Cómo afecta la nueva norma solar a los consumidores

La nueva normativa se traducirá en un abaratamiento del coste de la electricidad en relación al modelo vigente
Por Alex Fernández Muerza 13 de octubre de 2008
Img panel solar casa
Imagen: Mike Spasoff

El Gobierno ha aprobado el real decreto que regula la energía fotovoltaica en España con el objetivo de vigilar el crecimiento descontrolado de este mercado. En las últimas semanas, se ha discutido mucho sobre las repercusiones de esta nueva norma en el sector. Sus responsables hablan ya del cierre de empresas y de la desaparición de miles de puestos de trabajo, aunque consideran que permitirá un desarrollo sostenible y que nuestro país siga liderando esta energía renovable en todo el mundo. Ahora bien, ¿cómo afecta a los consumidores?

Fuentes oficiales aseguran que la nueva normativa garantizará estabilidad en el sector, algo que «siempre es bueno para los consumidores». En este sentido, «se traducirá en un abaratamiento del coste de la electricidad en relación al modelo vigente, es decir, se reducirá su impacto en el recibo de la luz».

Hacia 2015 a los consumidores nos va a resultar más barato poner un panel en el tejado que comprar la electricidad a la compañía eléctrica
El consumidor no va a ver reflejadas ahora las ventajas de este ajuste del sector, pero sí más adelante. «Hacia 2015 (en las zonas más soleadas hacia 2013-2014, y en las menos soleadas sobre 2016-2017) a los consumidores nos va a resultar más barato poner un panel en el tejado que comprar la electricidad a la compañía eléctrica», asegura Tomás Díaz, responsable de comunicación de la Asociación de la Industria Fotovoltaica (ASIF).

Díaz sostiene que aunque el panel supondrá un desembolso económico fuerte de entrada, «el consumidor lo amortizará en diez años y estará en su tejado durante 25 a 40 años.» El portavoz de ASIF afirma que el desarrollo del sector permitirá «para 2012, y hay quien dice antes, que el coste del panel baje a la mitad».

Por su parte, José Santamarta, responsable del Instituto World Watch en España, también cree que el decreto ministerial favorece al consumidor, «porque las primas eran excesivas y repercuten en el recibo eléctrico.» El consumidor que sea inversor de estos paneles tampoco saldrá perjudicado, afirma Santamarta, «si ha invertido antes del 30 de septiembre de 2008. A partir del 1 de octubre cobrará menos por kilovatio/hora (kWh), si la instalación se inaugura después.»

Cómo afecta al sector

Para entender el por qué de esta nueva normativa, hay que ponerse en antecedentes. El desarrollo de la fotovoltaica en España ha superado ampliamente las previsiones: el objetivo fijado para 2010 de alcanzar 371 megavatios (MW) de potencia instalada se logró en agosto de 2007, y se estima que a finales de 2008 quintuplicará el objetivo de 2010.

En 2007, este mercado creció un 450%, generando 7.800 millones de euros de negocio y dando empleo directo e indirecto a unas 26.000 personas. En apenas dos años, las instalaciones se habían multiplicado por tres y superaban las 18.000. Las primas, subvenciones y previsiones de crecimiento de esta energía renovable hicieron posible este espectacular desarrollo, hasta el punto de que algunos expertos lo compararon con la especulación del sector de la construcción.

En concreto, el negocio de los huertos solares había hecho saltar las alarmas, e incluso desde organizaciones sectoriales como ASIF o la Asociación de Productores de Energías Renovables (APPA) se advirtió de los posibles peligros de invertir en estos parques solares.

Asimismo, esta explosión sectorial estaba produciendo una inflación en los precios y retrasos en los pedidos, como reconoce Tomás Díaz: «los fabricantes no podían hacer frente a un pedido de paneles hasta pasados de tres a cinco meses.»

Por ello, tanto el Ministerio de Industria como las asociaciones del sector estaban de acuerdo en la necesidad de regular este negocio. No obstante, los detalles de la nueva normativa han supuesto unas duras negociaciones entre ambas partes. Finalmente, las tres asociaciones sectoriales fotovoltaicas (Asociación Empresarial Fotovoltaica -AEF-, APPA y ASIF) mostraban su satisfacción por el decreto aprobado y el compromiso del Ministerio de apoyar este sector, de manera que en 2015 España pueda estar entre los principales países del mundo en esta energía solar. En la actualidad, el 85% de todo el mercado mundial de fotovoltaica se encuentra en Alemania, España, EE.UU. y Japón.

Por su parte, Ecologistas en Acción considera «insuficiente» este real decreto para promover durante los próximos años el desarrollo de esta fuente de energía. A la organización le parece más «un intento de controlar el déficit tarifario del sistema eléctrico español y la competitividad empresarial.» Sin embargo, en su opinión, la reducción en las tarifas de la fotovoltaica «no soluciona el gran problema del déficit, que deberá abordarse inevitablemente por otros medios.»

En qué consiste la nueva norma

El real decreto impone un tope de 400 MW nuevos anuales, lo cual permitirá alcanzar unos 3.000 MW en 2010 y alrededor de 10.000 MW en 2020. El objetivo es impulsar las instalaciones sobre tejado frente a las grandes plantas sobre suelo (huertos solares) “por sus mayores beneficios económicos y medioambientales”, afirman desde Industria.

La retribución también será menor: frente a los hasta ahora 45 céntimos de euro por kWh producido, los productores cobrarán 32 céntimos. No obstante, si las instalaciones están ubicadas en techo y son de pequeña producción, recibirán dos céntimos más.

Asimismo, según los responsables institucionales, la nueva norma quiere también estimular la producción nacional de paneles: en 2007 se gastaron 2.5000 millones de euros en importar de Alemania, Japón y China el 70% de estas placas. A pesar de ello, parece que por el momento el sector no lo ha percibido así. Por ejemplo, la empresa BP Solar no construirá la fábrica de paneles que tenía prevista para Puertollano (Ciudad Real), que iba a ser la más grande de Europa, con una inversión de cien millones de euros y 500 nuevos empleos directos.

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