Los trabajadores agrarios se integrarán en el Régimen General de la Seguridad Social a partir de enero de 2012

La integración se llevará a cabo mediante la creación de un sistema especial dentro del Régimen General que mantiene la especificidad de este grupo
Por EROSKI Consumer 2 de mayo de 2011

Los más de 800.000 trabajadores agrarios inscritos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social (Reass) se integrarán en el Régimen General de la Seguridad Social a partir del 1 de enero de 2012, lo que supondrá la equiparación de las prestaciones que reciben con las del resto de los trabajadores por cuenta ajena, tal como establece el proyecto de ley aprobado por el Consejo de Ministros el 29 de abril.

El Ejecutivo destacó que este proyecto de ley responde a «una reivindicación histórica de los trabajadores del campo» y es fruto del acuerdo alcanzado con los agentes sociales. También aseguró que la integración en el Régimen General de la Seguridad Social «supone un incentivo para el desarrollo y la creación de empleo en el sector agrario». Por su parte, el ministro de Trabajo e Inmigración, Valeriano Gómez, explicó que «la principal novedad es que los trabajadores ya no cotizarán por una base tarifada igual para siempre, sino por su salario real, y su pensión se corresponderá con el salario real que han percibido en las empresas en las que haya trabajado».

El anteproyecto establece un periodo transitorio de casi veinte años (2013 a 2031) para llevar a cabo una equiparación gradual y «no lesiva» con las cotizaciones del Régimen General, que no perjudique la competitividad de las explotaciones agrarias. Con el mismo objetivo el texto «establece beneficios en las cotizaciones, con la posibilidad de actualizar cada tres años las reducciones en materia de cotización», señaló el Gobierno.

En la actualidad, la pensión media de jubilación en el Régimen General asciende a 1.130,33 euros/ mes y en el Agrario, a 580,87 euros/mes. La pensión media por Incapacidad permanente es de 958,13 euros mes en el Régimen General y de 500,27 euros en el Agrario. En cuanto a la cotización, la base media en el Régimen General es de 1.700 euros, mientras que la base media de cotización en el Reass es de 986 euros.

Sistema especial

Al igual que se hizo con los agricultores por cuenta propia que se integraron en el Régimen de autónomos el 1 de enero de 2008, la integración de los trabajadores agrarios en el Régimen General se hará por medio de la creación de un sistema especial dentro del Régimen General que mantiene la especificidad de este grupo.

El anteproyecto recoge que a partir del 1 de enero de 2012 desaparecerán las bases tarifadas y los trabajadores agrarios cotizarán por su salario real, lo que les equiparará al resto de los trabajadores. La nueva normativa establece además la posibilidad de que los trabajadores agrarios por cuenta ajena contratados a tiempo parcial coticen de forma proporcional a la parte de jornada que realicen.

Los trabajadores agrarios estarán incluidos tanto durante los períodos en que efectúen labores agrarias como durante los períodos de inactividad, siempre que realicen un mínimo de 30 jornadas reales en un período continuado de 365 días. Se establecen los supuestos en que estos empleados durante los periodos de inactividad pueden ser excluidos y cómo reintegrarse.

En atención a la peculiaridad del trabajo en el campo se da un plazo especial de presentación de las solicitudes de alta de los trabajadores cuando no se pueda hacer antes del comienzo de la prestación de servicios, así el empresario podrá dar de alta hasta las 12 horas del día de inicio de esta prestación.

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