Ya se conoce lo que cobran los cajeros automáticos

La acaba con el desconocimiento por parte del usuario del importe exacto de la comisión por operación solicitada en un cajero (disposición de efectivo, consulta de saldo, etc.) que se cobraba la entidad por prestar el servicio.
Por EROSKI Consumer 23 de septiembre de 2003

Hasta no hace tanto tiempo se producía una clara infracción del Ordenamiento Jurídico en el sentido de que el usuario desconocía en el momento de realizar la operación, es decir, la disposición en efectivo u otra, del coste de la misma. Esta ilógica situación de que el usuario desconociera el coste de una operación solicitada conllevó una denuncia formal por parte de los usuarios que fue recogida y aceptada en parte por los poderes públicos. Así, tras un informe preceptivo del Consejo de Estado, se publicó la correspondiente norma, que prevé que las entidades crediticias ofrezcan la siguiente información.

De todas formas conviene tener en cuenta los siguientes consejos:

a) Si se va a viajar a un lugar en la que la entidad habitual que se utiliza carece de sucursal, no hay que olvidar que las disposiciones en otra, tienen su coste. Por ello se deben de racionalizar las disposiciones. Si habitualmente se extraen pequeñas cantidades, conviene saber que existe un mínimo por operación que puede encarecer desmesuradamente la misma.

b) Utilizar un cajero de la misma red pero no de la misma entidad también puede acarrear un coste

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