La Ley de Servicios de Pago facilitará el uso de tarjetas de débito y las transacciones bancarias en toda la UE

Se introduce la "cláusula share", por la que los gastos aplicables a un pago serán compartidos entre ordenante y beneficiario
Por EROSKI Consumer 6 de abril de 2009

Con la aprobación el pasado viernes de la Ley de Servicios de Pago por parte del Consejo de Ministros se traspone la directiva comunitaria de 2007 con la que se pretende armonizar la fragmentada regulación que existe al respecto, dado que cada Estado miembro de la UE cuenta con su propia normativa.

El objetivo es facilitar dentro de la UE las transferencias, los pagos con tarjeta, la ejecución de los adeudos domiciliados, el envío de dinero, y la emisión y adquisición de instrumentos de pago.

La nueva normativa armonizada permitirá una mayor rapidez de los pagos
La entrada en vigor de la nueva regulación en los 27 países miembros supondrá que se podrá operar con una sola cuenta corriente en todo el ámbito europeo, lo que permitirá utilizar las tarjetas de débito o domiciliar pagos en cualquier otro Estado que no sea el mismo al que pertenezca la entidad en la que se tiene la cuenta bancaria.

Según el Gobierno, la nueva normativa armonizada permitirá una mayor rapidez de los pagos, de manera que el beneficiario dispondrá de los fondos como muy tarde al día siguiente de la realización de la transferencia.

También aumentará la información y la protección del usuario, ya que existirán reglas más claras sobre el reembolso en caso de transacciones mal realizadas y la reducción o eliminación total de su responsabilidad en caso de pérdida o robo de una tarjeta.

Nueva cláusula

Existirán reglas más claras sobre el reembolso en caso de transacciones mal realizadas

La Ley de Servicios de Pago introduce además la «cláusula share», que no existía en el ordenamiento jurídico español, por la que los gastos aplicables a un pago serán compartidos entre ordenante y beneficiario, siempre que no haya una conversión de divisas.

En la actualidad, los gastos de una transferencia en España, por ejemplo, corren íntegramente a cuenta del ordenante.

Por otra parte, la normativa establece un nuevo tipo de entidades autorizadas para la prestación y ejecución de operaciones de pago, que serán las entidades de pago y que estarán sujetas a la autorización del Ministerio de Economía y Hacienda.

Más comisiones

El Banco de España afirma que las entidades financieras han elevado un 3,6% en lo que va de año las comisiones que cobran por usar tarjetas de débito, hasta situar su importe en 15,71 euros anuales, y un 1,6% por las de crédito, hasta los 31,75 euros al año.

Estas comisiones son las que de media cobran las entidades al año, sin embargo varían en función de la caja o banco. Algunas incluso eximen a sus clientes de este pago si domicilian su nómina, recibos o contratan planes de pensiones.

El incremento de las comisiones es mucho mayor si se compara con las de marzo del pasado año, cuando los clientes pagaban 13,71 euros por sus tarjetas de débito, y 28,89 euros por las de crédito, lo que supone un crecimiento interanual del 14,5% y del 9,89%, respectivamente.

También han subido las comisiones por mantenimiento de las cuentas corrientes y de ahorro, que se cobran de manera semestral. Los clientes pagan a hora de media 20,55 euros por su cuenta corriente, lo que supone un aumento del 1,8% en lo que va de año, y 19,71 euros por la cuenta de ahorro, un 2% más.

Hace un año, la comisión por mantener una cuenta corriente era de 19,18 euros y de 18,34 euros por la de ahorro.

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