La movilidad ha cambiado en los últimos años, y la legislación ha dado un paso para adaptarse a esos cambios. Como señala la Dirección General de Tráfico (DGT), en las dos últimas décadas «se ha pasado de un enfoque centrado en la carretera y en el vehículo a otro que lo hace en las personas y los entornos urbanos». Así, el Real Decreto 518/2026, aprobado en junio, modifica varias normas de circulación, dentro y fuera de las ciudades. Te contamos cuáles son las principales novedades del Reglamento General de Circulación, que entra en vigor el 1 de octubre de 2026.
La modificación del Reglamento General de Circulación tiene un objetivo central: aumentar la protección de los usuarios más vulnerables de la vía pública; es decir, peatones, ciclistas, motociclistas y conductores de vehículos de movilidad personal. Para ello incluye un apartado específico que introduce las nuevas normas de circulación en entornos urbanos.
Qué cambia en las normas de circulación
Estas son las principales novedades del Reglamento General de Circulación:
🔸 Vehículos de Movilidad Personal (VMP)
- La edad mínima para conducir un VMP, como los patinetes eléctricos, se fija en 15 años.
- Para evitar lesiones, es obligatorio el uso de casco y chaleco reflectante de noche o con escasa visibilidad (los profesionales que circulen en VMP deben utilizarlos en todo momento). El incumplimiento se sanciona como infracción grave con 200 euros.
- Estos vehículos deberán llevar siempre las luces encendidas.
- Solo podrán circular fuera de los núcleos urbanos por vías segregadas de los coches, como los carriles bici.
🔸 Bicicletas
- Se eliminan las excepciones y el empleo del casco pasa a ser obligatorio para todos los ciclistas en vías interurbanas.
- Los profesionales que utilicen la bicicleta (como los repartidores, por ejemplo) deberán usar casco y chaleco reflectante en todo momento. No hacerlo supone una sanción grave de 200 euros.
- En calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, la autoridad municipal podrá autorizar la circulación de bicicletas en ambos sentidos mediante la correspondiente señalización.

🔸 Motocicletas y ciclomotores
- Con los cambios, es obligatorio llevar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía (infracción grave con multa de 200 euros).
- Se autoriza a las motos a circular por el arcén derecho en situaciones de congestión de tráfico, a una velocidad máxima de 30 km/h y previa señalización.
🔸 Cinturón de seguridad
- Es obligatorio en todo momento para los conductores de taxis, vehículos de transporte de mercancías y coches de autoescuela, aunque se contempla la excepción para los sanitarios que presten asistencia en el habitáculo del paciente en servicio de urgencia.
🔸 Normas en vías interurbanas y adelantamientos
- Al rebasar a un vehículo detenido por avería, accidente o labores de mantenimiento/auxilio, es obligatorio dejar una distancia lateral mínima de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía.
- En autopistas y autovías con nieve, queda prohibido adelantar y se debe circular por el carril derecho para dejar libre el izquierdo a los servicios de emergencia y quitanieves.
- En caso de una retención, si los vehículos circulan a paso de peatón o quedan detenidos, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia.

🔸 Normas en vías urbanas
- En los pasos de cebra con semáforo ya no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones.
- Los caminos escolares seguros ahora tienen entidad jurídica. Se definen como el conjunto de vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los niños y las niñas se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.
- Las autocaravanas aparcadas no podrán desplegar elementos que desborden el perímetro del vehículo, deberán apoyarse únicamente sobre sus neumáticos y se prohíbe el vertido de fluidos del habitáculo.


