El «defensor del ahorrador» atenderá las quejas y consultas de los clientes de servicios financieros

El Gobierno quiere dar seguridad a la banca por Internet
Por EROSKI Consumer 9 de marzo de 2001

La figura del «defensor del ahorrador», que atenderá en primer término las quejas y consultas de los clientes de servicios financieros para encaminarlas a la instancia correspondiente, se incluye en el borrador del proyecto de Ley Financiera. Se trata de una iniciativa que el gobierno quiere aprobar y que tiene como objetivo conseguir mayores garantías del inversor ante la información privilegiada y en la operatoria a través de Internet.

El defensor del ahorrador será un órgano administrativo específico, coordinador de los actuales servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y Seguros. Las normas de conducta del defensor serán aprobadas por los supervisores. El borrador de la Ley Financiera refuerza la disciplina a que se someterán las oficinas para el cambio de moneda extranjera (incluidos los llamados «locutorios») utilizadas por turistas y también por la población emigrante.

Otro cambio propuesto en este texto es la integración de los sistemas de compensación y liquidación de valores y de la deuda pública, que abre puertas a la incorporación de otros mercados futuros, (Bolsas de las Autonomías). En cuanto al desarrollo de las nuevas tecnologías, el borrador de la ley contempla una regulación específica de los efectos jurídicos de la contratación electrónica. Establece que los efectos jurídicos de la contratación ‘on-line’ sean los mismo que los de la contratación «cara a cara». En la misma línea, se regula el dinero electrónico, como estímulo al comercio electrónico.

En los mercados de capitales, para una mayor protección del inversor se impulsan normas de transparencia en las operaciones vinculadas, de manera que se eviten abusos por parte de directivos y consejeros contra los intereses de los accionistas. Además, se refuerza la regulación de la información relevante y de la información privilegiada. Se extiende el concepto de información privilegiada a otros instrumentos financieros distintos de los propios valores negociables y se desarrolla de forma muy detallada la información carácter relevante.

Sigue a Consumer en Instagram, X, Threads, Facebook, Linkedin o Youtube