativa al considerar que la prioridad de la reforma es recaudatoria. Creen que pretende evitar que los conductores recurran las multas, ya que el proceso para tal fin se ha reducido y se anima al pronto pago, con el aumento de la rebaja en el importe. Automovilistas Europeos Asociados (AEA) y Real Automóvil Club de España (RACE) consideran que se resucita la figura de la responsabilidad subsidiaria del propietario del vehículo en el caso de que el conductor no pague.

Los morosos no podrán vender su coche

Tras la entrada en vigor de la nueva norma, los titulares de un vehículo que acumule cuatro sanciones graves o muy graves firmes sin pagar no podrán realizar ningún trámite relativo al mismo, como la venta o el traspaso. Se establece también que una parte de las multas se destine a las asociaciones de víctimas de accidentes. Se han instaurado nuevos importes:

  • Faltas leves: 100 euros.
  • Faltas graves: 200 euros.
  • Faltas muy graves: 500 euros. Éstas pueden aumentar hasta en un 30% atendiendo al «peligro potencial creado» por el conductor.

Si se acumulan cuatro sanciones graves o muy graves sin pagar, no se podrán realizar trámites como la venta o el traspaso del coche

Respecto a las multas por exceso de velocidad, se respetarán unos márgenes de error en las sanciones impuestas por los radares, de manera que, en autopista, se comenzará a multar cuando se superen los 133 kilómetros por hora.

Nueva tabla de puntos

La nueva tabla de puntos de la Ley de Tráfico afecta a las principales infracciones que pueden cometerse tanto en las carreteras nacionales como en las vías urbanas.

  • Se aplicará una penalización de seis puntos a quienes conduzcan con una tasa de alcohol superior a la permitida o bajo los efectos de las drogas y a las personas que se nieguen a someterse a la prueba de alcoholemia. Se restarán también en caso de circular de forma temeraria (en sentido contrario y en carreras no autorizadas en la vía pública) o si se conducen vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas para inhibir los radares.

  • Se penará con cuatro puntos a quienes conduzcan un vehículo y tengan suspendida la correspondiente autorización administrativa o el uso del vehículo. Los mismos puntos se perderán por arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios o accidentes de circulación, cuando no se respeten las señales de circulación (ceda al paso, stop o semáforo en rojo), se adelante en línea continua, se entorpezca a los vehículos que circulan en sentido contrario o en condiciones de visibilidad reducida y si se realiza la maniobra de marcha atrás en autovía o no se respeta la distancia de seguridad.

  • Se castigarán con tres puntos menos las actuaciones más leves, pero no menos importantes para la seguridad vial: no ponerse el cinturón de seguridad, no utilizar sistemas de retención infantil o casco; conducir con auriculares o utilizar dispositivos de telefonía móvil y navegadores.

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