Cinco pasos para cobrar la ayuda familiar para desempleados

Hay que cumplir los requisitos, prestar atención a los plazos para solicitarla y tramitarla en las oficinas de empleo, además de no olvidar renovarla si la conceden
Por Blanca Álvarez Barco 2 de junio de 2016
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Imagen: lucidwaters

¿Cómo se puede cobrar la ayuda familiar a los parados? El subsidio por agotamiento de la prestación contributiva con responsabilidades familiares -la conocida como ayuda familiar a los parados- tiene por objeto ayudar a los desempleados que han consumido el paro y que tienen responsabilidades familiares. Si se está en esta situación se deben dar una serie de pasos para cobrarla, que se explican en este artículo. El primero de ellos es cumplir los requisitos, entre ellos carecer de rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional (SMI). Pero, además, se tiene que prestar atención a los plazos de solicitud, acudir a la oficina de empleo y presentarla. Y, si la conceden, ¡no olvidar renovarla cada seis meses!

1. Cumplir los requisitos

El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo bajó en 83.599 personas en abril, pero el total de desempleados en España es aún de 4.011.171 personas. Quien esté sin trabajo y necesite solicitar la ayuda familiar debe saber que no en todos los casos se puede cobrar, pues para que la concedan hay que cumplir una serie de requisitos:

  • Haber agotado la prestación contributiva por desempleo (el paro).
  • Estar desempleado e inscrito como demandante de trabajo. Desde haber consumido el paro no se puede haber rechazado una oferta de colocación adecuada ni haberse negado a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional. Si conceden la ayuda, la inscripción como demandante de empleo se debe mantener durante todo el tiempo que se disfrute del subsidio.

  • No se pueden tener rentas superiores al 75% del salario mínimo, que en 2016 es de 655,20 euros al mes (es decir, no pueden pasar de los 491,40 euros mensuales). Antes de conceder esta ayuda comprobarán dos cosas: que no se tengan rentas propias que rebasen el 75% del SMI y que la renta media de la unidad familiar no supere los 655,20 euros mensuales.

  • Se deben tener responsabilidades familiares. Se consideran como tales los hijos menores de 26 años, el cónyuge y los hijos mayores de 26 años con una discapacidad igual o superior al 33%, que estén a cargo del desempleado. Por tanto, la ayuda no es solo para quienes tienen hijos, como a veces se cree, sino que se puede pedir también si el cónyuge depende económicamente del parado.

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Imagen: Tax Credits

2. Solicitar la ayuda por desempleo dentro de plazo

El plazo para pedir esta ayuda es de 15 días hábiles a partir del mes de espera. El mes de espera comienza a contar desde el día siguiente de la finalización de la prestación o del subsidio especial para trabajadores mayores de 45 años, que hayan agotado las prestaciones por desempleo de 24 meses.

Si se presenta la solicitud pasados estos 15 días, no se pierde el derecho a la ayuda, ¡pero se deja de cobrar los días de retraso! Se puede entregar la petición hasta 12 meses después de finalizar el mes de espera, si durante ese tiempo han cambiado las circunstancias por las que no se tenía derecho a demandarla (por ejemplo, si se ha tenido un hijo).

3. Acudir a la oficina de empleo o pedirla on line

La solicitud se presenta en la oficina de empleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Para ello, antes hay que pedir cita previa.

También es posible solicitar esta ayuda por Internet. Pero conviene tener en cuenta que para poder hacer los trámites de este modo se debe tener clave de acceso, DNI electrónico o certificado digital.

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Imagen: Bytemarks

4. Presentar la solicitud

Para pedir la ayuda se debe presentar relleno el modelo oficial de solicitud. Junto con él hay que aportar el DNI y también los del cónyuge y los hijos que estén a cargo, además del Libro de Familia. Si se tienen hijos con discapacidad mayores de 26 años hay que entregar el certificado del grado de discapacidad en el que se reconozca la condición de pensionista. Y si se cuenta con menores acogidos, se debe incluir la resolución judicial o el escrito donde se formalizó el acogimiento, con la fecha en que tuvo lugar y el consentimiento de la entidad pública competente de la protección de menores.

También hay que presentar un documento bancario en el que conste el número de cuenta donde se quiere percibir el subsidio y de la que se debe ser titular.

5. Renovar la ayuda cada seis meses

No hay que olvidar que cada seis meses se tiene que renovar la ayuda familiar (hasta un máximo de 18 meses). ¿Cómo?

Para renovarla, lo más importante es saber con exactitud en qué fecha vencen los periodos de seis meses. Esta información se puede pedir en el SEPE, aunque también se encuentra en la comunicación por escrito que envían al domicilio cuando conceden la ayuda. Cuando ya se sepa la fecha de vencimiento, se disponen de 15 días hábiles (no se tienen en cuenta los domingos ni festivos) para tramitar la renovación de la ayuda.

Hay dos formas de renovar esta ayuda familiar:

  • Por Internet, desde la página web del SEPE.
  • De manera presencial en la oficina de empleo (previa petición de cita). El trámite para renovar la ayuda familiar es más sencillo y rápido que el que hay que hacer para solicitarla. Se tiene que rellenar el mismo impreso, pero se debe marcar la opción prórroga del subsidio.

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