La Comisión Europea (CE) ha planteado que los clientes de un banco en quiebra perciban el depósito mínimo asegurado en siete días como máximo, en lugar de recibirlo tras varias semanas, cuando no meses, como está establecido en la actualidad. Además, ha propuesto elevar a 100.000 euros la suma cubierta por el compromiso de reembolso en caso de quiebra. Este importe se estableció en 2008, con carácter provisional. Antes, el mínimo garantizado era de 20.000 euros. Con este aumento, se estima que el 95% de los depósitos en toda la Unión Europea quedarían cubiertos.
Los bancos tendrán que continuar con la financiación de los fondos de garantía de depósitos, pero las contribuciones se calcularán según el nivel de riesgo de cada entidad. Según la propuesta comunitaria, hasta un 75% de estos fondos deberá estar prefinanciado “ex ante” hasta 2020. Si resulta necesario utilizar estos fondos, las entidades tendrán que realizar más pagos para cubrir el 25% restante. Si ello no es suficiente, se buscarán otros mecanismos de financiación como la emisión de bonos.
La propuesta comunitaria, que deberá recibir el visto bueno de los Estados miembros, concierne a todos los establecimientos bancarios y excluye de su ámbito de aplicación los depósitos de establecimientos financieros y de entidades públicas, a los productos de inversión estructurados y a los certificados de deuda.
Por otro lado, la Comisión también está interesada en reforzar la cobertura ofrecida a los inversores ante los casos de fraude, negligencia o errores de las agencias de inversión con las que trabajen. En este caso, Bruselas propone aumentar hasta 50.000 euros por inversor las indemnizaciones garantizadas, desde los 20.000 en los que se encuentran.