El Gobierno aprobará una ley para proteger el patrimonio de las personas con discapacidad

El objetivo es garantizarles unos ahorros por si algún día faltan los padres o los tutores, según Aznar
Por EROSKI Consumer 12 de febrero de 2003

El Consejo de Ministros aprobará este viernes el Anteproyecto de Ley de Patrimonio Especialmente Protegido de las Personas con Discapacidad, que pretende «contribuir a la tranquilidad de aquellos padres que sienten una lógica preocupación sobre qué pasará con su hijo discapacitado cuando ellos falten», según anunció ayer el presidente del Gobierno, José María Aznar.

Aznar señaló que el objetivo de la nueva norma es que «sea más fácil constituir un patrimonio, unos ahorros, para garantizar las necesidades del discapacitado, para que si algún día los padres o los tutores faltan, la persona con discapacidad esté adecuadamente atendida».

En el texto del anteproyecto se señala que se facilitará la atención de las necesidades económicas de las «personas afectadas con una minusvalía psíquica superior al 33% ó por una minusvalía física superior al 65%, y de las personas que hayan sido declaradas incapaces por sentencia judicial».

La clave de la futura ley es el régimen tributario, ya que «se declaran exentos los incrementos de patrimonio que se pongan de manifiesto como consecuencia de la aportación. Para el beneficiario, la aportación no está sujeta a impuestos sobre sucesiones y donaciones hasta el límite de 8.000 euros anuales», según el anteproyecto de ley.

Además, «se permitirá que las empresas puedan hacer aportaciones a los patrimonios protegidos de sus trabajadores con discapacidad o de los parientes de los mismos, pudiendo deducirse un 10% del valor de la aportación de la cuota del Impuesto sobre Sociedades, con un máximo de 8.000 euros anuales». Una medida que pretende estimular la responsabilidad social de las empresas, según el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

El patrimonio lo podrá constituir «las propias personas discapacitadas siempre que tengan capacidad natural de entender y querer y, si éstas hubieran sido incapacitadas o no disfrutasen de la plena capacidad de obrar, quienes ejerzan su tutela o patria potestad o terceras personas».

La administración del patrimonio lo decidirá el constituyente y corresponderá al propio discapacitado, a sus padres o tutores, o se podrá confiar a instituciones sin ánimo de lucro. No obstante, la supervisión corresponde al Fiscal, al que deberá rendir cuentas de su gestión el administrador del patrimonio protegido. Además, se crea la Comisión de Protección Patrimonial de las Personas con Discapacidad, adscrita al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que estará encargada de llevar el Registro de Patrimonios Protegidos.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube