¿Te mueves en patinete? Conoce las nuevas normas (y sus multas)

Llevar a otra persona en el patinete eléctrico y circular usando el móvil, con auriculares o tras beber alcohol son algunas de las infracciones que pueden suponerte entre 100 y 1.000 euros de multa
Por Blanca Álvarez Barco 5 de marzo de 2020
Normativa para usar bien el patinete
Imagen: Senado Federal

Resulta difícil encontrar un vehículo más sencillo de usar que el patinete. Además, su mantenimiento es poco costoso. Por eso, de entre todos los vehículos de movilidad personal (VMP), el patinete eléctrico está entre los más deseados por los ciudadanos: según un informe del comparador idealo.es, la demanda pasó del 1 % en 2018 al 60 % en 2019. Sin embargo, su proliferación en zonas urbanas hace necesario regular su uso. Mientras llega la reglamentación definitiva, la Dirección General de Tráfico (DGT) ya tiene en vigor algunas normas que debes conocer, y aplicar, si utilizas el patinete eléctrico en tus desplazamientos, como moverte sin pasajero, hacerlo sin móvil o auriculares y nunca cogerlo si has bebido alcohol.

Comportamientos en patinete que tienen multa

Los patinetes eléctricos se han convertido en un medio alternativo de desplazamiento para los ciudadanos en las zonas urbanas. Por ello, hasta que se publique una regulación formal sobre cómo deben utilizarse, la Dirección General de Tráfico cuenta desde noviembre con una nueva instrucción sobre vehículos de movilidad personal, «con el objetivo de establecer criterios clarificadores para los usuarios, ayuntamientos y agentes de la autoridad», señalan desde la DGT.

circular con monopatínImagen: borismayer77

La nueva normativa, que es común para toda España, recoge «los comportamientos indebidos al circular en un patinete que son objeto de denuncia»:

  • Circular por aceras y zonas peatonales. Ya todos los usuarios de patinete deben saber que no se permite circular con un VMP por las aceras y que también está prohibido hacerlo por cualquier lugar destinado a los peatones. La multa a la que te expones si lo haces es de 200 euros.
  • Dos personas en un patinete. Los VMP solo autorizan el transporte a una persona. Por ello, si circulas en uno de estos vehículos con pasajero, te pueden sancionar. El importe de la multa es de 100 euros, según el artículo 9.1.5.E del Reglamento General de la Circulación.
  • Usar móvil o auriculares. Si te mueves por ciudad con un patinete eléctrico, debes comportarte igual que si circularas en un coche o una moto. No puedes utilizar de manera manual ni el móvil ni otro sistema de comunicación, si no quieres hacer frente a 200 euros de multa. Asimismo, se prohíbe usar cascos o auriculares. La sanción también alcanza los 200 euros.
  • Conducir si has bebido alcohol. No puedes circular en patinete si has bebido alcohol o tomado alguna sustancia estupefaciente. Si lo haces, te expones a las mismas multas que si conduces otro vehículo en esas condiciones: de 500 a 1.000 euros, si sobrepasas las tasas de alcohol permitidas, y de 1.000 euros, si hay presencia de drogas en tu organismo. Además, si das positivo, tu patinete será inmovilizado. Debes saber que tienes la obligación de someterte a las pruebas de alcohol y drogas. Si te niegas, cometerás una infracción administrativa, «salvo que la Fiscalía competente establezca otros criterios de cara a una posible imputación por delito».
  • No llevar reflectantes o sistema de alumbrado. Hay que llevar sistemas que permitan ver al VPM y a su conductor en condiciones de baja visibilidad y de noche. Si circulas sin prendas reflectantes ni alumbrado, serás considerado un conductor negligente y deberás pagar una multa cuyo importe es de 200 euros. ¿Por qué? No has tenido la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución para evitar ponerte en peligro.
  • Estacionar mal el patinete. En el caso del aparcamiento y las paradas, la DGT señala que su preferencia es que «la acera sea del peatón», pero decidir dónde y cómo estacionar corresponde a las autoridades municipales. Por ello, conviene que conozcas las prohibiciones relativas a las paradas y estacionamientos de los VMP en tu localidad.

circular correctamente con patineteImagen: mario..olmos

¿Necesito casco y seguro para circular en patinete?

Para moverte con un patinete no es necesario que tengas un permiso y tampoco debes tener de manera obligatoria un seguro, «aunque es recomendable contar uno, por si tuvieras algún percance o atropellas a un peatón«, explica Javier Guardiola, experto en seguros para estos VMP.

¿Y casco? La falta de regulación definitiva hace que en este aspecto su uso «lo decidan las ordenanzas municipales», señalan desde la DGT. Si en tu municipio la norma es circular con casco para moverte en patinete, la multa con la que te pueden sancionar es de 200 euros, por lo que conviene informarse al respecto antes.  Además de multarte, si debes llevar casco y no lo utilizas, se inmovilizará tu VMP.

¡Un apunte más! Es importante tener en cuenta que las infracciones cometidas por menores de edad no quedan impunes. Si el infractor tiene menos de 18 años, «serán responsables sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho», tal y como señala la nueva instrucción de la DGT.

¿Qué vehículos no son VMP?

La instrucción de la DGT concreta que un vehículo de movilidad personal es aquel “de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado por motores eléctricos, que pueden tener una velocidad máxima comprendida entre los 6 y los 25 kilómetros por hora”. Por ello, no se consideran VMP los siguientes:

  • Artilugios que no sobrepasen la velocidad de 6 km/h, que tienen la consideración de juguetes.
  • Vehículos para personas con movilidad reducida.
  • Vehículos sin sistema de auto-equilibrio y con sillín.
  • Vehículos concebidos para competición.
  • Vehículos incluidos en el ámbito del Reglamento (UE) N2 168/2013: patinetes con asiento, ciclo de motor, ciclomotores de dos ruedas…
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