¿Puedo reclamar el impuesto de las hipotecas?

El Tribunal Supremo anuncia que el impuesto sobre actos jurídicos documentados corre a cargo del banco y abre la puerta a que los clientes lo reclamen a su entidad
Por Blanca Álvarez Barco 19 de octubre de 2018
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Imagen: sergeypeterman

El Tribunal Supremo (TS) ha modificado su jurisprudencia anterior y ha dictado sentencia: debe ser el banco, y no el cliente, quien pague el impuesto en sus hipotecas. Esta decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo en lo referente al impuesto sobre actos jurídicos documentados (AJD) no es baladí, ya que es el coste más importante de los gastos de constitución de los préstamos hipotecarios. ¿Qué consecuencias tiene este fallo para entidades y clientes? En las siguientes líneas tratamos de dar respuesta a las preguntas más relevantes.

¿Qué impuesto de las hipotecas es el que debe pagar ahora el banco?

Al constituir una hipoteca, el banco obligaba al cliente a correr con el gasto del impuesto de actos jurídicos documentados en las escrituras de préstamo. Pero ahora, a raíz de la sentencia del Tribunal Supremo, de este impuesto debe hacerse cargo la entidad. Su importancia radica en que supone el coste más importante de los gastos de constitución de una hipoteca (para una hipoteca de 150.000 euros, este impuesto oscila en torno a 3.000 euros, según la comunidad autónoma).

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¿Y por qué debe pagarlo la entidad?

Los jueces estiman que el banco es el único afectado e interesado en formalizarlo a través de una escritura pública, porque así puede ejecutar su garantía en caso de impago. Señala, además, que cargar este impuesto al hipotecado, y no al banco, constituye «un evidente exceso reglamentario».

La resolución anula el artículo 68.2 del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. Esta sentencia se une a los distintos fallos que en los últimos años están favoreciendo a los clientes, como ya pasó con la cláusula suelo y con el que se obligó a los bancos a devolver los gastos de notaría, registro de la propiedad, tasación y gestoría, derivados de la formalización de la hipoteca.

Tengo hipoteca, ¿me devolverán? y ¿cuánto?

La consecuencia más importante de la decisión judicial es que los clientes afectados podrán reclamar al banco la devolución de lo pagado, unos reintegros que serán de entre 1.000 a 3.000 euros más intereses, según las primeras estimaciones.

Para una hipoteca de 150.000 euros, el impuesto sobre actos jurídicos documentados oscila en torno a 3.000 euros

Pero no todos los hipotecados se podrán beneficiar: se calcula que serán en torno a un millón de clientes quienes desde 2014 hayan pagado los impuestos de la firma de su hipoteca (porque son los préstamos que hasta hoy no han prescrito). Aun así, varias asociaciones de consumidores esperan poder ir más allá y solicitarán que puedan beneficiarse también los titulares de hipotecas anteriores a 2014.

Además, la sentencia acepta que también pueden reclamar estos gastos una empresa o un autónomo que haya constituido una hipoteca por razones profesionales. Toda una novedad, pues hasta ahora solo los clientes individuales podían hacerlo.

Cabe destacar también que las cláusulas abusivas no prescriben, por lo que podemos reclamar, aunque ya hayamos cancelado la hipoteca.

¿Cómo y a quién puedo reclamar?

En los próximos meses se espera una oleada de reclamaciones de los clientes bancarios a las entidades con las que firmaron su préstamo hipotecario. ¿Cómo podemos hacerla?

En primer lugar, hay que reunir todos los documentos relativos a la hipoteca: copia de la escritura, facturas de la notaría, tasación, gestoría y el impuesto de actos jurídicos documentados.

Cuando tengamos todos los papeles, debemos redactar un documento de reclamación dirigido a la entidad bancaria solicitando los importes abonados. En este proceso pueden asaltarnos dudas. ¿Qué pasa si mi banco lo compró otra entidad? En este caso, debido a las absorciones entre bancos, quizás la entidad aproveche para desatender la reclamación, por lo que conviene informarse con un abogado antes de actuar. ¿Y si he cambiado mi préstamo de banco? En este caso, lo conveniente es escribir a las dos entidades.

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Imagen: Mark Moz

El banco tendría que contestarnos en el plazo de dos meses desde que realizamos la solicitud. Con su respuesta, lo mejor es mantener la calma y analizarla bien. ¡Ojo! Muchos intentarán negociar… probablemente a su favor. Si la entidad no atiende a nuestra queja, debemos presentar una demanda en los juzgados.

La alternativa: reclamar a Hacienda

Otra opción, que ha brindado el Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), permite evitar la vía judicial: los hipotecados afectados por la sentencia pueden solicitar a Hacienda la devolución de ingresos indebidos, más los intereses de demora.

A esta idea intentan aferrarse las entidades prestatarias, que explican también que las reclamaciones deben ir contra las administraciones, al ser «una cuestión de naturaleza tributaria».

Los bancos caen en Bolsa tras la decisión del Supremo

La decisión del Supremo respecto al pago del impuesto de las hipotecas ha tenido consecuencias incluso en Bolsa, con fuertes caídas en la banca que se moderaron a lo largo de la tarde que se conoció el fallo (jueves 18 de octubre). Entidades como Sabadell, CaixaBank, Bankia y Bankinter llegaron a caer más de un 5 %.

Pero esta reacción no es de extrañar, ya que el impacto en las entidades por el número de reclamaciones puede ser superior a los 4.000 millones de euros, según estima la agencia de calificación Moody’s.

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