Viajes combinados

En caso de retraso o cancelación, los usuarios deben pedir la devolución del importe, el hospedaje y la manutención
Por EROSKI Consumer 15 de noviembre de 2002

Las compañías aéreas deben informar a los usuarios a cerca de todos los aspectos del vuelo que se vaya a realizar. La información que proporcionan las compañías en los anuncios publicitarios sobre los precios y las condiciones del vuelo se tienen que satisfacer y pudiendo reclamar si las condiciones no son las mismas que las citadas.

Según la Unión de Consumidores el billete de avión es nominativo, es decir, que sólo lo puede utilizar el titular del billete. En caso de que se pierda el billete el usuario debe acudir a la oficina donde lo adquirió para que le faciliten otro o le devuelvan el dinero, menos un pequeño importe. Si usted quiere cancelar el billete, la oficina donde lo solicitó puede cobrarle un importe que oscilará entre el 25% y el 50% del importe del mismo.

Para terminar los usuarios tienen una serie de derechos ante el retraso de vuelos, vuelos cancelados… Si nos sucede alguno de los casos citados anteriormente la compañía tiene la obligación de abonarnos los gastos por hospedaje, manutención y la devolución del importe del billete.

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