Competencia multa con 90.000 euros a Aguas de Mondáriz Fuente del Val por fijar los precios de venta al público

Impuso los precios a un minorista y luego le negó el suministro cuando dejó de cumplir dicha exigencia
Por EROSKI Consumer 2 de diciembre de 2004

El Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) ha multado con 90.000 euros a la compañía productora de agua embotellada Aguas de Mondáriz Fuente del Val por fijar verticalmente los precios de venta al público, una práctica prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia.

El origen del caso se remonta a mayo de 2003, cuando un comercializador minorista presentó una denuncia contra Aguas de Mondáriz por haberle impuesto los precios de venta al público de sus productos y haberle negado el suministro de los mismos cuando dejó de cumplir dicha exigencia.

El TDC considera probado que la embotelladora fijó los precios de venta al público de sus botellas de 1,5 litros al minorista. Posteriormente, esta empresa inició una promoción por la que regalaba una botella con la compra de cinco unidades, con lo que el precio unitario se situaba por debajo del establecido por Aguas de Mondáriz que, por este motivo, decidió suspender el suministro.

El Tribunal entiende en cualquier caso que no se trata de una conducta grave, teniendo en cuenta que la cuota de Aguas de Mondáriz es reducida, que la situación se limita exclusivamente a Galicia, que el efecto de restricción de la competencia no es elevado y sólo duró 15 meses, y que no consta reiteración.

Por ello, ha decidido sancionar a la embotelladora con 90.000 euros, y le insta a no repetir conductas semejantes en el futuro. Contra esta resolución cabe interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses.

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