Los clientes de Fórum Filatélico y Afinsa, las sociedades de bienes tangibles intervenidas a primeros del mes de mayo por la Audiencia Nacional, disponen de un plazo para recopilar toda su documentación y presentarla como acreedores de las firmas y damnificados en los procesos judiciales que se plantean al respecto. Las asociaciones de consumidores integrantes en el Consejo de Consumidores y Usuarios, amparado por el Instituto Nacional de Consumo, han hecho “frente común” para atender y canalizar las demandas de los casi 400.000 afectados.
Vías procesales
Miles de personas afectadas por el presunto fraude filatélico de Afinsa y Fórum Filatélico se han manifestado en varias ciudades españolas para exigir una plataforma unitaria que represente sus intereses y la creación de un fondo que les garantice una indemnización.
Los casi 400.000 afectados han de ir reuniendo los documentos precisos para poder iniciar acciones judiciales. El plazo para entregar dicha documentación finalizará el 20 de julio. Mientras, las diez asociaciones de consumidores integradas en el Consejo de Consumidores y Usuarios (CCU) -ADICAE, AUC, ASGECO, CEACCU, CECU, FUCI, HISPACOOP, OCU, UCE, y UNAE-, tal y como acordaron el pasado 11 de mayo, continúan informando y asesorando gratuitamente a los damnificados.
Por el momento, cuatro son los procesos judiciales que ya han sido instados, dos por cada una de las empresas, uno de ellos por la vía penal -abierta ya por la fiscalía de la Audiencia Nacional-, y otro por la vía civil mercantil a través del procedimiento concursal.
Al tratarse de una acción colectiva, en la vía penal tanto el asesoramiento como la asistencia jurídica son gratuitos para los afectados, “ya que el coste de la acción está cubierto parcialmente por la ayuda liberada por el Gobierno a las asociaciones de consumidores del Consejo de Consumidores y Usuarios”, informa la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). La cantidad ronda los dos euros por afectado en concepto de infraestructuras y tres euros más para gastos de representación judicial, un montante “claramente insuficiente”, según Fernando Herreros, vicepresidente de ADICAE (Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros).
La finalidad del procedimiento penal es establecer la responsabilidad por los delitos. Con el procedimiento concursal se persigue que los deudores cumplan las obligaciones pendientes de pago aunque sea necesaria la liquidación forzada de sus activos. Ambos procedimientos, penal y concursal, actuarán paralelamente y son compatibles.
Los administradores judiciales han apreciado indicios de insolvencia en la situación financiera de Fórum Filatélico y Afinsa. Este agujero, que según Hacienda se aproximaría a los 5.000 millones de euros, abre la vía a la declaración de un concurso mercantil de acreedores en ambas sociedades.
El vicepresidente de ADICAE ha declarado a CONSUMER EROSKI que “no parece que la liquidación pueda contribuir al resarcimiento de las personas damnificadas”, puesto que entre las órdenes de prioridad de cobro los afectados se encuentran “a la cola”, tras la Seguridad Social, Hacienda y los propios empleados. Por ello, ADICAE ha anunciado, además, que interpondrá una demanda por la vía contencioso-administrativa contra el Estado para que responda subsidiariamente por las pérdidas de los afectados por el caso Fórum Filatélico y Afinsa. Esta organización, que reúne a cerca de 50.000 afectados, retirará la demanda si el Estado acepta crear un fondo asistencial y otro de compensación. Esta tercera vía tampoco es descartada por la OCU, organización que dice tenerla “en fase de estudio”, aunque estima que su interposición todavía es “prematura”.
Pasos que han de seguir los afectados
El Consejo de Consumidores y Usuarios realiza una serie de recomendaciones dirigidas a los clientes de las dos entidades intervenidas:
- Ponerse en contacto con alguna de las asociaciones de consumidores y usuarios más representativas y facilitarle sus datos.
- Reunir toda la documentación de que disponga como acreedor (contratos, recibos, justificantes de pago, publicidad y cualquier otro documento de interés) y fotocopiar todo por duplicado.
- Conservar los originales en su poder.
- Suspender los pagos que tenga pendientes hasta que no le indiquen lo contrario.
- No resolver el contrato ni firmar ningún documento facilitado por las empresas implicadas u otras.
- La asociación de consumidores y usuarios contactará con el afectado para acudir a los juzgados de lo penal y, en su caso, de lo concursal.
- Los documentos que habrá que entregar a las organizaciones de consumidores, por duplicado, serán los que se indican en la tabla siguiente:
- Procedimiento Penal:
- Identidad del afectado: apellidos y nombre
- Dirección postal y localidad
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Fotocopia del contrato o contratos
- Fotocopia de todos los documentos acreditativos de pago
- Renuncia o desestimación de los afectados de haber presentado denuncia penales
- Procedimiento Concursal:
- Identidad del afectado: apellidos y nombre
- Dirección postal y localidad
- Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Fotocopia del contrato o contratos
- Fotocopia de todos los documentos acreditativos de pago
- Cumplimentar el formulario para comunicar los créditos a los juzgados de lo mercantil
En el proceso concursal debe comunicarse la deuda de cada afectado al juzgado pertinente. Esta comunicación exige una actuación individualizada sobre cada expediente, información que ha de introducirse en una base de datos, lo que representa un coste de personal y medios muy considerable para las asociaciones de consumidores, que aún no han recibido las ayudas acordadas para asistir a los damnificados.
Los juzgados de instrucción nº 1 y nº 5 han comunicado que los perjudicados que no se muestren como parte en la causa no renuncian al derecho de “restitución, reparación o indemnización que a su favor puede acordarse en sentencia firme”. En estos supuestos será el Ministerio Fiscal quien velará por sus derechos.
El proceso ha llegado a ser “inasumible” para organizaciones como la OCU y otras muchas. Por ello, informan a los afectados de que pueden realizar la gestión de comunicar su deuda, bien personalmente, bien acudiendo al juzgado con abogado y procurador, aunque siguen insistiendo en la conveniencia de agruparse para iniciar cuantas acciones sean consideradas viables tanto jurídica como económicamente, hacerlo al menor coste posible, ejercer más presión y facilitar los trámites judiciales.