Tipos de seguros ante deudas y descubiertos

Las pólizas más habituales son las destinadas a proteger los pagos de las cuotas de las hipotecas
Por Clara Fraile 13 de noviembre de 2006

Las entidades bancarias ofrecen a sus clientes distintos tipos de seguros, normalmente con el fin de asegurarse los pagos de las cuotas de las hipotecas contratadas. Por un lado, los clientes quedan protegidos frente a los números rojos si su precariedad económica se debe a contingencias como el fallecimiento del cónyuge, la propia incapacidad temporal, la invalidez o el desempleo. De igual modo, al suscribir un crédito hipotecario los solicitantes pueden pedir coberturas que les permitan preservarse, por ejemplo, frente a las subidas de tipos de interés. La domiciliación de la nómina, en casos concretos y en ciertas entidades, puede reportar un seguro de descubierto o la concesión de un crédito inmediato por un importe previamente limitado y a un interés preferencial. Lo que más inquieta a quien va a disfrutar de estos pretendidos beneficios es cuánto le van a costar esas coberturas y si pagar ese precio, en su situación particular, merece la pena. Existe un amplio abanico de pólizas, lo importante es que el cliente decida qué nivel de protección desea según sus necesidades. Estos productos pueden ser una respuesta ante una situación de sobreendeudamiento pero no la solución, aseguran las organizaciones de consumidores.

Forma de asegurar el cobro

Perder el empleo, separarse o divorciarse de la pareja, fallecimiento del cónyuge y como otras situaciones sobrevenidas, como accidentes o enfermedades de larga duración, pueden ocasionar una notable pérdida de ingresos económicos. Con este argumento algunas entidades bancarias ofrecen a sus clientes la posibilidad de aplazar sus pagos pendientes si por estas circunstancias se quedan en números rojos.

Forma de asegurar el cobroEn esos casos, una compañía de seguros, habitualmente relacionada con la entidad, responde del pago de las cuotas del préstamo hipotecario. Ya no serían el cónyuge o los herederos quienes tendrían que afrontar la deuda con el banco. Entre las condiciones de la póliza de este seguro que recibe el nombre de ‘Seguro de Saldo Deudor’ se encuentra un límite, que por ejemplo en Ebankinter es de 1.352,28 euros mensuales, y se establece el plazo máximo, que en este banco es de hasta 12 meses consecutivos y por un total de 24.

El seguro de vida de Caja Laboral cubre el fallecimiento y la invalidez absoluta permanente con el capital contratado y otorga una indemnización doble en caso de que estas circunstancias se produzcan por accidente. Además, cubre cualquier descubierto que pueda producirse en la cuenta corriente o tarjeta de crédito hasta 3.000 euros cuando se de alguna situación cubierta en la póliza. Ahora bien, ¿qué dice la letra pequeña?

Letra “pequeña”

El seguro de vida en la práctica se impone en el 99,9% de contratos de hipotecas, según afirma Fernando Herrero, vicepresidente de la Asociación de usuarios de bancos, cajas de ahorros y seguros (ADICAE). Se aconseja como seguro de amortización. Como en todos los contratos, la recomendación general de las propias entidades de crédito y de las organizaciones de consumidores pasa por leer atentamente las condiciones generales de la póliza. Ya no hay letra pequeña, porque no está permitida, no obstante el lenguaje es farragoso y a veces larga la extensión de las cláusulas. Así, podemos encontrarnos con que la cobertura ante una coyuntural falta de liquidez esté limitada. Entre las condiciones habituales se pueden hallar las siguientes:

  • Un tope referente al importe de dinero al mes.
  • El número de plazos máximos totales y de pagos consecutivos aceptados.
  • Si la cobertura de desempleo cubre sólo al primer titular del préstamo o a los dos si es el caso.
  • El número de años que estará en vigor, que no tiene por qué coincidir con el plazo de la hipoteca. Por ejemplo, en algunos bancos a partir del quinto año se puede renovar o no anualmente.
  • Si la prima es única, se debe abonar íntegra de una sola vez. Su coste puede superar el 1% del importe total del préstamo hipotecario. Debido al gran monto de este capítulo se suele dar al cliente la opción de financiarlo incluyendo el gasto dentro del importe de su préstamo, lo que supone un incremento de la cantidad que ha de abonar en cada cuota mensual del mismo.
  • Al contratar una subrogación o cambio de hipoteca, por lo general se paga toda la prima de “protección de hipoteca” al inicio de la operación y sin posibilidad de financiarla con el préstamo hipotecario.

En la memoria de la Dirección General de Seguros de “Reclamaciones resueltas durante 2005 clasificadas por asuntos”, dentro de los “supuestos especiales de liquidez” el cobro de las primas por desempleo de larga duración ocupa el 22,13% de total.

Aumenta su contratación ante la evolución del euribor

Fuentes de BBVA afirman que la entidad dispone de una amplia gama de productos de seguro como los mencionados dirigida a la protección de los pagos de las cuotas de las hipotecas. Por otro lado, sus clientes también pueden contratar coberturas “que les permitan protegerse frente a las subidas de tipos de interés, aspecto que también puede dificultar al cliente el pago de la cuota de su hipoteca”.

Desde BBVA se asegura que en este segundo grupo de coberturas, y debido a la evolución del euribor, “se aprecia un incremento significativo de la contratación en los últimos meses”, de tal forma que en los nueve meses del 2006 se ha contratado el mismo número de coberturas que en los 2 años precedentes. No obstante, según el propio banco, la contratación de este tipo de protección sigue todavía siendo muy minoritaria.

Los seguros de descubierto, que podrían ofertarse de manera similar a los “seguros de caución” pensados para las empresas, son prácticamente inexistentes en el mercado financiero español debido a su baja demanda. Apenas hay actividad aseguradora en este sentido, tal y como afirman desde las organizaciones consultadas y desde la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA).

Este seguro de descubierto para las empresas se establece en ciertas ocasiones, valorando cada caso en particular, pero sin una cobertura del cien por cien del riesgo. Esta cláusula está especialmente regulada para el seguro de crédito a la exportación comercial y en el seguro marítimo. Suelen ser seguros con franquicia, una cantidad establecida en las condiciones de contratación que se deducirá de la indemnización. De este modo el asegurado participa en el coste del siniestro.

Desde UNESPA, Javier Fernández explica que la entidad bancaria que actúa como canal de venta de estas pólizas -por lo general asociándola a los seguros de vida- es la beneficiaria en última instancia de la prima.

La entidad bancaria que actúa como canal de venta de estas pólizas -por lo general asociándola a los seguros de vida- es la beneficiaria en última instancia de la prima

Otra cosa serían las “gentilezas” que ofrecen bancos y cajas a algunos de sus mejores clientes. En estos casos estaríamos hablando de financiación preferencial o de créditos al instante, tal y como matiza Fernando Herrero.

Dentro de este apartado se encontraría la posibilidad de obtener un anticipo de nómina. En BBVA se materializa con un ingreso máximo igual al del importe de una mensualidad neta al mes para regularizar el descubierto. El tipo que se aplica es el doble del interés legal del dinero con un tope máximo autorizado que ronda los 6.000 euros.

En Caja San Fernando sólo por el hecho de domiciliar la nomina puede recibirse un anticipo de hasta el 80% del importe del sueldo mensual con un máximo de 3.000 euros. Es la manera de protegerse en esta entidad ante los descubiertos en cuenta tanto para domiciliaciones como para operaciones con tarjetas.

El servicio nómina que Caja Madrid oferta a ciertos colectivos, como a los ingenieros industriales, reporta un anticipo de nómina igual al salario de una mensualidad y cubre los descubiertos en cuenta de hasta 600 euros, para el cargo de recibos.

La Ley General para la Defensa de los Consumidores y usuarios fija los intereses de demora en el tanto por ciento que resulta de aplicar 2,5 veces el valor del precio legal de dinero vigente en cada momento. Los intereses que se aplican actualmente a los descubiertos en cuenta rondan el 11%. Lo normal es aplicar este interés y una comisión por entrar en números rojos que se aplica sobre el máximo saldo negativo que haya tenido el cliente. A partir de tres meses el descubierto suele pasar a ser crédito, ya que se considera de dudoso cobro y el banco o caja de ahorros puede facilitar los datos del cliente a un registro de morosos.

Pros y contras

Pero quizás, lo que más inquiete a los clientes de bancos y cajas es cuánto puede repercutir en la cuota mensual una opción de seguro ante un saldo negativo y su cobertura. Bien es verdad que depende mucho del nivel de seguridad que se contrate, aunque lo cierto es que las entidades dicen que puede obtenerse “un nivel de protección elevado por un incremento en la cuota perfectamente asumible”.

A modo de ejemplo BBVA expone que por 40 euros mensuales más, un cliente de 35 años, con una financiación de 100.000 euros, a 22 años, al 4,5%, que pagaría una cuota de mensual de hipoteca de 597 euros, se aseguraría durante quince años la contingencia de fallecimiento y se garantizaría una cuota fija durante 5 años.

“Tener la posibilidad de pedir un crédito y endeudarse es bueno para la economía en general y la familiar”, declara Fernando Herrero, quien, no obstante, se muestra cauto ante todo aquello que pueda contribuir al crecimiento del endeudamiento de los hogares. En el mismo sentido, María Coronada Vázquez, desde la Unión de Consumidores de Andalucía-UCA/UCE, incide en que “no cabe la menor la duda de que, para la entidad bancaria, todo lo que implique evitar la morosidad puede ser positivo. Igualmente, todas las operaciones contratadas por los usuarios se traducen en mayor volumen de negocios para los bancos y por tanto es beneficioso para ella”.

Tanto Herrero como Coronada coinciden en que para el consumidor sería interesante en casos de saldo deudor, de números rojos o de sobreendeudamiento que se pusieran en marcha algunas medidas de carácter legal o normativo en vez de productos de carácter privado.

De todas formas, según afirman los representantes de los consumidores, serán las características y necesidades de cada usuario en concreto las que dictarán la conveniencia de contratar estos productos, igual que sucede con el resto de productos y servicios de los bancos. “Obviamente no satisfarán a todos los consumidores sino sólo a algunos con un perfil concreto”, aseguran desde UCE, organización que al igual que ADICAE no cree que sirvan de solución a la situación de sobreendeudamiento. Es más, podrían darse casos en los que este tipo de productos no harían sino contribuir al crecimiento de las deudas, aseveran, mientras hacen un recordatorio a modo de consejos:

  • No hay que olvidar que es importantísimo solicitar información antes de firmar cualquier documento o contrato.
  • Es primordial leer detenidamente todos los aspectos que tengan que ver con los costes reales de la operación y las comisiones. Es posible que alguien que no tenga hijos no necesite proteger a sus herederos del pago de sus últimas cuotas de la hipoteca, por ejemplo.
  • Se debe reclamar en caso de que se cobren comisiones por encima de las estipuladas en el contrato o de las que aparezcan publicadas en el tablón de anuncios de la entidad bancaria.
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