Un juez de Asturias condena a Wanadoo a devolver la mitad de las cuotas a un cliente por no cumplir la velocidad de su servicio ADSL

Considera que el servicio ha sido prestado de forma parcial, al 50%, según los pruebas de velocidad realizadas
Por EROSKI Consumer 14 de enero de 2004

El juez de Primera Instancia e Instrucción del Juzgado Número 3 de Pola de Siero (Asturias), Ricardo Badás Cerezo, ha condenado al proveedor de servicios de Internet Wanadoo a devolver la mitad de las cuotas y a indemnizar con 500 euros a un cliente de su servicio ADSL por incumplir las condiciones de velocidad contratadas para acceder a la Red.

Iván Antonio Rodríguez Cardo, un profesor de la Universidad de Oviedo, contrató en mayo del pasado año el servicio de Wanadoo «ADSL Go», que ofrece velocidades de recepción y envío de información en Internet a 256/128 kilobytes por segundo (kbps), por 29,90 euros mensuales (sin IVA), según la información que aparece en la web del proveedor (www.wanadoo.es).

A finales de septiembre, Rodríguez demandó a Wanadoo por la «baja velocidad» del servicio contratado, que, en su opinión, en modo alguno podía considerarse como aceptable para un servicio de acceso a Internet de banda ancha.

El juez Badás ha estimado la demanda al considerar que dicho proveedor incumplió las condiciones de velocidad que ofrece en su propia publicidad, que es «por lo menos incompleta», si no «engañosa por omisión». Según el magistrado, si Wanadoo no puede garantizar, por razones técnicas, la estabilidad del acceso, debería haberlo incluido en la publicidad de su servicio.

En consecuencia, reconoce el derecho a la devolución de la mitad de las cuotas que el usuario ha pagado desde mayo y aquellas que tenga que abonar hasta que se ejecute la sentencia, al considerar que el servicio ha sido prestado de forma parcial, al 50%, según los pruebas de velocidad realizadas.

Asimismo, el fallo declara resuelto el contrato entre las dos partes y condena a Wanadoo a pagar al usuario 500 euros en concepto de indemnización por «daños morales», además de las costas del proceso.

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