La nueva Ley de Extranjería permite la acogida humanitaria de inmigrantes

Se autoriza también la reagrupación de ascendientes por razones humanitarias
Por EROSKI Consumer 29 de junio de 2009

La nueva Ley de Extranjería, aprobada en el último Consejo de Ministros, autoriza la acogida humanitaria de inmigrantes por parte de las ONG. Otra de las novedades es que se castigará a quien incite o apoye la inmigración irregular.

Algunos aspectos que levantaron críticas entre las ONG, como la ampliación de 40 a 60 días del plazo máximo de internamiento en centros para extranjeros que van a ser expulsados, se han mantenido invariables.

En cuanto a la reagrupación familiar, si no se modifica en las Cortes, quedará limitada al ámbito de la familia nuclear (cónyuges o equivalente e hijos menores de edad o dependientes). Se contempla la posibilidad de reagrupar ascendientes en aquellos casos en que los padres o suegros sean mayores de 65 años o necesiten hacerlo por razones humanitarias.

Respeto a las extranjeras víctimas de violencia de género que se encuentren en situación irregular, con la nueva norma se garantiza que ninguna mujer en estas circunstancias será sancionada por ello mientras no se resuelva judicialmente el procedimiento por malos tratos. Asimismo, se establece la posibilidad de que se le conceda autorización de residencia y trabajo durante el tiempo que espera la sentencia.

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