El Senado aprueba la ley de Internet y la declara servicio universal

La Red deberá llegar a todos los puntos de España antes de 2005
Por EROSKI Consumer 21 de junio de 2002

Internet fue declarado ayer un servicio universal, al ser aprobada la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSI) en el Pleno del Senado, tras cinco horas de debate. La LSSI regresará la semana que viene al Congreso, donde se estudiarán las modificaciones introducidas durante la tramitación en la Cámara Alta, para su definitiva aprobación.

La Ministra de Ciencia y Tecnología, Anna Birulés, abrió la sesión defendiendo el texto, que calificó de «marco regulatorio apropiado para el desarrollo de servicios por vía electrónica», que da «seguridad jurídica» a empresas y contempla un «elenco de garantías y derechos» al ciudadano.

La modificación más significativa se recoge en la enmienda que declara a Internet como un servicio universal. En ella se concretan los plazos que garantizan que las conexiones a la red telefónica pública posibiliten el acceso a la Red en las zonas rurales, ahora discriminadas. Y esto, deberá ser una realidad para el cien por cien de la población antes del 31 de diciembre de 2004.

Retención de datos

Con las nuevas modificaciones introducidas en el texto, se ha limitado la polémica enmienda que obligaba a los proveedores de servicios de Internet a conservar en el plazo de un año los datos de tráfico de la Red. Ahora, estas empresas sólo deberán retener la dirección IP del ordenador y el momento en el que se ha enviado el mensaje, también durante un año. Estos datos podrán ser utilizados en el marco de una investigación criminal o para la salvaguardia de la seguridad pública y defensa nacional, poniéndose a disposición de los jueces o tribunales del ministerio fiscal que lo requieran. Estos datos son suficientes para que las autoridades judiciales puedan localizar a una persona, en caso de recibir por correo electrónico amenazas terroristas o de cualquier otro tipo, sin poner en peligro el secreto de las comunicaciones, como algunas formaciones criticaron.

También, y tras la importante demanda social, se ha modificado el artículo 5 al introducir los juegos de azar, quedando sujetos a la aplicación de la ley. Esto es un primer paso aunque más adelante habrá que hacer otro tipo de normativa más específica para este campo, según apuntaron fuentes del Gobierno.

A raíz de la aprobación de la Ley de Marcas, se ha introducido otra enmienda para garantizar la seguridad en la asignación de nombres de dominios bajo el «.es», siempre bajo los criterios que se establecen en el Plan Nacional de Nombres de Dominio de Internet. El «.es» -indica la ley- «se asignará al primer solicitante que tenga derecho a ello, sin que pueda otorgarse, con carácter general, un derecho preferente para la obtención o utilización de un nombre de dominio a los titulares de determinados derechos».

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