Un vacío legal permite a los conductores evitar la pérdida de puntos por multas de radar

Los multados recurren la sanción alegando que no iban al volante y no identifican al infractor
Por EROSKI Consumer 27 de mayo de 2007

El nuevo carné de conducir, que entró en vigor en julio de 2006, tiene un resquicio legal que está siendo aprovechado por muchos conductores para no perder puntos cuando les caza el radar. La Dirección General de Tráfico (DGT) ha reconocido que, cuando la notificación les llega a casa, esos automovilistas alegan que no iban al volante, pero no identifican al infractor. Si prospera su recurso, no pierden el permiso ni los puntos, pues la normativa sólo prevé una multa pecuniaria para el dueño del vehículo.

Esa sanción económica no puede exceder de 1.500 euros, aunque en la práctica, la DGT aplica el doble de la multa que corresponde al exceso de velocidad. El Gobierno Vasco impone actualmente 400 euros, 800 ó 1.200, según la gravedad del caso. A esas cantidades se les puede descontar el 30% por pronto pago. «Una multa de la DGT de 380 euros por ir a 200 kilómetros por hora, con un mes de suspensión del carné y la pérdida de seis puntos, se transforma en otra sanción de 760 euros que no resta puntos ni quita el permiso. Y con la rebaja, puede quedar en 530 euros», afirma Mario Arnaldo, presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

Aunque la nueva legislación de Tráfico pretende erradicar al automovilista temerario, los expertos advierten de que los malos hábitos perdurarán en la carretera si no hay más agentes que notifiquen en el acto las infracciones detectadas por el radar, pues la comunicación por correo hace posible la picaresca de ser sancionado como titular del coche, pero no como conductor negligente.

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