Qué precauciones tomar al cancelar un depósito

Para evitar sorpresas, conviene conocer las condiciones del interés, la T.A.E. y la penalización que conlleva la cancelación de un depósito
Por José Ignacio Recio 19 de noviembre de 2012
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Imagen: sanja gjenero

Cancelar de manera parcial o total un producto bancario puede menguar los ahorros o suponer el abono de determinadas comisiones. Por ello, como se señala en el siguiente artículo, conviene conocer las condiciones de interés, la T.A.E y las comisiones de penalización que conlleva la cancelación de un depósito a plazo, un pagaré bancario u otro producto de ahorro en el momento de su contratación.

Conocer los detalles del depósito

En momentos como los actuales, en los que impera la incertidumbre económica y laboral en cientos de hogares y se desconoce si se necesitará contar con liquidez «de un día para otro», conviene conocer al detalle las condiciones de los productos de ahorro contratados, en especial todo cuanto ataña a su potencial cancelación. Con la crisis y sus nefastas consecuencias, no resulta imposible haber suscrito un producto de ahorro (depósitos o pagarés) a un plazo fijo y necesitar el dinero durante el periodo de permanencia del mismo. ¿Qué hacer en estos casos?

El coste de la cancelación depende de la situación de los tipos de interés en el mercado en el momento de solicitarla

Las cancelaciones parciales o totales, pueden menguar de manera considerable los ahorros, por lo que es muy conveniente conocer tanto las condiciones de interés, como la T.A.E. y las comisiones de penalización que conllevan los depósitos a plazo, los pagarés bancarios u otros productos de ahorro. La mejor forma de prevenir efectos negativos es depositar solo el dinero que no se tiene intención de necesitar durante los plazos contratados y dejar una reserva en la cuenta corriente para afrontar cualquier contingencia.

No todos los productos de ahorro aplican las mismas penalizaciones. Así, mientras que en los pagarés bancarios las consecuencias de una cancelación son más notorias (se puede perder parte de los ahorros), en los depósitos a plazo solo se penaliza con comisiones, cuantificadas por las propias entidades financieras en función del producto contratado.

Los pagarés, con mayor riesgo

Uno de los más penalizados son los pagarés bancarios. Si bien hoy tienen una rentabilidad que supera el 4% para periodos de entre seis y doce meses, no brindan garantía sobre la devolución del importe más los intereses generados hasta el momento de la fecha de la retirada.

Un pagaré se puede vender en un mercado secundario, pero ello supone la pérdida de parte del capital y la de todos los intereses

Una de sus peculiaridades es que no se puede cancelar de modo anticipado, a diferencia de los depósitos que si admiten esta posibilidad. Si se trata de una urgencia, se puede vender en un mercado secundario, pero generaría la pérdida de parte del capital, así como de la totalidad de los intereses generados hasta el momento de la venta. Venderlos en el mercado secundario conlleva casi siempre el abono de comisiones de entre el 0,5% y el 1%.

Por ello, la mejor opción es suscribir pagarés por periodos asumibles, a uno, dos, tres o seis meses – y no a plazos superiores que conllevan más riesgos-, aunque los intereses sean menores.

Más flexibilidad en las imposiciones

En los depósitos a plazo, el tema de las cancelaciones no es tan rígido como en los pagarés. En este caso, siempre se pueden hacer rescates parciales o totales de la cantidad aportada sin que afecte a la inversión realizada. No obstante, están penalizadas por comisiones o bajadas en la rentabilidad.

Los bancos y cajas, ante una cancelación anticipada del depósito, aplican comisiones de entre el 1% y el 2%, lo que puede dar al traste con las ideas originales de sus depositantes. Por ello, antes de contratar el producto, hay que aclarar con la entidad el coste de cancelar antes de tiempo: comisiones, condiciones de interés, T.A.E., etc.

Algunos depósitos permiten retirar los ahorros sin penalización, aunque sus intereses son solo por el periodo de permanencia

El coste de la cancelación depende de la situación de los tipos de interés en el mercado en el momento de solicitarla. Si los tipos de interés estuvieran más bajos que los que el depositante tiene contratado en su producto bancario, la cancelación no le supondrá ningún coste. En caso contrario, si estuvieran más altos que los pactados, se penalizará el importe que se debe percibir.

Los bancos aplican tres tipos de estrategias:

  1. Aplicar una comisión de cancelación sobre los intereses pendientes, en el que se tendrá en cuenta el plazo que restaba hasta el vencimiento.

  2. La rebaja de intereses, independientemente del tiempo que se haya mantenido la imposición.

  3. No aplicar penalizaciones por cancelación anticipada. Son más difíciles de encontrar. Permiten retiradas de los ahorros, sin penalización, aunque sus intereses son solo por el periodo de permanencia, no por el plazo contratado en principio.

    Cómo cancelar depósitos vinculados

    Por regla general, los depósitos vinculados a otros activos financieros no permiten la cancelación, ni total ni parcial. Es el caso de las imposiciones que tienen como referencia al euríbor, acciones, índices bursátiles u otros componentes de la renta variable.

    La razón muy simple: necesitan cumplir con el plazo exigido para la contratación del producto y que sus requisitos se vean cumplidos a su vencimiento y así poder incrementar la rentabilidad con respecto a otros modelos.

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