La Audiencia Provincial de Palma ratifica la condena contra la empresa Blue Millenium y BBVA por un delito de estafa de multipropiedad

Ambas entidades deberán devolver a los demandantes todas las cantidades recibidas en concepto de cuotas mensuales e intereses
Por EROSKI Consumer 18 de noviembre de 2004

La Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha desestimado los recursos interpuestos por la empresa Blue Millenium y BBVA contra una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número seis de la isla, que condenaba a ambas entidades a devolver más de 12.000 euros a un matrimonio mallorquín por un delito de estafa, después de que contrataran una semana anual de vacaciones en régimen de multipropiedad, según informó la Asociación de Usuarios de Servicios Bancarios (Ausbanc).

El fallo de la Audiencia ratifica la anterior sentencia, del pasado mes de marzo, y desestima los recursos de apelación presentados por la defensa de los demandados, por lo que confirma la nulidad o ineficacia del contrato suscrito entre el matrimonio demandante y Blue Millenium, según el cual desembolsaron al BBVA la suma de 12.922 euros por los derechos de aprovechamiento por turno de unos apartamentos de lujo en La Manga del Mar Menor.

El contrato en cuestión obligaba al matrimonio a suscribir un préstamo al consumo con esta entidad bancaria, a la que los representantes de Blue Millenium obligaron a ir para hacer efectivo estos derechos de aprovechamiento, a pesar de que la pareja demandante no era cliente del BBVA.

En su fallo, la Audiencia considera «acreditado» que existe vinculación entre el contrato de financiación suscrito por el matrimonio y el BBVA, y el contrato de consumo firmado con Blue Millenium, después de conocer la versión de una testigo que también había firmado un contrato con Blue Millenium y lo había financiado con BBVA porque así se lo habían indicado. Se entiende entonces que existía un «acuerdo previo, concertado en exclusiva, en virtud del cual la entidad bancaria ofreció créditos a los clientes de Blue Millenium» para ese determinado servicio.

De esta forma, la Audiencia ratifica la condena que obliga a la empresa catalana a restituir al BBVA la suma de 12.922 euros y, por otro lado, condena a la entidad financiera a devolver a los demandantes todas las cantidades que recibió de ellos en concepto de cuotas mensuales y los intereses correspondientes.

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