El precio de las transferencias bancarias será el mismo en toda la UE a partir del día 1 de julio

En los últimos años por una transferencia de 100 euros se pagaban 24 euros de media por comisiones
Por EROSKI Consumer 27 de junio de 2003

Las transferencias transfronterizas en euros dentro de la Unión Europea (UE) serán tratadas a partir del 1 de julio como operaciones nacionales, de modo que los precios de unas y otras serán equiparados en todos los bancos de los Quince.

La entrada en vigor de esta medida es consecuencia de la aplicación del reglamento europeo relativo a los pagos transfronterizos, que ya estableció en julio del año pasado la equiparación de los precios de los pagos con tarjeta bancaria y de los reintegros en los cajeros automáticos.

En los últimos años por una transferencia de 100 euros se pagaban como término medio 24 de comisiones. Por este motivo, la Comisión cree que la equiparación de precios va a provocar una caída del precio de las operaciones transfronterizas, pero reconoce que si un banco estima que debe compensar la pérdida de ingresos ligados a la introducción del reglamento aumentando el precio de las transferencias nacionales, el reglamento no lo impide.

«Las ventajas de la moneda única deben beneficiar a todos. Desde julio de 2002, nuestros ciudadanos han podido obtener reintegros y realizar compras con tarjeta bancaria en toda la zona del euro sin tener que pagar mayores comisiones que en su propio país», dijo el presidente de la Comisión Europea, Romano Prodi.

Este reglamento se aplicará a las transferencias en la moneda única por un importe inferior a 12.500 euros que se realicen entre dos cuentas en euros dentro del territorio comunitario. Para poder disfrutar de las ventajas que proporciona esta disposición, el cliente deberá facilitar a su banco los códigos IBAN (Número de Cuenta Bancaria Internacional, en inglés) y BIC (Código de Identificación Bancaria) del beneficiario.

Dada esta circunstancia, a partir del 1 de julio en todos los extractos bancarios figurará el IBAN y el BIC del titular de la cuenta, y las empresas que realicen operaciones transfronterizas deberán incluir estos datos en sus facturas.

Aunque los bancos son libres de ejercer su política de precios, el Ejecutivo comunitario les advierte de que «ningún aumento tarifario puede tener lugar si el cliente no ha sido previamente informado». De lo contrario se exponen a «sanciones eficaces, proporcionales y disuasivas», que serán aplicadas por los estados miembros.

El reglamento también se aplicará a operaciones con los países de la Unión fuera de la zona euro. Así, si una empresa española envía un giro en euros a una empresa británica sobre una cuenta en euros, el emisor del pago costeará los mismos gastos que por un giro nacional.

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