El Gobierno aprueba varias normas de calidad para los alimentos

Miel, lácteos y chocolate cuentan con nuevas especificaciones
Por EROSKI Consumer 1 de agosto de 2003

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy varios reales decretos para garantizar la calidad de los alimentos que se venden en España. En concreto, sobre la miel, determinados productos lácteos, cacao y chocolate.

Con relación a la miel, el real decreto aprobado tiene como objetivo definir lo que se entiende por miel y fijar las condiciones y características que debe cumplir dicho producto para su presentación, comercialización y consumo en el mercado interior.

Esta norma de calidad define que la miel es la sustancia natural dulce producida por la abeja «Apis mellifera» a partir del néctar de plantas o de secreciones de partes vivas de plantas que las abejas recolectan, transforman combinándolas con sustancias específicas propias, depositan, deshidratan, almacenan y dejan en colmenas para que maduren.

En cuanto a las variedades, cita según su origen, la miel de flores o miel de néctar, de mielada, en panal, escurrida, centrifugada, prensada y, por último, miel filtrada.

En lo que respecta a sus características, establece que el color de la miel puede tener desde un tono casi incoloro a un tono pardo oscuro; de consistencia fluida, espesa o cristalizada; y el sabor y el aroma pueden variar, pero se derivan del origen vegetal.

Por último, señalar que el etiquetado deberá especificar el origen floral, regional, el país de origen donde haya sido recolectada; si es únicamente para cocinar, como es el caso de la miel para uso industrial, o también si lleva mezcla de mieles originarias de la Unión Europea (UE) o de terceros países.

Lácteos

El Consejo de Ministros ha dado luz verde, asimismo, al decreto que fija la norma de calidad para determinados tipos de leche conservada, parcial o totalmente deshidratada, destinados a la alimentación humana.

El texto aprobado recoge las denominaciones de venta, definiciones y características de estos productos lácteos, agrupando bajo el término «leche parcialmente deshidratada», tanto la leche evaporada como la condensada, y señalando los contenidos de materia grasa y extracto seco que deben contener para ser consideradas parcialmente desnatadas, semidesnatadas o desnatadas.

También define el proceso de obtención y características de la «leche totalmente deshidratada», fijando los contenidos de materia grasa que deberán tener los distintos tipos de leche en polvo.

Además, establece los tratamientos autorizados para su fabricación, y los requisitos específicos necesarios en su etiquetado, entre los que se incluyen la obligada utilización en el comercio, de las denominaciones de venta recogidas en el real decreto, la mención de los porcentajes de materia grasa y extracto seco contenida en los productos, o la inclusión de las recomendaciones sobre el modo de dilución.

Cacao y chocolate

El último real decreto aprobado se refiere a la elaboración, circulación y comercio de los productos de cacao y chocolate. Este decreto supone la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2000/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de junio de 2000.

La citada directiva comunitaria tiene por objetivo establecer los requisitos esenciales que deben cumplir los productos de cacao y chocolate destinados a la alimentación humana, a fin de llevar a cabo su regulación y permitiendo que puedan circular libremente en el mercado interior.

Esta nueva norma define y fija las condiciones y características que deben cumplir estos productos para su presentación, comercialización y consumo, y supone, respecto a la legislación anterior, la modificación de determinadas definiciones de los mismos, teniendo en cuenta la evolución tecnológica que les afecta.

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