Deudores hipotecarios: cómo les afectan las nuevas medidas

El umbral del salario que el banco no puede retener asciende a 961 euros, ampliable para quienes tenga cargas familiares
Por Elena V. Izquierdo 15 de julio de 2011
Img pisos
Imagen: Kai

El problema de la vivienda ha terminado con el bienestar de decenas de miles de familias en España. Tenían trabajo, tenían ingresos y decidieron comprar un piso donde vivir. Hoy en día, el paro y la crisis económica han hecho que muchas de estas personas pierdan su casa, el dinero de quien les avaló y parte de sus nóminas. El sistema de subasta, lejos de ayudar, permitía hasta ahora que el banco se quedara con los pisos impagados por el 50% de su valor y obligaba a sus propietarios, ya sin residencia, a seguir con el pago de la deuda a la entidad de crédito. Para paliar en la medida de lo posible las trágicas consecuencias que esta situación acarrea a los españoles, se ha aumentado el límite de inembargabilidad de la nómina.

Efectos sobre los deudores

El sistema hipotecario español se ha revelado en los últimos años como uno de los peores enemigos de los ciudadanos. Tanto quienes vivieron por encima de sus posibilidades como quienes compraron su casa con cautela se han visto afectados por una legislación que, en apariencia, funcionaba bien en tiempos de bonanza, pero que hoy ha desbaratado las economías familiares.

El deudor, hasta que las nuevas medidas comiencen a funcionar, se encuentra con que la ley permite que el banco se quede con la vivienda por el 50% de su valor si nadie puja por ella. El resto de la deuda corre a cargo del hipotecado que, ya sin piso, se ve obligado a buscar un lugar donde residir mientras trabaja, si puede, para que mes a mes le embarguen parte de su nómina.

El banco no podrá embargar nada si los ingresos del deudor son iguales o inferiores a 961 euros

Hasta abril de 2010, la cuantía que el banco no podía tomar era la equivalente al Salario Mínimo Interprofesional, que estaba fijado en 633 euros. Es decir, el acreedor podía embargar parte de la nómina o la pensión equivalente a la deuda, excepto esta cuantía, con la que tenía que vivir la familia.

Desde que empezó la crisis, se han registrado en torno a 300.000 ejecuciones hipotecarias y este límite que no se podía embargar ha resultado ser insuficiente. Ante las dificultades que tenían los ciudadanos para seguir adelante con sus vidas y el drama social al que se enfrentaban miles de familias, el umbral inembargable se modificó en abril de 2010, con lo que el salario que no podía quedarse el banco pasó en ese momento al Salario Mínimo Interprofesional más el 10% y quedó fijado en casi 700 euros. Además, se incrementaba en un 20% cuando hubiera personas a cargo del afectado que no tuvieran ingresos.

Pero de nuevo, este dinero no permitía a los ciudadanos afrontar los pagos ordinarios del día a día y ha sido necesario elevarlo, en esta ocasión, hasta los 961 euros. Esta cantidad permanecerá en la nómina de los trabajadores que hayan perdido su casa y no puedan hacer frente al pago de la hipoteca.

Si una persona cobra 1.500 euros y el banco le reclama 1.000 euros mensuales, solo podrá obtener 539 euros. En el caso de que el afectado sea mileurista, la entidad acreedora solo podrá embargarle 39 euros al mes y no podrá quedarse con nada si los ingresos del deudor son iguales o inferiores a 961 euros.

En cuanto las condiciones laborales del moroso mejoran, el acreedor puede acceder a su nómina

Las medidas incorporan un incremento adicional del porcentaje aplicado, hasta el 30% por persona dependiente del núcleo familiar que no perciba rentas. Esto incluye también a quienes tengan ingresos anuales que no alcancen el cómputo anual del Salario Mínimo, como quienes cobran pensiones no contributivas o tengan ganancias reducidas.

En el caso de una familia con dos personas a su cargo, la cantidad que no se puede embargar asciende a 1.347 euros mensuales, con lo cual, puesto que los salarios de muchos españoles no superan esta cuantía, los bancos no podrán embargar ni un céntimo de sus sueldos a miles de deudores.

Dificultades

Esto no significa, ni mucho menos, que la deuda quede saldada. El cliente de la entidad -o en su caso el avalista- mantiene una obligación económica con el banco que prestó el dinero. Y se encontrará con diversas dificultades:

Quien perdió su casa y continúa sin poder pagar tendrá una deuda con el banco de por vida

  • En cuanto las condiciones laborales del ciudadano mejoren y cobre más dinero, el acreedor podrá tomarlo de la nómina.

  • Lo mismo ocurre en el caso de que varíen las circunstancias familiares del deudor: si tuviera derecho al aumento del porcentaje inembargable por tener hijos menores o personas sin ingresos a su cargo y empezaran a percibir ingresos, volverá al límite inicial -961 euros-. El problema es que quien perdió su casa y continúa sin poder pagar, va a tener una deuda con el banco de por vida.

  • Otra de las dificultades del deudor es que hasta que no haga frente a la totalidad del pago aparecerá en un registro de morosos. Esto hace casi imposible el acceso a cualquier tipo de financiación, por pequeña que sea, y complica su acceso a la vivienda. No solo no podrá comprar un piso de nuevo, sino que tampoco le será fácil alquilar un inmueble.

Elementos positivos

Como elementos positivos cabe destacar dos hechos:

  • Las medidas suponen un respiro, al menos de momento, para quienes ha perdido su vivienda y aún deben dinero. El hecho de contar con 300 euros más al mes inembargables -o una cifra superior si tiene familia a su cargo- le permitirá vivir de una forma algo más holgada, e incluso, ahorrar algo para afrontar los pagos. La diferencia entre 633 euros y 961 es importante.

  • Aleja a los trabajadores de la economía sumergida. Vivir con poco más del Salario Mínimo -como ocurría hasta ahora- es casi imposible para una familia, así que en muchos casos, por supervivencia, se aceptan trabajos sin declarar. Por otra parte, si al trabajador le quitaban todos los meses un elevado porcentaje de sus ingresos legales, el empleo «en negro», aunque ilegal, era una de las pocas soluciones que quedaban.

Consumidores y entidades financieras

Los consumidores han acogido la noticia con satisfacción, pero advierten de que aún queda mucho por hacer. Algunas de las propuestas ya se han realizado durante estos años de crisis. Desde muchas asociaciones se reclama la dación en pago como solución al problema hipotecario: que baste con devolver el piso para saldar la deuda.

También son partidarios de una suspensión de los desahucios. Consideran que una moratoria de dos o tres años, mientras pasa la crisis, sería lo más adecuado para que miles de familias no acaben en la calle.

Los consumidores reclaman la dación en pago para saldar la deuda

Los bancos, por su parte, no están muy de acuerdo con las medidas y desde algunas entidades se ha pedido que «no se estropee un mercado hipotecario como el español, que es referencia internacional». Las entidades solicitan que se proteja la seguridad jurídica, sin la cual aumentaría la desconfianza, algo que repercutiría en los costes de las hipotecas.

Los motivos

En su momento, las hipotecas se dieron de forma masiva, en muchos casos a personas que no podían pagarlas, sin nómina fija y con escasos recursos. También las recibieron ciudadanos que, en aquel momento, podían pagar con facilidad y entre cuyas expectativas no entraba la posibilidad de perder su empleo.

Hoy este sistema se ha desmoronado y los trabajadores se han encontrado con la imposibilidad de pagar la hipoteca de su vivienda. Cuando se agotan las opciones de negociar con el banco y definitivamente la deuda no se puede abonar, la casa se pone a subasta.

Medidas complementarias

Junto con la subida del umbral del salario inembargable se han tomado otras medidas que mejoran la precaria situación que viven muchos ciudadanos.

La casa nunca podrá adjudicarse por un precio inferior al 60% de la tasación. Hasta ahora, por la mitad del precio del piso el banco o cualquier postor se podía quedar con la vivienda. El hipotecado se encontraba entonces sin su casa y con la obligación de abonar la mitad de la deuda. La nueva medida supone un beneficio para el deudor, que contará con un mayor ingreso por la subasta, con lo cual, la deuda será menor.

En su mayoría, estos pisos embargados se los quedaba el banco que, a su vez, ingresaba aún el dinero del deudor. ¿Por qué ocurría esto y pocas personas pujaban por una vivienda a bajo precio? El principal motivo es que para participar en la subasta tenían que pagar, en inicio, el 30% del valor de tasación. Mucha gente no podía afrontar esta cantidad, así que pocos pujaban y la adjudicación iba directa al banco por la mitad de su precio.

Con la nueva medida, que ha supuesto la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, este porcentaje disminuye al 20%, algo que mejora las posibilidades de los participantes al presentarse a la subasta. Por otra parte, al haber más personas interesadas, el precio del piso se eleva y, con él, el dinero que percibe quien ha tenido que dejar su vivienda. De este modo se evita, además, la devaluación excesiva del inmueble.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube