Divorcio por infidelidad, ¿afecta a la pensión compensatoria?

El abandono puede ayudar a conseguir la compensatoria, pero en España ni existe el divorcio por infidelidad ni hay pensión especial por esta causa
Por Blanca Álvarez Barco 3 de octubre de 2016
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Imagen: CandyBoxImages

Si mi pareja me es infiel y decido divorciarme, ¿afectarán las infidelidades a la pensión? No. El divorcio en España, desde el año 2005 no es causal; es decir, no es preciso alegar motivo alguno para el divorcio y este se concede siempre que se solicita. Por tanto, no hay compensación especial, aunque la causa sea una infidelidad. En cambio, como se recuerda en este artículo, lo que se puede hacer, como en cualquier divorcio, es pedir la pensión compensatoria, si se dan las circunstancias que la ley indica. Y es probable que si el divorcio es por un abandono se refuerce la idea de “desprotección” del cónyuge abandonado y ayude a conseguirla, pero nunca se aumentará su cuantía por la infidelidad.

Divorcio por infidelidad, igual a cualquier otro

En España, entre enero y marzo de 2016 hubo 28.728 demandas de divorcio, según datos del Consejo General del Poder Judicial. La infidelidad es una de las principales causas por las que los matrimonios se separan, pues se quiebra la confianza en una pareja, motivo más que suficiente para romper los vínculos de la unión. Pero, legalmente, que la motivación del divorcio sea la de la infidelidad no tiene apenas importancia.

Muchas personas creen de manera errónea que la «culpabilidad» de alguno de los cónyuges en la ruptura del matrimonio tendrá consecuencias jurídicas o penalización por parte de la ley. Pero no es así, y las infidelidades conyugales no son indemnizables en términos económicos en las salas judiciales.

El origen de esta equivocación está en que, hasta el cambio legal en 2005 (Ley 15/2005, de 8 de julio), en España era necesario alegar una causa para solicitar la separación o divorcio: había que indicar que al menos una de los dos partes había incurrido en un comportamiento culposo de entre los que venían tasados para poder tramitar la demanda. Además, en ocasiones, el cónyuge «inocente» -quien ha sido engañado por su pareja- no entiende que la justicia le otorgue los mismos derechos y ventajas que a la persona que ha llevado a la ruptura del matrimonio con su infidelidad.

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¿Pensión compensatoria en divorcios por infidelidad?

No sirve de nada alegar ante el juez para hacer valer las pretensiones del cónyuge «inocente» que el marido o la mujer le ha sido infiel. De hecho, si se intenta tomar esa línea, lo más probable es que el juez le llame al orden y le recuerde que a la justicia solo le interesa que los hijos del matrimonio estén protegidos ante la ruptura, que las pensiones cubran las necesidades y posibilidades del que las recibe y del que las da y que el reparto de bienes sea lo más equitativo posible.

Entonces, ¿el divorcio no afecta a la pensión? La causa del divorcio no afecta a la pensión compensatoria, que se podrá percibir si se dan las circunstancias que la ley indica para su concesión, y que nada tienen que ver con la infidelidad. Aunque, como matiza María Calleja de Calvo, abogada de familia, «el hecho de que el divorcio haya tenido lugar por un abandono puede, en este sentido, reforzar la idea de desprotección del cónyuge abandonado y ayudar a la consecución de la pensión compensatoria».

¿Cómo obtener la compensatoria en divorcios por infidelidad?

Desde la reforma del año 2005 la infidelidad es, si cabe más aún, una cuestión de la esfera personal y no implica ninguna compensación al cónyuge abandonado. Pero es posible solicitar una pensión compensatoria. Para ello, hay que acreditar un desequilibrio económico respecto a la situación anterior (durante el matrimonio). Y es interesante fijar que esta desigualdad nace de una dedicación mayor, presente y pasada, a la familia por parte de quien solicita la pensión y la dificultad de incorporarse ahora al mercado laboral en un empleo que le permita mantener ese nivel económico previo.

Hay circunstancias que ayudan a acreditar el nivel real de ingresos, como el hecho de que se estén realizando unos gastos concretos por parte del cónyuge infiel en mantener una nueva relación. Esto resulta muy útil a efectos de establecer una pensión a favor del otro, según señala Calleja.

Por supuesto, contar con un abogado experto en la materia siempre es muy recomendable. Pretender ahorrar en asesoramiento y ayuda profesional puede resultar muy caro a medio plazo.

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Separación por infidelidad, ¿qué pasa con la pensión de alimentos y la custodia?

La pensión de alimentos no depende, en ningún caso, de la causa del divorcio de los padres. Su cuantía, tanto si la separación es por infidelidad como si responde a otra causa, dependerá de los ingresos netos de los progenitores, el número de hijos, sus edades y las circunstancias especiales que rodean a cada hogar conyugal. De hecho, si alguno de los hijos tiene una enfermedad o un grado de discapacidad, la cuantía de su pensión alimenticia será mayor.

Respecto a la custodia, hay que tener muy claro que un mal marido o una mala esposa no tienen por qué ser malos padres, por lo que no se puede privar, en principio, de la guarda y custodia de los menores a un progenitor porque se haya enamorado de una tercera persona. Los hijos no son propiedad exclusiva del padre o de la madre, ya que ambos continúan siendo imprescindibles para el crecimiento y maduración de los pequeños y la ausencia de cualquiera de ellos supone la falta de un soporte afectivo fundamental para su desarrollo.

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