Seguros verdes

El Gobierno prevé obligar a las empresas a contar con un aval financiero ante posibles daños al medio ambiente
Por Azucena García 5 de julio de 2005

El alto coste de las primas ha propiciado que no estén muy extendidos a nivel europeo, sin embargo, los seguros medioambientales o seguros verdes van camino de ser cada vez más frecuentes e, incluso, obligatorios. Si hasta hora las empresas no siempre respondían ante los daños que causaban al medio ambiente, la situación podría dar un giro a partir del próximo año, cuando el Gobierno se plantea aprobar una ley que obligue a las empresas a asumir la reparación de estos daños. De momento, las aseguradoras no se han quejado ante el gran negocio que podría suponer la aplicación de esta normativa, mientras que algunos grupos ecologistas encuentran pegas al borrador presentado por el Ministerio de Medio Ambiente, aunque reconocen que está trabajando “a buen ritmo”.

Prevenir la contaminación

En 1998, la rotura de la balsa minera de Aznalcóllar, en Sevilla, provocó graves daños ecológicos en el entorno del parque natural de Doñana. La Administración tuvo entonces que hacer frente al pago de cientos de millones y fue cuando el recién creado Ministerio de Medio Ambiente (había nacido en 1996) se percató de que no existía ninguna ley que obligara a las empresas a afrontar los gastos de los daños que causaban.

Años atrás, en 1994, se había creado el Pool Español de Riesgos Medioambientales (PERM), una agrupación de seguros que surgió para posibilitar la suscripción conjunta de estos riesgos por parte de las industrias que desarrollan actividades potencialmente contaminantes y contar con la capacidad económica suficiente para hacer frente a los posibles daños causados por las empresas.

Prevenir la contaminación

Su presidente, Jaime de Argüelles González, recuerda cómo tras el accidente de Sevilla el Ministerio de Medio Ambiente comenzó a trabajar en un proyecto de ley que facilitara el pago de los daños por parte de las empresas, cuando tomó cuerpo en Europa el proyecto de promulgar una directiva europea, la 2004/35. “Fue entonces cuando la Comisión Europea, lógicamente, recomendó a todos los estados miembros que tenían en marcha iniciativas legislativas sobre la materia, que las paralizasen, para coordinar los esfuerzos en una norma armonizada”, agrega.

El objetivo de prevenir la contaminación ha estado, por lo tanto, presente en los programas de los últimos gobiernos. Y es que ahora, el Ministerio de Medio Ambiente ha presentado también un borrador para la transposición al ordenamiento jurídico español de la citada directiva (2004/35) por daños al entorno, en el que se prevé que “quienes en el ejercicio de su actividad causen daños al medio ambiente se hagan cargo de la reparación de esos daños o de las medidas necesarias para prevenirlos”.

“La intención es evitar la socialización de los daños, es decir, los daños a terceros”, explica Jaime Doreste, de la Comisión Jurídica de ‘Ecologistas en Acción’, quien precisa además que la transposición de la ley europea deberá hacerse efectiva antes del 30 de abril de 2007 bajo el principio de que ‘quien contamina paga’, esto es, la empresa que cause daños, deberá hacerse cargo de los gastos de descontaminación”.

Es así que los grupos ecologistas han acogido con satisfacción esta posibilidad puesto que- manifiesta Doreste- los seguros ambientales son una garantía financiera para la producción industrial. “Tienen un fuerte valor representativo porque las compañías aseguradoras hacen una evaluación de riesgos y establecen una serie de condiciones al asegurado antes de aceptarle -detalla-. A mayor riesgo, más prima, por lo que la empresa se cuida bien de no contaminar”.

Implantación de los seguros verdes: valoración

Cuando el anterior gobierno se planteó la redacción de una ley de riesgos medioambientales, se encargó a la vez un estudio de las consecuencias de su implantación y la consultora que realizó el informe concluyó que las pólizas para cubrir los daños al entorno costarían cada año entre 29.110 euros, en los casos de empresas de alto riesgo de contaminación, y 17.200 euros, para las industrias de bajo riesgo. Más allá, el análisis desvelaba también que algunas de las pequeñas y medianas empresas (pymes) obligadas a pagar un seguro podrían verse forzadas al cierre de las mismas, especialmente aquellas dedicadas a la fundición de metales ferrosos, el textil, el tratamiento de canales animales, las granjas de aves y cerdos, la transformación de metales ferrosos, la química orgánica, la química inorgánica, los fertilizantes y los explosivos.

Sólo las industrias de mayor tamaño sobrevivirían en caso de tener que hacer frente al pago de una póliza

Sólo las industrias de mayor tamaño sobrevivirían en caso de tener que hacer frente al pago de una póliza

, ya que les resultaría más fácil- explicaba el estudio- “traspasar parte del coste al consumidor subiendo los precios”.

En este sentido, el presidente del PERM defiende la búsqueda de fórmulas para que todo aquel que recibe una licencia para una actividad potencialmente dañosa para el medio ambiente garantice que va a poder responder de los daños que pueda causar en un momento dado”, aunque recuerda que el borrador elaborado por el equipo de Narbona no prevé un seguro obligatorio, sino un sistema de garantías financieras en el que el seguro es sólo una de las tres opciones posibles. Las otras dos serían la justificación de una garantía financiera y la existencia de una reserva técnica mediante la creación de un fondo con capacidad suficiente para hacer frente a los gastos de los daños causados.

“No obstante, el seguro, como cualquier medio de garantía, se basa en la valoración económica de los riesgos; este es un requisito imprescindible para poder funcionar y que, en el borrador de ley, no queda suficientemente resuelto. En estas condiciones, podrán ofrecerse seguros con coberturas limitadas y solamente a determinadas industrias que reúnan adecuadas condiciones”, critica Jaime de Argüelles.

Por su parte, desde Ecologistas en Acción también ven “agujeros” en el citado borrador, aunque se apuesta por su aprobación como medida para conseguir que las compañías aseguradoras oferten este servicio y evitar lo que ocurre en la actualidad, “cuando es la Administración a quien le toca pagar y se multa a la empresa, según y a veces”.

“Aún queda mucho trabajo por realizar para llegar a determinar, por ejemplo, cómo compensar la destrucción de un bosque centenario, de características peculiares que una vez destruido accidentalmente no puede devolverse al estado en el que se encontraba previamente al siniestro”, concreta Jaime de Argüelles.

Directiva estatal y europea

En la actualidad, el Gobierno español cuenta con varias leyes encaminadas a fomentar la evaluación del impacto medioambiental, así como la aplicación de medidas fiscales, administrativas y del orden social, y la restauración del espacio natural afectado por actividades mineras. Así, el propósito de la futura ley sobre daños al medio ambiente es que el responsable de un daño tenga la obligación de repararlo y compensar por él. Una obligación independiente y adicional a la multa que pueda corresponder en su caso y que se emplea para sancionar una infracción.

En cuanto a la Unión Europea, cuenta con una directiva más concreta en la que destaca la Evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente (Directiva 97/11/CE, de 3 de marzo); la Evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente (Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001); y la Responsabilidad medioambiental en relación con la prevención y reparación de daños medioambientales (Directiva 2004/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004).

Sin embargo, el presidente del PERM confirma que todavía hoy en España se da una escasez de pólizas medioambientales debido a “la incertidumbre con relación al cálculo de los riesgos medioambientales e, incluso, con la regulación de las responsabilidades por daños al medio ambiente”, mientras que en países como Reino Unido o Estados Unidos las coberturas por daños medioambientales existen desde hace tiempo. “Por otro lado, el aseguramiento de este tipo de riesgos requiere de una gran especialización y de la disponibilidad de capitales importantes, ya que la repercusión económica de los daños al medio ambiente puede ser muy elevada -añade-. Además, el volumen de negocio que esta modalidad de seguros puede generar, aunque crecerá probablemente, nunca va a ser tan importante como el de otros ramos”.

Por eso, De Argüelles considera que el objetivo de la futura ley no es tanto el de reducir gastos por parte de la Administración, como el de aumentar la concienciación sobre la protección medioambiental. “No se trata únicamente de consagrar el principio de quién contamina paga, sino de que exista una mayor prevención por parte de todos. Fruto de esa actitud habrá una mayor conciencia y en definitiva una mayor preservación de los espacios a proteger”, reflexiona.

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