Incineración de cadáveres

Aproximadamente el 25% de las personas que fallecen son incineradas, una opción más económica que la inhumación
Por Azucena García 28 de septiembre de 2006

La incineración es un servicio cada vez más demandado. De los más de 370.000 fallecimientos que se registraron en 2004, se realizaron unas 92.500 incineraciones. Una cifra que crece cada año. Las razones para decidirse por la cremación son el precio, mucho más económico (alrededor de 350 euros) que el de la inhumación (1.500 euros), la acuciante falta de nichos y fosas en los cementerios y la elección de una alternativa más higiénica que la sepultura. El procedimiento se realiza, como mínimo, 24 horas después de la defunción y dura entre dos y cuatro horas. En ese tiempo, el cuerpo queda reducido a cenizas óseas, que se guardan en una urna y se depositan en un columbario o se entregan a la familia. Además, cada vez está más de moda la incineración, individual o colectiva, de animales domésticos, una práctica que permite dar a las mascotas un adiós más digno y llevarse sus cenizas a casa.

Ventajas frente a la inhumación

Mediante la cremación o incineración de cadáveres un cuerpo es reducido a pequeños fragmentos óseos que se convierten en cenizas. Se trata de una opción cada vez más solicitada, hasta el punto de que “aproximadamente el 25% de las personas que fallecen son incineradas”, según explica un portavoz de la Asociación Funeraria de España (Afues). Sus ventajas frente a la inhumación comienzan en el precio: mientras una incineración cuesta entre 350 y 500 euros, el coste de un enterramiento supera los 1.500 euros debido a la cesión de la fosa para la sepultura (entre 100 y 4.000 euros según la localidad y el tiempo de cesión) o de los nichos (entre 11 y 3.000 euros). “El problema -denuncian desde Afues- es que las compañías de seguros encarecen los productos en mayor medida que las funerarias, es decir, la funeraria le cobra un importe a la aseguradora y ésta le cobra un importe mayor al cliente, con lo que el coste final se incrementa”.

Ventajas frente a la inhumación

Según el último Informe de Fiscalización de la Gestión de los Servicios Funerarios y de Cementerios del Tribunal de Cuentas, aprobado en julio de este año, el enterramiento en sepultura es cada vez más caro, por lo que su demanda experimenta un descenso continuo. Asimismo, constatan que la diferencia de precios entre los nichos es considerable, tras comprobar que “en 18 ayuntamientos el precio mínimo por cesión de nicho es inferior a 100 euros, en tanto que en siete ayuntamientos el precio mínimo por cesión de nicho es superior a los 800 euros”. En concreto, los nichos más caros se localizan en Alcalá de Henares (Madrid), donde cuestan 2.614 euros, Salamanca (2.041 euros) y Gijón (1.925 euros). En cuanto a las incineraciones, el informe recoge que las ciudades más baratas son Castellón de la Plana (57 euros) y Avilés (114 euros), frente a Marbella (715 euros) y Salamanca (681,86 euros), que se consideran de las más caras.

En cuanto al grado de ocupación, en España hay 17.682 cementerios, de los que el 28% (4.937) tiene un grado de saturación superior al 90% y el 5% (833), cercano al 100% y sin posibilidad de ampliación. Esto ha llevado a que algunas comunidades autónomas, que dictan sus propias normativas, establezcan un tiempo máximo de cesión de nichos y sepulturas. La cesión mínima de los nichos es entre cinco y diez años, aunque la media asciende a 24 años, mientras que la cesión media de las sepulturas es de 48 años, con un máximo de 99 años en ambos casos. Pasado este tiempo, si no se cuenta con un lugar privado (fosa, nicho o columbario) donde depositar los restos, es obligatorio exhumar el cadáver, que se lleva a una fosa común o se incinera. En el caso de la cremación, se evita este problema al contar desde el principio con las cenizas, que se guardan en una urna de pequeñas dimensiones o bien se esparcen en algún lugar elegido por el difunto en su testamento o por los familiares.

Sin embargo, la incineración no siempre se realiza en los tanatorios o cementerios. Mientras que estos últimos son un servicio que debe prestarse en todos los municipios, ya sea por parte del ayuntamiento o de una entidad privada, el servicio de incineración tiene un carácter voluntario. La ubicación de los centros que desarrollan esta labor está sometida a las previsiones de los planes generales de ordenación urbana o normas subsidiarias de planeamiento, “que pueden delimitar zonas reservadas para este tipo de equipamientos, dado el tradicional tratamiento de estas actividades como molestas, insalubres y nocivas”, reconoce el informe del Tribunal de Cuentas.

Procedimiento

Cuando una persona fallece un familiar del difunto debe solicitar la cremación. Si el solicitante no tiene parentesco con la victima, al menos debe acreditar el deseo del fallecido, anotado con anterioridad en el testamento o en otro documento con validez legal. Sólo así, y una vez pasadas un mínimo de 24 horas desde la muerte, se procede a la cremación. “Esta opción es elegida por concepto personal, por la propia idiosincrasia de la familia o, sencillamente, por precio”, explican desde Afues. Antes de ser incinerado, se elimina cualquier válvula o by-pass que pueda tener el difunto, “para evitar que explote”, la familia comprueba la identidad del fallecido y se le introduce en el horno dentro de un féretro de madera, que no contiene ninguna parte de metal o cristal. A una temperatura entre 800 y 900 grados centígrados, la cremación dura de dos a cuatro horas. “Es un proceso corto, higiénico y que no perjudica para nada al medio ambiente, ya que se emplea un sistema de combustión que evita la emisión de gases por encima del límite permitido”, aseguran en Afues.

Una vez terminado este proceso, se dejan enfriar las cenizas y se separa la madera de los restos óseos, que son golpeados para hacerlos más pequeños e introducirlos en una urna. Posteriormente, estas urnas son depositadas en columbarios, salvo que los familiares decidan llevárselas a casa. Según explican desde Afues, no hay una ley que regule los crematorios ni que reglamente qué se puede hacer con las cenizas, porque no es correcto tirarlas al mar o esparcirlas por el campo, ya que no son cenizas inocuas. “Queremos que se defina el concepto de cenizas y su destino final para que la gente no pueda hacer lo que quiera”.

“Queremos que se defina el concepto de cenizas y su destino final para que la gente no pueda hacer lo que quiera”

Actualmente, son las personas jóvenes quienes tienen más clara su preferencia por esta alternativa, “ya que entre la gente mayor no es aún una opción muy bien vista”, señala el portavoz de Afues. Además, cuando la muerte es violenta, se recomienda no incinerar el cuerpo por si fuera necesario practicarle la autopsia o buscar pruebas para un posible juicio. Todo esto se debe especificar a la funeraria o a la compañía de seguros, que suelen ser las encargadas de realizar las gestiones.

Cremación de animales domésticos

La cremación de animales domésticos es una práctica aún poco conocida, pero que, desde su implantación, ha recibido una buena acogida. Cada año, un crematorio de este tipo puede llegar a incinerar unos 7.000 animales, con un coste medio de 150 euros que varía según el peso del animal y el transporte. Debido a que todavía no existen demasiadas empresas dedicadas a este servicio, las que funcionan suelen recoger a mascotas de cualquier parte de la península, con un sobrecoste por el desplazamiento. Tras la muerte de un animal doméstico, el dueño puede dejar la gestión en manos del veterinario, que tramita el traslado de la mascota a una fosa común o a un centro donde es incinerado, o puede acudir personalmente a una empresa de incineración de animales domésticos. Isabel Alcaide, de Hadescan, el único crematorio de animales domésticos que existe en la Comunidad de Madrid, asegura que “la gente no está acostumbrada a este tipo de servicios y que la mayoría los desconoce”, aunque confirma que cada vez hay más demanda. “Quienes no llevan a su mascota al crematorio, la entierran en algún huerto o terreno de su propiedad, por lo que servicios que ofertamos permiten un servicio más higiénico”, subraya.

El procedimiento es similar al de los restos humanos. Tras llevar el cadáver del animal a la incineradora (también se puede llamar para que acudan a recogerlo), se deposita en una cámara frigorífica y se lleva al crematorio transcurridas, al menos, 24 horas. Este tipo de empresas permiten dos tipos de incineración: individual y colectiva. En el primer caso, el servicio es algo más caro, pero el dueño se puede llevar las cenizas de su mascota. Si no acude a recogerlas, la propia empresa se encarga de enviárselas a casa a los tres o cuatro días, en una urna. Si lo desea, el propietario puede asistir a la cremación y llevarse las cenizas una vez concluido el proceso. En las incineraciones colectivas, según explica Sergio Larrea, gerente de Duin, crematorio ubicado en Navarra, “se introducen en el horno varios animales y no hay posibilidad de recuperar las cenizas, que se trasladan a una empresa especializada que suele emplearlas como abonos”.

Aunque lo habitual es que se incineren mascotas como perros, gatos o hámsters, Isabel Alcaide de Hadescan confirma que también se recurre a estos servicios en el caso de “loros, periquitos, tortugas o conejos”. Algunos de ellos, incluso, son incinerados con su manta o su juguete preferidos. “El objetivo es que no se tenga que esconder el sentimiento por una mascota, a la que se trata de dar un final digno porque es una parte de la familia. En este sentido, se trata de un trabajo muy agradecido porque las personas lo valoran y nos escriben para darnos las gracias”, añade Larrea . De hecho, las cenizas de las mascotas son entregadas en urnas sencillas de madera, si la intención es esparcirlas en algún lugar significativo para el animal; en urnas biodegradables, si se quieren enterrar, o en urnas de cristal, en las que se puede colocar una foto de la mascota. No obstante, Sergio Larrea advierte de que no todas las empresas que ofertan este servicio cuentan con licencia para esta actividad y asegura que algunas se dedican “a cocer al animal y separar la materia grasa de la materia no grasa”. Asimismo, lamenta que la normativa sea bastante difusa y que los perros, por ejemplo, sean considerados en la mayoría de las comunidades autónomas un residuo.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube