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Entra en vigor un reglamento de la UE que permite a los consumidores adquirir bienes y servicios en cualquier tienda de Europa, sin barreras por razón de nacionalidad o residencia
Por Blanca Álvarez Barco 3 de diciembre de 2018

Internet no solo es el mayor escaparate del mundo, sino que va camino de ser también la mayor tienda, a tenor de la velocidad a la que crece el comercio electrónico. En la Unión Europea (UE), lo hace a un ritmo de un 22 % cada año… ¡y cada vez con menos barreras! Desde hoy los consumidores pueden comprar bienes y servicios en el sitio web de la UE que quieran, aunque la compañía no tenga tienda online en el país al que pertenezca el cliente. ¿Qué ventajas tiene esta nueva normativa para el consumidor? Además de terminar con la discriminación geográfica y acceder a todos los productos al mismo precio y en las mismas condiciones que un ciudadano natural del país de origen del artículo, es probable que la aplicación del reglamento conlleve una bajada de los precios. En las siguientes líneas comentamos en qué consiste esta nueva norma y qué queda fuera de ella, además de explicar los beneficios que supone para el consumidor y las obligaciones que acarrea para el vendedor.

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Una norma contra el discriminatorio bloqueo geográfico

Diciembre es sinónimo de compras. En menos de un mes toca reunirse alrededor del árbol y llegar con los deberes hechos, es decir, cargados de regalos. Para cumplir con la tradición navideña, son muchos quienes realizan sus compras por Internet, y desde hoy podrán hacerlo en cualquier tienda de la Unión Europea, sin sufrir el bloqueo geográfico. Para terminar con esta práctica, el Parlamento Europeo redactó el Reglamento(UE) 2018/302 contra el bloqueo geográfico injustificado, que hoy entra en vigor. ¿Qué significa esto?

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El bloqueo se refiere «a una práctica habitual en muchas empresas y discriminatoria para los clientes», explica Ioannis Virvilis, oficial de prensa de la Representación de la Comisión en España. Consiste en denegar el acceso a sitios web a consumidores que están en otros países, impidiéndoles adquirir productos o servicios. Y, en otros casos, no se deniega la venta «pero se localiza a los clientes y se les aplican automáticamente diferentes precios».

El geobloqueo es muy común en la venta de electrodomésticos, artículos electrónicos, ordenadores y ropa

La «geodiscriminación» puede producirse también cuando se compran bienes y servicios fuera de línea. Ocurre, por ejemplo, como comenta Virvilis, si un consumidor está físicamente presente en el lugar donde se encuentra el comerciante, pero se le impide acceder a un producto o servicio o se le ofrecen condiciones diferentes. Estas prácticas son muy comunes en la Unión Europea, sobre todo en los sectores de venta de electrodomésticos, artículos electrónicos, ordenadores y ropa.

Qué dice el reglamento que hoy entra en vigor

Las nuevas normas, como aclara el experto europeo, definen tres situaciones específicas en las que, desde el principio, no se concibe justificación ni criterios objetivos «para que se dé un trato distinto a clientes de diferentes Estados miembros» de la UE:

  • La venta de bienes sin entrega física. Por ejemplo, un cliente español desea adquirir un frigorífico y encuentra la mejor oferta en una web francesa. El consumidor podrá encargar el producto y recogerlo en los locales del operador u organizar él mismo la entrega en su domicilio.
  • La venta de servicios prestados por vía electrónica. Sería el caso de una compradora portuguesa que quiera adquirir a una empresa española servicios de alojamiento de datos para su sitio web. Ahora tendrá acceso al servicio y podrá registrar y hacerse con este servicio, sin tener que pagar recargos con respecto a un consumidor español.

  • La venta de servicios prestados en un lugar físico específico. Una familia italiana podrá contratar un viaje directamente a un parque de atracciones en Francia, sin tener que pasar por un sitio web italiano.

Además, con la nueva norma se prohíbe la aplicación de precios y condiciones diferentes según la nacionalidad, el país de residencia o la ubicación del cliente.

Las ventajas del reglamento para el consumidor

La entrada en vigor del reglamento es una noticia excelente para los consumidores europeos, pues implica que podrán comprar sus nuevos electrodomésticos online, alquilar un coche o adquirir entradas para conciertos en otros países exactamente igual a como lo hacen en el suyo propio. Se garantiza la eliminación de barreras, por lo que ahora se puede pagar con una tarjeta emitida en el país de origen del cliente. ¿Y para las empresas, qué supone? Para ellas la novedad normativa significa una mayor seguridad jurídica en sus operaciones transfronterizas.

Al prohibirse precios y condiciones diferentes según la nacionalidad, los clientes podrán tener acceso al suministro de bienes o servicios de muchos más países de la UE. Por lo tanto, se prevé que aumente la competencia entre los proveedores de bienes y servicios y que los precios bajen. Pero lo que es seguro es que, a partir de hoy, «los consumidores tendrán una mayor libertad de elección a la hora de buscar bienes y servicios», asegura el portavoz europeo.

Las obligaciones del vendedor

¿Cómo afecta el reglamento a la otra parte de una compra? La obligación general para los vendedores es la de ofrecer el mismo trato a todos los clientes de la UE cuando se encuentren en la misma situación, «independientemente de su nacionalidad, del lugar de residencia o del lugar de establecimiento», puntualiza Virvilis.

Pero el reglamento no impone la obligación de vender y no armoniza los precios. No obstante, aborda la discriminación en el acceso a bienes y servicios en los casos en que no pueda justificarse de modo objetivo (por ejemplo, por las obligaciones en materia de IVA o los distintos requisitos legales).

El vendedor debe ofrecer el mismo trato a todos los clientes de la UE, sin importar su nacionalidad, lugar de residencia o lugar de establecimiento

¿Qué supondrá para el comercio, en general? Este reglamento tiene por objeto «impulsar el potencial del comercio electrónico transfronterizo en Europa, como requisito previo para el pleno funcionamiento del mercado único digital», indica Virvilis. Así, la eliminación de las barreras a la actividad transfronteriza online y el desarrollo de un marco global para el comercio electrónico tiene tres objetivos: garantizar un mejor acceso a los productos y servicios online; instaurar un clima de confianza para los consumidores y mayor seguridad para las empresas; y reducir los costes de transacción y los trámites administrativos para las compañías en sus transacciones transfronterizas en línea.

Los servicios excluidos de la nueva norma

¿Hay artículos o servicios a los que no afecte esta nueva mormativa? Sí. Como señala el oficial de prensa, los siguientes servicios quedan excluidos del ámbito de aplicación del reglamento:

  • Servicios en el ámbito del transporte. Otra normativa de la UE ya prohíbe explícitamente la discriminación en lo que respecta a billetes de avión, de autobús y autocar o de transporte por vías navegables. No obstante, los viajes combinados y los servicios de viaje vinculados sí están cubiertos por el nuevo reglamento.
  • Servicios financieros.

  • Servicios audiovisuales. Las normas relativas a este sector entran en el ámbito de aplicación de otros actos legislativos de la UE.

¡Brexit! ¿Qué pasa con las compras online en Reino Unido?

La salida del Reino Unido de la Unión Europea está prevista para el 29 de marzo de 2019. Hasta esa fecha, el Reino Unido seguirá formando parte de la UE, lo que significa que las disposiciones del reglamento contra el bloqueo geográfico injustificado serán plenamente aplicables a este país, aclara Ioannis Virvilis, oficial de prensa de la Representación de la Comisión Europea en España.

Además, el acuerdo de retirada alcanzado entre la UE y el Reino Unido prevé un periodo de transición hasta finales de 2020, por lo que durante casi dos años toda la legislación de la UE, incluida esta normativa, seguirá aplicándose al Reino Unido como si fuera un Estado miembro. Este acuerdo aún tiene que ser ratificado por ambas partes.

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