Estatuto de los cooperantes: ¿En qué se ha avanzado?

Se ha creado un marco de estabilidad para los cooperantes, pero las ONG reclaman la constitución del seguro colectivo y la exoneración o bonificación en el IRPF
Por A. García 6 de septiembre de 2007

Img impsolidarioImagen: Penny Mathews

El 8 de septiembre del año 2000 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración del Milenio. En ella, se establecieron los Objetivos de Desarrollo del Milenio, entre los que destaca la lucha internacional por el desarrollo y la erradicación de la pobreza. Según recuerda la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI), «dentro de los valores y principios de esta Declaración del Milenio, se cita expresamente a la cooperación internacional como uno de los instrumentos básicos para resolver los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario». Por esta razón, el pasado año se eligió el 8 de septiembre como Día del Cooperante. Una fecha que es motivo de celebración para unos y de reivindicación para otros, pero que sirve de excusa, en ambos casos, para hacer balance.

Se estima que alrededor de 1.400 cooperantes españoles desempeñan su labor en algo más de 60 países del mundo. El 14 de mayo del pasado año acogieron expectantes la entrada en vigor del Estatuto de los cooperantes. Se presentó como una herramienta eficaz para regularizar su situación y atender una demanda que llegaba con ocho años de retraso. Sin embargo, dieciséis meses después es momento de analizar los avances que realmente ha conseguido esta normativa y los aspectos que quedan aún pendientes de desarrollar.

«Se ha avanzado, aunque nos hubiese gustado ir más rápido en algunas cuestiones», reconoce la AECI

Uno de los colectivos más críticos en este sentido ha sido la Asociación Profesional de Cooperantes (APC), que se ha descolgado de la celebración por considerar que el nuevo Estatuto se ha elaborado y aprobado «sin la consulta directa con los afectados» y que ha dejado fuera a los cooperantes contratados por la AECI u organismos internacionales, entre otros. Desde la propia AECI, sin embargo, se hace un balance positivo, aunque se reconoce que en algunos aspectos hubiera sido deseable una mayor celeridad. «Se ha avanzado, aunque nos hubiese gustado ir más rápido en algunas cuestiones», precisa el vocal asesor de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional, Enrique del Olmo.

«El balance es, sin duda, positivo porque se han reconocido las especificidades propias de las personas cooperantes», considera la CONGDE

Por su parte, el vocal de Acción Humanitaria de la Coordinadora de ONG para el Desarrollo de España (CONGDE) , Ricardo Angora, hace también «un balance, sin duda, positivo porque se han reconocido las especificidades propias de las personas cooperantes». El Estatuto era una reivindicación histórica de la CONGDE, que pretendía desde hace tiempo la regulación de un sector y una actividad sin legislación propia. En su opinión, este instrumento permite un marco de estabilidad, seguridad y garantías en la protección social y laboral de los y las cooperantes, gracias al trabajo continuado que se ha llevado a cabo en estos meses. «De hecho -prosigue Angora-, el 25 de enero se publicó la Orden Ministerial por la que se desarrolla el Real Decreto que establece el Estatuto de los Cooperantes».

En esta Orden se regulan los procedimientos relativos al Registro de ONGD, el refrendo oficial por parte de la Administración de las certificaciones de la actividad laboral de las personas cooperantes y el acuerdo complementario de destino, un documento que debe adjuntarse al contrato laboral y que proporciona una mayor seguridad jurídica. Hasta el momento, se han dado de alta en el Registro algo más de 6O organizaciones y se han depositado 335 acuerdos complementarios de destino, en los que se recoge el país y territorio concreto en el que se va a trabajar, una descripción del proyecto y la fecha de inicio y finalización del mismo.

Seguro Colectivo

Durante la elaboración del Estatuto de los Cooperantes, una de las principales reclamaciones de las ONG fue la concertación de un seguro colectivo que sustituyera al seguro médico tradicional contratado por cada entidad. Tras conseguirlo, se fijó un plazo de seis meses para incluir en los Presupuestos Generales del Estado una partida para afrontar los costes del seguro y crear, si fuera necesario, un fondo de previsión. En la actualidad, se ha convocado el proceso de licitación para seleccionar a la compañía de seguros que se encargará de la gestión de las pólizas y se ha creado el citado fondo para cubrir pagos durante este periodo transitorio. Es decir, hasta que la AECI se encargue de la concertación del seguro colectivo, cada entidad promotora de la cooperación que haya manifestado por escrito su intención de adherirse a éste, es responsable de asegurar a sus cooperantes, pero puede pedir a la AECI una ayuda de hasta el 50% de las primas.

Las ONG critican que el coste de las pólizas deba ser asumido a partes iguales entre la AECI y las organizaciones

Ricardo Angora (CONGDE) lamenta que, entre unas cosas y otras, «este seguro colectivo lleva ya un retraso de un año en su constitución» y censura también que, finalmente, no vaya a ser asumido en su mayor parte por la Administración, sino a partes iguales entre ésta y las ONG, «lo que supone una gran carga financiera para las organizaciones». «Otro de los aspectos que no han sido desarrollados por la Orden Ministerial es la inclusión en el seguro colectivo de la cobertura de la educación de los hijos de las personas cooperantes, cuya carga, a pesar de ser una responsabilidad de la Administración, recae por completo en las ONG», critica.

Lo que sí ha quedado regulado y aprobado es el capital mínimo asegurado y los gastos subvencionables, que son la pérdida de la vida y la invalidez permanente, en cualquiera de sus grados; una atención médica y hospitalaria similar a la cobertura a la que se tiene derecho en España; la atención psicológica o psiquiátrica por sufrir angustia, estrés post traumático o cualquier otro trastorno originado durante o al finalizar la labor de cooperación; una revisión médico-sanitaria al regreso a España; y la repatriación en caso de accidente, enfermedad grave, fallecimiento, catástrofe o conflicto bélico en el lugar de destino.

Tratamiento fiscal

Otra reivindicación de las organizaciones con motivo del Día del Cooperante es la que hace referencia al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF. El Estatuto de los Cooperantes ha dejado fuera cuestiones tan interesantes como el tratamiento fiscal del trabajo que se realiza en el exterior. Para Ricardo Angora, es necesario que se contemple la exoneración o bonificación en el impuesto del IRPF, se cree un régimen especial de Cooperantes en la Seguridad Social “que contemple beneficios de cotización” y se considere enfermedad profesional “la contraída como consecuencia de trabajo en zonas de baja salubridad y alta prevalencia de enfermedades transmisibles”.

Desde la AECI, Enrique del Olmo asegura que este asunto se está analizando, aunque todavía no hay un acuerdo. Subraya que el objetivo es que se permita la reintegración del IRPF, “ya que hasta el momento no ha habido un comportamiento homogéneo de la Administración tributaria”. Para ello, se mantienen negociaciones con la Secretaria de Estado de Hacienda. “Lo fundamental es que se reconozca, no sólo el trabajo de las personas cooperantes en las intervenciones de emergencia por catástrofes, sino también la tarea que llevan cabo de forma continua y silenciosa en las regiones más apartadas y olvidadas del planeta”, concluye Angora.

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