El Tribunal Supremo ha establecido que los trabajadores con dos contratos simultáneos a tiempo parcial tienen derecho a cobrar el subsidio de desempleo al cesar en uno de ellos, aunque el otro siga vigente.
El Alto Tribunal ha fallado de esta manera en el caso de una trabajadora del Ayuntamiento de Ataun (Guipúzcoa), con el que la mujer había concertado dos contratos a tiempo parcial: uno por un tercio de la jornada para sustituir a una administrativa que tenía reconocida reducción de jornada y, el otro, por acumulación de tareas, por dos tercios de jornada, desde el 10 de marzo al 30 de abril del 2002. Fue a la extinción de este último contrato cuando la trabajadora solicitó la reanudación de la prestación contributiva.
Según explica la resolución del Supremo, el Inem entendió que no podían mantenerse simultáneamente dos contratos temporales a tiempo parcial con la misma empleada, por lo que, «habiéndose producido una reducción de jornada en el contrato único no autorizada administrativamente», denegó la prestación.
Por el contrario, un Juzgado de lo Social de San Sebastián, consideró que, «no estando prohibida la concertación simultánea de dos contratos a tiempo parcial, con distinto objeto y obedeciendo a distinta causa, su ilegalidad únicamente podría derivarse de haberse concertado en fraude de ley».
«Por tanto, cada uno de esos contratos siguió el curso natural que le es propio y, a la extinción de uno de ellos, procedía el percibo de la prestación», añade la resolución.