Herencias entre hermanos, ¿cuándo es posible?

Un hermano puede legar una herencia a otro, si así lo dispone el testamento del fallecido o si no hay herederos legítimos que tengan preferencia, pero le puede salir muy caro
Por Blanca Álvarez Barco 28 de noviembre de 2022
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Imagen: wilkernet
¿Puedo dejar mis bienes a mi hermano? ¿Podré recibir la herencia de mi hermana en caso de que ella muera? Las herencias entre hermanos pueden darse, pero no en todos los casos. Solo es posible si así lo dispone el testamento del fallecido o, en caso de ausencia de este documento, si no hay herederos legítimos que tengan preferencia. Además, como se detalla en el artículo, hay que hacer algunos trámites, pagar tasas de notaría y abonar un impuesto de sucesiones muy costoso en la mayoría de la comunidades autónomas.

¿Puede un hermano dejar su herencia a otro?

Sí. Un hermano o hermanastro puede recibir la herencia de otro, si el fallecido le ha nombrado en el testamento, pero siempre respetando los derechos de los herederos forzosos. Así, «una persona con hijos puede nombrar heredero a su hermano en una tercera parte de la herencia (el tercio de libre disposición)», como señala Manuel García-Bernalt, abogado experto en el tema.

También una persona casada sin descendientes puede nombrar heredero a un hermano, respetando los derechos del cónyuge viudo (o pareja de hecho en algunas zonas de España).

Y si no tiene descendientes ni cónyuge ni ascendientes, puede nombrar heredero a cualquier persona o personas que quiera, entre ellos, a un solo hermano, aunque tenga otros.

👉 ¿Qué pasa cuando no hay testamento?

Un hermano puede heredar también, si su hermano difunto no ha hecho testamento y no tiene descendientes, ni cónyuge ni ascendientes. En este caso, los llamados a la herencia antes que resto de los parientes son los hermanos y los sobrinos (hijos de un hermano fallecido antes).

Esto es lo que sucede en general, pero puede haber especificidades según comunidades autónomas. En Navarra, sin testamento, heredan antes los hermanos que el cónyuge viudo, o en Cataluña, Baleares, Navarra, País Vasco y Galicia, la pareja de hecho está equiparada al cónyuge.

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Imagen: bykst

¿Testamento a favor de otras personas? El hermano no hereda

Si hay testamento a favor de otras personas, aunque el finado no tenga más familiares que los hermanos, estos no heredan. Y es que si hay testamento, «siempre se estará a lo que ponga el testador», reconoce García-Bernalt.

Los hermanos no son legitimarios y la persona que no tiene descendientes, cónyuge o ascendientes tiene libertad total para disponer de los bienes por testamento a favor de cualquiera, aunque no sea familiar. Incluso en algunas regiones de España hay libertad total para disponer de bienes por testamento, aunque haya hijos u otros parientes (como sucede en Navarra o algunos pueblos de Álava).

Los trámites para heredar de un hermano

Los trámites, sea heredero un hermano u otro familiar, son los mismos, más complicados si no hay testamento. Hasta 2015, cuando una persona moría sin testamento y no tenía descendientes, cónyuge o ascendientes, era necesario que un juez decretara quiénes eran los llamados a la herencia. Este era un trámite caro y engorroso, pues en los juzgados la tramitación duraba varios meses.

Desde la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria (que entró en vigor en 2015), cuando alguien fallece sin testamento corresponde la tramitación de este procedimiento a los notarios, lo que supone mucha más rapidez.

En todo caso, si los herederos abintestato (sin que haya testamento) son hermanos o sobrinos, tienen que recopilar más documentos para acreditarlo al notario y, en ocasiones, esto puede ser dificultoso.

Las actas notariales tienen el mismo coste sean herederos los hermanos u otros parientes. «Rondan los 300 euros», dice el experto. El precio final depende, entre otras cosas, del número de documentos que pida el notario o de si es necesario hacer publicaciones, etc.

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Imagen: Alexas_Fotos

¿Hay que pagar impuestos por ser heredero de un hermano?

Sí, y el impuesto de sucesiones en estos casos puede resultar muy costoso. Independientemente de que haya o no testamento, un hermano paga mucho más por este impuesto que un hijo.

El coste depende de cada comunidad autónoma, pero siempre es más caro. En Madrid, por ejemplo, tienen una bonificación del 15 % (se ampliará al 25 % desde enero de 2023), pero hay comunidades —como Extremadura— donde apenas hay bonificaciones para herencias entre hermanos.

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