La CE obliga a los operadores de telefonía móvil a fijar un límite para el tráfico de datos en «roaming»

Se pretende proteger a los usuarios de las "facturas exorbitantes" en el uso de la Red a través de móviles y portátiles
Por EROSKI Consumer 2 de marzo de 2010

Todos los operadores europeos de telefonía móvil deberán ofrecer a sus clientes un límite a partir del cual se cortará el tráfico de datos en «roaming» o llamadas en itinerancia, según una exigencia de la Comisión Europea (CE) que entró en vigor ayer. El objetivo es proteger a los usuarios de las «facturas exorbitantes» en el uso de la Red a través de móviles y portátiles, señaló el Ejecutivo comunitario.

Las normas de itinerancia adoptadas por el Consejo de Ministros de la Unión Europea (UE) y el Parlamento Europeo en junio de 2009 establecen un mecanismo de corte, a raíz de una advertencia, de la conexión móvil a los consumidores cuando se alcanza un límite especificado. Los operadores de telefonía móvil están obligados a ofrecer a sus clientes la interrupción del servicio cuando se supere un límite mensual establecido en los 50 euros. Además, los usuarios recibirán un aviso cuando llegan al 80% de este límite.

Los clientes necesitarán solicitar, al menos hasta el 1 de julio de 2010, el servicio de corte para beneficiarse de esta solución. Sin embargo, una vez superada esa fecha, los clientes tendrán por defecto el límite de corte fijado en los 50 euros. Con este corte se garantiza una «mayor transparencia y protección» de los consumidores, además de asegurarles que dejarán de asumir «facturas exorbitantes» para los servicios de datos, indicó la CE.

La protección contra las facturas elevadas por itinerancia de datos es un «paso útil» hacia la construcción de la confianza de los clientes para utilizar las redes móviles para navegar por Internet cuando viajen por Europa, aseguró al respecto la comisaria de Agenda Digital, Neelie Kroes.

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