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Pocas compañías aceptan a los propietarios de un quad, que para firmar la póliza obligatoria pueden recurrir al Consorcio de Compensación de Seguros
- Imagen: Leo Viëtor -
A medio camino entre la motocicleta y el todoterreno, el quad se ha convertido en el vehículo idóneo para los conductores que disfrutan con el aire libre y la aventura, si bien el riesgo asociado a este medio de transporte dificulta a sus propietarios la contratación de un seguro. Si ya es difícil conseguir pólizas para motos o ciclomotores, todavía es peor en el caso de los quads. Son muy pocas las compañías -la mayoría, especializadas- que cuentan entre sus asegurados con los dueños de estos modernos vehículos de cuatro ruedas. Pero es preciso contratar un Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio, por lo que se puede acudir al Consorcio de Compensación de Seguros. Éste asume, de manera excepcional, la contratación del seguro obligatorio cuando varias aseguradoras se han negado a hacerlo.
Desde que el quad empezó a comercializarse en España, hace ya más de 15 años, este vehículo se ha utilizado para realizar actividades lúdicas, deportivas y excursiones por la naturaleza. No obstante, lleva asociado un importante componente de riesgo. Las cuatro ruedas le confieren una sensación de equilibrio y seguridad, pero son vehículos que vuelcan con facilidad si lo conduce un piloto poco experimentado. No en vano, numerosas marcas y concesionarios imparten cursos para aprender las técnicas básicas de manejo sin exponerse a peligros innecesarios.
El Consorcio asume la contratación del seguro de suscripción obligatoria, siempre y cuando varias aseguradoras se hayan negado a hacerlo
Debido a su elevado índice de accidentalidad, las aseguradoras son reticentes a contar entre sus clientes con conductores de quad. Son pocas las compañías que suscriben pólizas para estos vehículos y, cuando lo hacen, las condiciones que establecen son mucho más rigurosas que las aplicadas a los propietarios de otros automóviles.
Pero el titular del quad, como sucede con el resto de vehículos a motor, debe circular con un Seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio. Con él se garantiza el pago de las indemnizaciones a las que esté obligado legalmente el conductor o el dueño del vehículo. Por ello, cuando a pesar de haber pedido presupuesto en diversas compañías resulta imposible asegurar el quad, se debe acudir al Consorcio de Compensación de Seguros.
Es indispensable acreditar que dos entidades aseguradoras no han aceptado firmar la póliza
Esta entidad asume, de manera excepcional, la contratación del seguro de suscripción obligatoria, siempre y cuando varias aseguradoras se hayan negado a hacerlo. La contratación se realiza a través del centro de atención telefónica mediante una llamada que debe realizar la persona que figurará como tomador, es decir, quien pagará la prima del seguro. Los datos facilitados tienen el efecto de la solicitud de seguro y de declaración de riesgo.
Para poder contratar, es indispensable acreditar que dos entidades aseguradoras no han aceptado hacer una póliza -o han rechazado el riesgo-. Hay que presentar una certificación o una comunicación escrita de las propias compañías. En ambos escritos debe figurar:
El seguro de suscripción obligatoria que se contrata con el Consorcio de Compensación de Seguros es una póliza de Responsabilidad Civil. Por lo tanto, la máxima indemnización en los daños a las personas se fija en 70 millones de euros por siniestro, con independencia del número de víctimas. En los daños a los bienes, cubre 15 millones de euros.
Esta póliza excluye los daños a terceros por encima de estos límites y los sufridos por el conductor del quad que ocasione el accidente. Tampoco cubre los daños materiales del vehículo que provoque el siniestro o los objetos transportados en él, ni la reclamación de daños, la defensa jurídica o la asistencia en viaje.
Uno de los motivos que puede alegar una compañía para negarse a suscribir un seguro es que otra aseguradora haya cancelado la póliza en los últimos tres años.
El titular tampoco podrá contratarlo con determinadas empresas si no es el único conductor del quad. Quien haya cometido una infracción que le haya llevado a la retirada del carné o se le haya penalizado por conducir en estado ebrio en los últimos 36 meses, tampoco tendrá fácil asegurar su quad en una entidad privada.
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