La subida del IVA entrará en vigor el 1 de septiembre

Numerosos productos que ahora se gravan al tipo reducido pasarán al tipo general
Por EROSKI Consumer 13 de julio de 2012

El Consejo de Ministros ha acordado que la subida del IVA, por la que se eleva el tipo general del 18% al 21% y el reducido del 8% al 10%, entre en vigor el próximo 1 de septiembre y no el domingo 15 de julio o el lunes 16 de julio como se había especulado. El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha justificado el retraso en la aplicación de la subida del IVA en que se quiere dar tiempo suficiente para aplicar la medida y no distorsionar la actividad económica.

Montoro señaló que la fecha del 1 septiembre es «técnicamente la más operativa». No querían «retrasarlo más» una vez tomada la decisión, pero al mismo tiempo prefieren «dejar un margen de unas semanas para que sea operativa y que no haya problemas ni distorsión en la actividad económica».

Además, Montoro recordó que prácticamente todas las subidas del IVA que se han producido se han avisado con meses de antelación, por lo que ha desvinculado el retraso del intento de no perjudicar la actividad turística, ya que de hecho ésta seguirá su desarrollo en septiembre.

El ministro de Hacienda también adelantó que se realizará una nueva clasificación de los productos gravados por el IVA, de forma que algunos productos que ahora se gravan al tipo reducido pasarán al tipo general. Esta nueva clasificación no afecta a los productos gravados por el tipo superreducido, como la leche y el pan y algunos productos culturales como los periódicos y los libros, salvo la compra de vivienda nueva, que dejará de gravarse al 4% a partir de enero.

Los mayores cambios se aplicarán en el IVA reducido, que a partir de septiembre solo gravará el transporte, la hostelería y la cesta de la compra. Quedarán fuera los servicios funerarios y algunos productos sanitarios como el material, los equipos o instrumentos para prevenir diagnosticar y tratar enfermedades o las dolencias o la asistencia sanitaria dental.

También empezarán a gravarse al tipo general del 21% los aparatos para suplir las deficiencias físicas de hombres o animales, los servicios de limpieza de vías públicas, los arrendamientos con opción de compra de viviendas, los servicios de peluquería o los servicios efectuados en favor de titulares de explotaciones agrícolas. De igual modo, tributarán al 21% las entradas a espectáculos culturales como teatros, cine, parques de atracciones, espectáculos deportivos, conciertos, bibliotecas, museos o zoológicos.

En cuanto a la desgravación en el IRPF por la compra de vivienda nueva, desaparecerá partir del 1 de enero de 2013, cuando el tipo del IVA de estas transacciones dejará de ser el «superreducido» del 4% y se situará en el 10%.

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