Desplazados internos

Se les considera el grupo más vulnerable porque no recibe asistencia de su país ni puede acceder a la protección que se concede a los refugiados
Por Azucena García 29 de abril de 2008
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Imagen: acnur

La Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoce el derecho de todas las personas “a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado”. Sin embargo, actualmente existen en el mundo 25 millones de desplazados internos. Hombres, mujeres y niños que se han visto obligados a huir de sus casas a consecuencia de un conflicto armado o situaciones de violencia y carecen de la protección y asistencia necesaria, ya que no existen instrumentos legales específicos que les amparen.

Son aproximadamente 25 millones de personas. Si ocuparan un mismo territorio, formarían un país. Sin embargo, los desplazados internos no tienen esa oportunidad. Se les considera el grupo más vulnerable. Son personas que se han visto obligadas a huir de su hogar para escapar de un conflicto armado, situaciones de violencia generalizada o violaciones de los derechos humanos. Al no cruzar una frontera estatal reconocida internacionalmente, no son considerados refugiados y, por lo tanto, no se les aplica la protección que estos merecen. Pero a menudo tampoco son protegidos en su propio país, donde permanecen al amparo de un gobierno que, recuerda la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), en ocasiones es el causante de su huida o «se ha mostrado incapaz de proteger a sus ciudadanos de grupos rebeldes o de la violencia generalizada».

El origen de los desplazados internos o «IDP» («internally displaced person» o «personas desplazadas internas») se remonta a la Guerra Fría. La confrontación entre países fue sucedida por decenas de conflictos internos que provocaron la huida de un buen número de personas hacia lugares más seguros dentro de su propio territorio. La magnitud de estos enfrentamientos provoca, aún hoy, la existencia de desplazados internos en un total de 52 países. La mitad de ellos en África: Sudán (5.350.000), Uganda (1.300.000), Argelia, República Democrática del Congo y Somalia (1.000.000 cada uno), Costa de Marfil (710.000), Zimbabwe (570.000) y Kenya (430.000) son las zonas más afectadas de este continente. Otras regiones que preocupan son Colombia, con 3 millones de desplazados, Irak (2.200.000), Turquía (1.000.000) o Sri Lanka (650.000).

Intentan escapar de un conflicto armado, situaciones de violencia generalizada, violaciones de los derechos humanos o desastres naturales

La mayoría de los desplazados internos son mujeres y niños. Este hecho obedece a que buena parte de los desplazamientos están motivados por conflictos armados, en los que combaten los hombres. Una categoría especial la conforman las personas desplazadas que huyen de su hogar como consecuencia de desastres naturales o planes de desarrollo. Varios millones de civiles entre los que se encuentran quienes padecieron el tsunami de 2004 en Asia o el terremoto en el norte de Pakistán de 2005 -ambos atendidos excepcionalmente por el ACNUR-.

Desplazados internos y refugiados

Hasta que no cruzan una frontera internacional, los civiles no son considerados refugiados, un estatus que les permite recibir protección en el lugar de destino. Esto significa que, quienes no cruzan la frontera, a pesar de huir de sus casas por los mismos motivos que quienes lo hacen, quedan bajo el amparo de su país de origen, lo que se traduce muchas veces en desamparo. «Normalmente, el país de acogida proporciona comida, alojamiento y un lugar seguro a los refugiados que acaban de llegar, a través de un cuerpo bien definido de legislación y de convenciones internacionales con las que protegerles del abuso, la explotación y el retorno forzoso a su país de origen», explica el ACNUR, que reconoce cómo los desplazados internos «suelen hacer frente a una situación más difícil».

«No existen instrumentos legales específicos a nivel internacional que contemplen a los desplazados internos», reconoce el ACNUR

Mientras los refugiados reciben asistencia de las organizaciones humanitarias, que les ayudan a rehacer sus vidas en un nuevo país o regresar a sus hogares cuando las condiciones lo permiten, «no existen instrumentos legales específicos a nivel internacional que contemplen a los desplazados internos», reconoce el ACNUR. Según un informe editado por esta organización, «Los desplazados internos. Preguntas y Respuestas», este grupo puede llegar a ser visto como «enemigo del Estado» o apreciarse reticencias a la hora de asistirle, ya que se entiende como una manera de intervenir en un conflicto interno.

Entonces ¿quién ayuda a los desplazados internos? El principal apoyo es el ACNUR, que supervisa la protección y el alojamiento de 12,8 millones de desplazados en 24 países. Otras agencias de Naciones Unidas desempeñan funciones similares en el abastecimiento de agua, alimentación, servicios sanitarios, logística y telecomunicaciones, mientras que el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) asegura la aplicación de las Convenciones de Ginebra, que rigen el comportamiento en época de guerra. El pasado año, el CICR cumplió una década de atención humanitaria a la población desplazada. Un tiempo en el que ha ayudado a más de un millón de personas. «Las víctimas suelen perderlo todo. Pierden años de trabajo y esfuerzo, pierden sus familias, pierden los lazos comunitarios y redes de solidaridad, pierden sus tierras y sus enseres y sus sueños», recuerda esta organización.

Principios Rectores de los desplazamientos internos

Los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos no son legalmente vinculantes. Sin embargo, cada vez son aplicados por un mayor número de estados e instituciones. Establecen los parámetros globales mínimos que debe cumplir el trato a los desplazados internos, un conjunto de 30 recomendaciones que pretenden garantizar el derecho a la protección contra desplazamientos arbitrarios, así como el derecho a buscar seguridad en otra parte del país, abandonarlo, solicitar asilo y recibir protección contra el regreso forzado o el reasentamiento “en cualquier lugar donde su vida, seguridad, libertad y salud se encuentren en peligro”.

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