El Tribunal Supremo desestima el recurso de AENOR contra la norma calidad de los productos ibéricos

La sentencia otorga la razón al Ministerio de Agricultura y ratifica sus competencias para dictar normas de obligado cumplimiento en el sector
Por EROSKI Consumer 1 de abril de 2005

La Sala de Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo desestimó el recurso que interpuso la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) contra la Norma de Calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico.

La Asociación de Industrias de la Carne de España (AICE) informó en su último boletín de que AENOR entabló un recurso contra el Real Decreto 1083/2001 que aprobó la citada norma de calidad de los productos ibéricos pretendiendo tener exclusividad en la redacción de normas técnicas.

AICE agrega que la sentencia de la referida sala del Tribunal Supremo otorga la razón al Ministerio de Agricultura ratificando las competencias de éste para dictar normas de obligado cumplimiento reguladoras de la actividad económica. Asimismo, destaca de que los productores se personaron también como parte interesada en contra del recursos de AENOR defendiendo la legalidad del decreto elaborado por Agricultura.

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