Código de Conducta Humanitario

Establece el modo en que las ONG deben actuar en caso de catástrofe para prestar ayuda a las víctimas
Por Azucena García 14 de julio de 2009

Ante un desastre es imprescindible seguir unas pautas de comportamiento en la prestación de ayuda. La dificultad del momento requiere unas normas de conducta que, si bien no determinan los pasos concretos a dar, sí ofrecen unas nociones para que el resultado sea satisfactorio y la ayuda llegue al mayor número de personas posible. Ésta es la función del Código de Conducta Humanitario, un decálogo que establece los requisitos mínimos para atender a las víctimas de catástrofes y al que las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) pueden adherirse de manera voluntaria.

Img desastre articuloImagen: Ashleigh Nushawg

La asistencia internacional humanitaria está regida por un código de conducta, un decálogo que establece las normas a seguir en caso de desastre. Elaborado en 1994 por la Federación Internacional de Sociedades de la Cruz Roja, el Comité Internacional y la Media Luna Roja, desde entonces ha sido firmado por más de un centenar de organizaciones en todo el mundo.

El Código de Conducta Humanitario está considerado una referencia para las organizaciones a la hora de intervenir en casos de desastre. «Es la base ética para el trabajo humanitario de las ONG», asevera la Coordinadora de ONG para el Desarrollo (CONGDE). Se trata de un conjunto de normas de comportamiento que no detallan el desarrollo de las operaciones, pero intentan mantener «elevados niveles de independencia, eficacia y resultados» en las intervenciones en catástrofes.

Las entidades que se adhieren al Código asumen el respeto al mismo, aunque es un texto de carácter voluntario. Se aplica en situaciones de desastre, entendidas como acontecimientos extremos en los que se pierden vidas humanas y se produce gran sufrimiento y angustia. Cuando el conflicto es armado, el Código debe interpretarse y aplicarse de conformidad con el Derecho Internacional Humanitario.

Diez artículos

En total, el Código se divide en diez artículos que recogen los principales puntos a tener en cuenta en caso de catástrofe. El primero de ellos establece la importancia de anteponer el deber humanitario, «el derecho a recibir y a brindar asistencia humanitaria», en cualquier lugar del mundo. Para ello, aboga por el libre acceso a la población como medida de alivio del sufrimiento.

La primera de las normas aboga por el libre acceso a la población para aliviar su sufrimiento

También establece que todas las personas «sin distinción» deben ser beneficiarias de ayuda, sin que ésta se utilice «para favorecer una determinada opinión política o religiosa», e insta a las ONG a actuar de manera independiente. Cualquier organizacion ha de respetar la cultura y las costumbres locales, en cuyo entorno puede aprovecharse de los medios disponibles para intervenir. La participación de los beneficiarios en la administración de la ayuda es una pieza clave para satisfacer sus necesidades básicas.

En este sentido, el Código de Conducta pretende que se reduzca en el futuro la vulnerabilidad ante los desastres, recuerda la responsabilidad de las entidades respecto a quienes ayudan y ante las personas e instituciones de las que aceptan recursos, y pide que las víctimas sean siempre reconocidas «como seres humanos dignos y no como objetos que inspiran compasión».

Código de la CONGDE

En nuestro país, la Coordinadora de ONG para el Desarrollo aprobó en 1998 su propio código de conducta, que fue revisado en 2005 y adaptado en 2008. El código se divide en dos partes. La primera está ordenada en cinco capítulos y recoge los detalles acerca de: la identidad de las ONGD, campos de trabajo, criterios generales de actuación y organización interna y pautas relativas a publicidad, comunicación y uso de imágenes. La segunda parte recoge la aplicación, difusión y cumplimiento del código.

Las ONGD que forman parte de la Coordinadora tienen la obligación de suscribir formalmente este documento

Las ONGD que forman parte de la Coordinadora tienen la obligación de suscribir formalmente este documento, que debe ser conocido por las propias organizaciones, sus socios y colaboradores, las contrapartes del Sur, las administraciones públicas que colaboren con las entidades, así como otros medios e instituciones, la opinión pública y las Coordinadoras Autonómicas y locales.

Para garantizar el cumplimiento de este código, la CONGDE cuenta con una Comisión de Seguimiento entre cuyas funciones destaca la posibilidad de realizar recomendaciones o propuestas. Esta comisión puede informar a las organizaciones firmantes sobre aspectos que deben ser tenidos especialmente en consideración.

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