Precios de referencia en los medicamentos

La nueva ley rebaja el coste de algunos medicamentos hasta en un 80%
Por Azucena García 25 de febrero de 2004

Desde el pasado 1 de enero, la entrada en vigor de la nueva Orden de Precios de Referencia ha supuesto una rebaja en el coste de 2.070 medicamentos. Una situación que, en algunos casos, permitirá un ahorro de hasta el 80% y con la que se pretende reducir el gasto farmacéutico, que todos los ciudadanos tengan acceso a fármacos con un “precio razonable” y fomentar la innovación dentro de la industria. Los farmacéuticos, por su parte, consideran que el proceso de adaptación a los nuevos precios y su puesta en marcha ha sido “demasiado breve” y alertan de que se podrían generar problemas de desabastecimiento.

Definición

El precio de referencia de los medicamentos es el mismo en todo el territorio nacional y se define como el precio máximo que el Servicio Nacional de Salud está dispuesto a pagar a las farmacias -a través del sistema de abono de las recetas- por un medicamento concreto. Esto significa que todos los fármacos que superen ese precio quedan excluidos de la financiación pública y, por lo tanto, el paciente activo (con receta verde, que obliga a abonar el 40% del medicamento) tiene dos alternativas:

  • Aceptar el medicamento recetado y pagar la diferencia entre su precio y el de referencia más el porcentaje (40%) que le corresponde.
  • Aceptar un genérico de precio igual o inferior al de referencia y pagar, exclusivamente, el porcentaje.

El precio se fija a partir de las tres presentaciones (pastillas, cápsulas y cantidad en miligramos -composiciones en polvo listas para disolver en agua o preparar jarabes-) de especialidades farmacéuticas y, en el cálculo, se tiene en cuenta el tratamiento/día más barato de tres empresas diferentes. De esta manera, se facilita el abastecimiento a las oficinas de farmacia -ya que sería difícil que las tres empresas agotaran sus existencias al mismo tiempo- y se garantiza al usuario algún genérico con precio igual o inferior al de referencia.

Precisamente, la principal diferencia entre medicamentos genéricos y de referencia radica en el nombre y en el coste, puesto que se trata de fármacos con las mismas características y efectos terapéuticos, salvo que los primeros cuentan con más de diez años en el mercado y, por lo tanto, su precio es inferior al original. A partir de ahora, podrá ocurrir, incluso, que el precio de referencia sea más bajo que el del genérico.

Contenido de la ley

La nueva Orden de Precios de Referencia entró en vigor el pasado 1 de enero y afecta a un total de 20.098 farmacias, obligadas a cumplir con una normativa que apuesta por contener el gasto farmacéutico, después de que éste experimentara un incremento del 11,7% en el mes de diciembre.

En la ley se excluyen los fármacos cuyo precio de venta de laboratorio es inferior a dos euros y sólo se reduce el precio de los medicamentos que llevan más de diez años en el mercado y ya han amortizado el coste de investigación: 2.070 fármacos de los más de 7.000 financiados por el Sistema Nacional de Salud.

El objetivo de las nuevas tarifas es, además de reducir el gasto en medicamentos, destinar este ahorro a la innovación farmacológica y a la investigación de nuevas medicinas y patologías. “En consecuencia, se va a permitir financiar todos los medicamentos (En España hay autorizados más de 9.000) y se va a potenciar la introducción de fármacos innovadores para las patologías complejas”, señalaron desde el Ministerio de Sanidad.

Rebaja del precio

Tras la aplicación de la ley, la rebaja en el precio de algunos medicamentes ha sido tan espectacular que ha alcanzado hasta un 80%, como en el caso del protector gástrico Omeprazol, o del 60%, como ha ocurrido con la simvastatina, indicado para tratar el colesterol.

En concreto, entre los medicamentos con mayor descenso de precios se encuentran el fármaco de patología digestiva Losec (80% menos) -que pasa de 23,5 a 4,63 euros-, y el medicamento indicado para bajar el colesterol, Zocor (70% menos) -que pasa de 23,89 a 7,26 euros-.

También han reducido su precio a menos de la mitad analgésicos, ansiolíticos como el Prozac -que pasa de costar 27,51 euros a 13,29-; antibióticos como Baycip -de 16,59 a 6,73 euros-; o hipotensores como Renitec -que baja de 8,27 a 4,05 euros-.

Sustitución de fármacos

A partir de ahora, el usuario debe tener clara la diferencia entre diversos conceptos. Ha de diferenciar entre:

  • Especialidad farmacéutica: Grupo de fármacos con diferentes nombres comerciales e igual principio activo (amoxicilina, omeprazol?) que tienen los mismos efectos terapéuticos.
  • Genérico: Especialidad cuya patente ha caducado por llevar más de diez años en el mercado y, por lo tanto, cuenta con un precio más barato que otro innovador de reciente creación.
  • Precios de referencia: Valor máximo financiado por el Servicio Nacional de Salud para un grupo homogéneo, es decir, para un conjunto de presentaciones con idéntica composición cualitativa y cuantitativa.

De esta manera, en la práctica la nueva ley afecta al usuario en los siguientes casos:

  • Cuando el médico prescriba una especialidad farmacéutica cuyo precio sea igual o inferior al de referencia: El farmacéutico deberá dispensar la especialidad prescrita.
  • Cuando el médico prescriba una especialidad farmacéutica cuyo precio sea superior al de referencia y exista genérico de sustitución: Será sustituida, en el acto de la dispensación, por la correspondiente especialidad farmacéutica genérica de menor precio.
  • Cuando el médico prescriba una especialidad farmacéutica cuyo precio sea superior al de referencia y no exista genérico de sustitución: Se dispensará a precio de referencia la especialidad farmacéutica prescrita.
  • Cuando el médico prescriba una receta por principio activo: Se dispensará el genérico correspondiente de menor precio y, en el caso de no existir, el usuario recibirá a precio de referencia la especialidad de marca.

No se aplica esta normativa en insulinas y análogos, anticoagulantes o productos para favorecer la coagulación, glucósidos cardíacos y aquellos medicamentos que estén sometidos a un control médico especial o estrecho margen terapéutico.

Asimismo, la sustitución se realiza siempre por el medicamento genérico de menor precio, de idéntica composición, forma farmacéutica, vía de administración, dosificación y presentación.

Balance y medicamentos más vendidos

Una vez conocida la aprobación de la citada ley, diferentes ámbitos de la industria farmacéutica consideran negativos algunos aspectos de la misma y se hace hincapié en la posibilidad de que se produzcan problemas de desabastecimiento “de forma puntual”, así como una eventual pérdida económica a consecuencia de la destrucción o reetiquetado de los fármacos afectados.

En este sentido, la patronal de los laboratorios, Farmaindustria, estima esa pérdida en 40 millones de euros y apuesta por el principio de “gradualidad” como “elemento básico para no poner en riesgo los niveles de empleo e inversión en investigación del sector”.

Por su parte, la Asociación Nacional de Consumidores y Usuarios de Servicios de Salud (ASUSALUD) también considera negativa la norma tanto para los beneficiarios como para el propio Sistema Nacional de Salud y advierte de que “además de restringir la prestación farmacéutica, la medida va a propiciar el desvío de la prescripción hacia los medicamentos considerados innovadores, normalmente los nuevos y de mayor precio, con lo que la factura farmacéutica seguirá creciendo”.

“Se trata de rebajar el precio de los medicamentos con más tiempo en el mercado, ya de por sí baratos, para poder sufragar el coste de los más “novedosos”que, en la mayoría de los casos, sólo son nuevos en el precio y no aportan innovaciones significativas con respecto a los ya disponibles”, indica un portavoz.

No obstante, y pese a estas conclusiones, el balance tras la puesta en marcha del nuevo sistema de precios de referencia es de “normalidad”, según el Consejo General de Farmacéuticos, si bien apuntan la necesidad de esperar para conocer mejor la reacción final.

Medicamentos más vendidos

Desde las farmacias, por su parte, se reconoce que los plazos han sido “excesivamente cortos” pero aseguran que la normativa se está aplicando sin encontrar resistencia por parte del usuario -quien recibe otro medicamento cuando el médico le prescribe una especialidad cuyo precio es superior al de referencia-.

En cuanto a los productos más vendidos, llama la atención que han sido, sin embargo, los menos afectados por la norma, puesto que en su mayoría se trata de genéricos que suelen adquirirse sin receta médica o fármacos de características especiales que no permiten la sustitución. Así, se distinguen dos grupos: por productos y por comprimidos.

En el primero de los casos, destacan los antipsicóticos Zyprexa y Risperdal, el antidepresivo Seroxat y, fuera de los fármacos destinados al control del sistema nervioso, Vioxx, Norvas (un antagonista del calcio, indicado para el tratamiento de la hipertensión), Zantac (para tratar acidez y úlceras) y Zocor (simvastatina para evitar la producción de colesterol).

Por unidades, aquellos que mayores ventas obtienen son los fármacos destinados principalmente a evitar el dolor o los síntomas propios de catarros y resfriados como Gelocatil, Aspirina, Nolotil, Termalgin, Almax, Augmentine, Fluimucil y Clamoxil, o ansiolíticos como el Trankimazin, Lexatin y Orfidal.

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