Los QUADS

Su conducción conlleva un alto riesgo, por lo que deben estar ajustados a la ley y poseer seguro obligatorio
Por Blanca Álvarez Barco 25 de octubre de 2005

Los amantes de los deportes y la aventura han acogido muy favorablemente los cuatriciclos o quads, todoterrenos ligeros de cuatro ruedas a camino entre la motocicleta y el automóvil que llegaron por primera a España en 1994. Desde entonces, el uso y las ventas de este vehículo no han dejado de crecer. Solamente en los últimos cinco años su número se ha multiplicado por diez. En 2000, cuando se hicieron más populares, se registraron 3.557 unidades, según datos de la Dirección General de Tráfico (DGT). Cuatro años más tarde ya se habían vendido 32.040 y hasta la fecha se han matriculado 23.435 nuevos quads. El principal inconveniente reside en que aún no existe una ley específica para los quads, por lo que su uso está regulado de acuerdo a la normativa existente para el resto de vehículos de motor, de manera que no se debe circular sin seguro obligatorio. Pero, ¿es necesario el uso del casco? ¿Lo pueden conducir menores? ¿Está permitido circular por cualquier carretera?

Una moda en alza

Este vehículo todo terreno ligero apareció por primera vez en Estados Unidos en la década de los setenta, aunque a España no llegó hasta 1994 como una moda deportiva. Desde entonces, el uso y las ventas de este vehículo no han dejado de crecer. Así, las matriculaciones se han multiplicado por diez en los últimos cinco años en nuestro país. En 2000 ya se registraron 3.557 unidades, en 2004 las ventas ascendían a 32.040 y, según la DGT, hasta la fecha se han matriculado 23.435 nuevos quads. El perfil del comprador de estos vehículos, cuyo precio oscila entre 1.600 euros y 15.000 euros según el modelo, es el de una persona de entre 20 y 35 años de edad, con un poder adquisitivo medio y una fuerte motivación por las emociones fuertes. Pero también es adquirido por personas de mayor edad, que lo utilizan en fincas particulares en sustitución del tradicional todo terreno, o por niños y adolescentes, atraídos por el halo de aventura que envuelve a estos vehículos.

Aunque todos los quads comparten su aspecto y construcción, existen peculiaridades que permiten que se puedan englobar en diversas categorías:

  • Modelos infantiles: No son matriculables y no están considerados en ninguno de los apartados a los que se refiere el Reglamento General de Vehículos. Su uso se limita a las fincas privadas o a circuitos cerrados al tráfico.
  • Vehículos especiales: Su matrícula es de color rojo y pueden tener la consideración de maquinaria agrícola o de obra. Su potencia es muy elevada, pero no es obligatorio el uso del casco. Pueden circular en las mismas condiciones que cualquier otro vehículo especial, incluso por autopistas si alcanzan una velocidad superior a los 60 kilómetros por hora. Cuando no exista parte de la calzada que les esté especialmente destinada, deben circular por el arcén de su derecha.
  • Cuatriciclos: Homologados como ciclomotores, con matrícula de color amarillo. Debe utilizarse siempre el casco, pues el artículo 118 del Reglamento de Circulación impone esta obligación a los conductores y pasajeros de motocicletas de dos ruedas, a los de ciclomotores y a los de cuatriciclos. No pueden transportar a pasajeros menores de 12 años y su circulación está totalmente prohibida en autopistas y autovías.

Permisos y seguros

Comprar uno de estos vehículos se convierte para muchos ciudadanos en una gran fuente de problemas. En primer lugar porque para pilotarlos es preciso estar en posesión de un permiso de circulación, excepto en los modelos infantiles. Actualmente, aún no existe una legislación específica para los quads, según explica Antonio Lucas, coordinador de Seguridad Vial del Real Automóvil Club de España (RACE), por lo que se aplican las normas destinadas al tipo de vehículos en que se encuadra cada modelo de cuatriciclo (vehículo especial, ciclomotor?), que regulan temas como la posibilidad de llevar acompañantes o la obligatoriedad de usar casco y circular por determinadas vías.

Permisos y seguros

La disparidad de criterios de clasificación y normativa que se puede aplicar han llevado a la DGT a plantearse ya una reforma, según señala un portavoz de dicho organismo. La DGT se plantea, en breve, elaborar una norma específica para estos vehículos y eliminar la posibilidad de que los quads puedan ser clasificados como vehículos especiales, ya que la mayoría no se utiliza con esos fines. Mientras llegan las reformas, como norma general se puede aplicar la siguiente:

  • Los quads de máxima capacidad, los considerados como Vehículo Especial, deben ser pilotados por quienes estén en posesión del permiso de conducir tipo B y en ningún caso se podrán conducir con acompañante.
  • Los quads cuya cilindrada sea de hasta 50 centímetros cúbicos (los destinados generalmente al público adolescente) pueden circular con pasajero. Para circular con ellos es obligatorio el uso del casco y la posesión de la licencia de ciclomotor.

Asimismo, según indica Antonio Lucas y recalcan desde la empresa Seguromotos, para poder circular con uno de estos vehículos es necesario tener el seguro obligatorio de responsabilidad civil, “como cualquier otro vehículo a motor”. Al ser novedoso y no existir aún seguros específicos, las compañías aseguradoras no tienen una pauta a seguir, pero “siempre se encuentra alguna solución adaptada a la variedad de vehículos de este tipo, porque no es posible circular sin estar en posesión de este seguro obligatorio”.

Accidentes y prevención

La aparente facilidad para conducir uno de estos vehículos y la falta de información sobre el modo de pilotarlos, han dado lugar, según explica el coordinador de Seguridad Vial de RACE, a un elevado número de accidentes. Durante los meses de primavera y verano de 2005 se han registrado cinco ingresos por lesión medular en el Hospital Nacional de Parapléjicos de Toledo, como consecuencia de caída de quad.

La causa se encuentra, en numerosas ocasiones, en que el quad ofrece al usuario una falsa sensación de estabilidad, por lo que, a diferencia de los accidentes de tráfico en carretera, no es la velocidad el factor decisivo. Las caídas laterales y frontolaterales en la acción de girar son las causas más comunes de traumatismos de columna con resultado de lesión medular

Las caídas laterales y frontolaterales en la acción de girar son las causas más comunes de traumatismos de columna con resultado de lesión medular

(con resultado de paraplejias y tetraplejias incompletas). Los afectados, en su mayoría varones, tienen una edad que oscila entre los 18 y los 42 años, según indican desde el Hospital Nacional de parapléjicos de Toledo, a raíz de un estudio llevado a cabo por la doctora Valdizán.

Desde el punto de vista preventivo, el coordinador de Seguridad Vial de RACE recomienda que el usuario conozca la conducción específica para este tipo de vehículos, ya que “pueden ser maquinas de una potencia considerable cuyo manejo requiere pericia y entrenamiento”. Los giros en quad pueden complicarse, ya que la rueda trasera tiende a levantarse. Para evitarlo, hay que marcar bien el giro con el manillar e inclinar el cuerpo hacia el mismo lado al que giramos.

Pero para circular con quad es necesario, sobre todo, seguir una serie de recomendaciones:

  • Realizar un curso de conducción para este tipo de vehículos.
  • Usar casco durante su manejo. Llevar casco es recomendable siempre, incluso para los modelos en que no sea obligatorio, para prevenir cualquier tipo de lesión en un accidente.
  • Utilizar protección espaldera.
  • Circular con las luces encendidas
  • Respetar el medio ambiente
  • Seguir las normas del código de circulación.
  • Pilotar el quad sin acompañante, pues mejora la rapidez de reacción frente a un imprevisto.
  • Los Vehículos Especiales matriculados como tales que circulen por centros urbanos o fuera de ellos deben llevar al menos el retrovisor izquierdo, siendo el derecho opcional. Al circular por carretera, los Vehículos Especiales tienen la limitación de velocidad a 45 km/h, así como de circular por la parte transitable del arcén o, en su defecto, usando la parte imprescindible de la calzada en su margen derecho.
  • Los cuatriciclos, que pueden acceder a autopistas, deben llevar dos espejos retrovisores obligatoriamente.
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