Multan a las estaciones de servicio por no instalar paneles informativos

Las sanciones impuestas por Fomento oscilan entre los 4.200 euros
Por EROSKI Consumer 12 de agosto de 2002

Las estaciones de servicio de la Comunidad Valenciana y de Castilla-La Mancha han sido las primeras de España en recibir multas por parte del Ministerio de Fomento por no instalar paneles informativos con los precios de los carburantes de los puntos de venta más próximos. Desde la Confederación de Empresarios de Estaciones de Servicios (CEES) apuestan por negociar con el Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) para evitar las sanciones, que oscilan entre los 4.200 euros.

La Asociación de Operadores Petrolíferos (AOP), por su parte, considera que la norma que obliga a colocar estos paneles podría conducir a una concertación de precios entre las distintas estaciones de servicio, lo que sería ir justo en contra del espíritu de la ley, que pretendería fomentar la competencia. Por esta razón, señala que es contradictorio que el Gobierno haya dado el visto bueno a dicha normativa y al mismo tiempo Anticorrupción investigue la querella presentada por la Plataforma Nacional de Consumidores de Carburantes contra las petroleras por presunta concertación de precios. Por otra parte, y en referencia a este último asunto, las compañías petrolíferas cuentan con tres resoluciones del Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) que concluyen que no pactan los precios de los carburantes. La primera, del 1 de agosto de 2001 y a denuncia de la Unión de Consumidores de España (UCE), concluye que la coincidencia de precios no puede ser la base de una posible concertación ya que, en este caso, el comportamiento puede analizarse como una reacción normal de los operadores. La segunda resolución data del 15 de febrero pasado y resuelve a favor de las petroleras una denuncia de la Asociación de Propietarios de Estaciones de Servicio sobre el uso de la tarjeta Solred.

Por último, la tercera responde a una demanda del Comité Nacional de Transportes por Carretera por posible vulneración de la Ley en la reducción de las diferencias de precios entre los aplicados a las ventas de gasóleo en estaciones de servicio y a instalaciones fijas, que se manifestaron en septiembre y primera quincena de octubre de 2000. El TDC tampoco apreció ninguna irregularidad.

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