Ley de Desindexación: ¿cómo me afecta?

La desvinculación de los precios de los servicios públicos del IPC no tendrá efecto sobre las pensiones, impuestos e instrumentos financieros
Por José Ignacio Recio 13 de enero de 2014
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La aprobación del Anteproyecto de Ley de Desindexación de la Economía Española generará, como primer efecto, la desvinculación de los precios de los servicios públicos del IPC. Como se señala en el siguiente reportaje, la nueva normativa tendrá efecto este año sobre los precios, rentas y subsidios públicos, pero no afectará a las pensiones, impuestos e instrumentos financieros.

Desindexación: ahorro en el consumo familiar

La aprobación de la nueva Ley de Desindexación afectará a los consumidores a través de los precios, rentas y subsidios públicos. Según cálculos del Gobierno, se estima que los consumidores podrán ahorrarse unos 700 millones de euros en consumo familiar con la aplicación de esta normativa que desvinculará los precios públicos del IPC (Índice de Precios al Consumo), siempre que la inflación se sitúe en el objetivo del 2% fijado por el Banco Central Europeo (BCE).

La nueva ley afectará a transportes, telecomunicaciones, energía, servicios postales, agua, tasas y los precios de los contratos públicos

Hasta ahora, las tarifas de los servicios básicos (agua, telefonía, peajes, transporte por ferrocarril…) se actualizaban a primeros de año en función de los niveles del Índice de Precios al Consumo. Esto a partir del próximo ejercicio ya no será así, al eliminarse su vinculación directa, y se tendrá en cuenta para la subida de los precios factores diferentes como los costes de estos servicios.

La nueva normativa no afecta a pensiones, impuestos, instrumentos financieros ni a la negociación salarial, pero sí a transportes, telecomunicaciones, energía, servicios postales, agua, tasas y los precios de los contratos públicos (como en los casos de los alquileres, entre otros).

Nuevo índice de referencia

Otra novedad reside en la aparición de un nuevo índice de referencia, llamado «de Consumo a Impuestos Constantes», que publicará cada mes el Instituto Nacional de Estadística, al igual que ya lo hace con el IPC. Este nuevo concepto servirá como herramienta para actualizar algunos precios, ya que descontará al precio de la vida el importe que supone la subida de los impuestos o el incremento de los costes.

Uno de los sectores más afectados será el inmobiliario, a través de los contratos de arrendamiento, en los que se suele incluir una cláusula para actualizar el importe del alquiler cada año en función de la evolución del IPC.

En cualquier caso, el objetivo final de la ley es desligar los precios de este índice y que sus actualizaciones no sean automáticas, sino que se hagan por los índices que determinen las administraciones correspondientes en función de los costes o a partir del nuevo índice de referencia. En cierta forma supone un parón a la subida de los precios vinculados al Índice de Precios al Consumo.

Preguntas frecuentes

Ante una nueva ley, siempre surgen dudas. En este caso, desde si afectará a los pensionistas o cómo se regularán los precios en los transportes públicos, sin dejar pasar los efectos sobre los contratos entre particulares o el alcance real de estos cambios entre los funcionarios. A continuación, se explican las consecuencias de la normativa en algunos ámbitos:

  • Precios públicos: la Ley de Desindexación tendrá repercusión en los precios, rentas y subsidios públicos. Por tanto, afectará, entre otros, a los siguientes gastos:

    • Energía: electricidad, gas natural, butano…
    • Transporte público: metro, ferrocarril y autobuses.
    • Telecomunicaciones.
    • Peajes en autopistas.
  • Pensionistas y trabajadores: los jubilados pueden estar tranquilos ante la nueva medida, ya que no les afectará a sus pensiones, aunque sí lo hará otra reforma que limita la actualización de las pensiones a la marcha de la economía. Por otra parte, los trabajadores de empresas privadas también estarán exentos de su aplicación en lo que se refiere a sus revisiones salariales. Asimismo, no influirá sobre el sueldo de los funcionarios, que quedará congelado, tras recogerse en los Presupuestos Generales del Estado 2014, ni será aplicable a la fijación del salario mínimo.

  • Consumidores: serán uno de los sectores más sensibles a esta normativa, ya que en el precio del billete de metro, por ejemplo, al igual que otros servicios básicos, a partir de enero solo tendrá en cuenta para su subida el coste del carburante y el número de viajeros.

  • Contratos entre particulares: la principal repercusión sobre el sector privado es que se podrán actualizar sus contratos, de cualquier clase, en función del Índice de Garantía de Competitividad.

    Pero, ¿qué pasará en los casos en que se hayan firmado con anterioridad? En principio no habrá ningún problema, ya que se contempla un periodo de seis meses para retomar un nuevo sistema de actualización de precios, de forma que los afectados gozarán de un margen de tiempo suficiente para rescindir sus contratos.

  • Revisiones salariales: queda excluida de esta nueva normativa la negociación salarial colectiva, tanto en el ámbito privado, como en el del personal laboral del sector público.

Devaluación encubierta

El momento elegido para anunciar esta medida económica de gran repercusión para los consumidores españoles coincide con el desplome en el Índice de Precios al Consumo (IPC), cuya tasa de variación anual en el mes de noviembre fue del 0,2%, tres décimas por encima de la registrada el mes anterior, según los últimos datos facilitados por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

Esto, en la práctica, significa que cuando se empiece a desarrollar la nueva normativa de desindexación, no se revalorizarán los contratos públicos en consonancia con los actuales niveles de inflación. Y si bien esta ley está limitada únicamente a las administraciones públicas, queda por saber en qué grado se extenderá (si es que se produce) a las empresas privadas y, por tanto, a los millones de españoles que trabajan en ellas.

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