La Audiencia de Barcelona absuelve a la tienda de informática a la que la SGAE reclamaba el canon digital

Afirma que el gravamen se puede aplicar a los soportes digitales vendidos a particulares, pero no así a empresas y profesionales
Por EROSKI Consumer 4 de marzo de 2011

La tienda de informática Padawan ha resultado absuelta de pagar el gravamen que le exigía la Sociedad General de Autores (SGAE) por la venta de soportes digitales, según el fallo de la Audiencia de Barcelona, contra el que no cabe recurso. Es la primera sentencia que aplica la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE), que declaró ilegal el canon vigente en España.

El fallo admite que la SGAE tendría derecho a aplicar el canon sobre los soportes digitales vendidos a particulares, pero no así a empresas y profesionales. Por ello exime a Padawan de cualquier pago por considerar que resulta imposible calcular qué parte de ese material se destinaba a uso doméstico.

La tienda, a la que la SGAE reclamaba 16.759 euros, logró con varios recursos que el TUE declarara no conforme al derecho comunitario la «aplicación indiscriminada» del canon, en particular a equipos, aparatos y soportes -como CD o DVD- que no se hayan puesto a disposición de usuarios privados y estén reservados a usos distintos a la realización de copias privadas.

La sentencia ha causado reacciones dispares. El abogado de Padawan, Josep Jover, mantiene que el Estado podría reclamar a la SGAE hasta 1.200 millones de euros en concepto de devolución de la tasa. Por su parte, las entidades de gestión aplauden el dictamen porque «respalda la legalidad del canon y clarifica su necesaria aplicación a las copias privadas».

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