Sistema arbitral: derecho o equidad

Para resolver un arbitraje se puede recurrir a dos modalidades diferentes. Los árbitros del tribunal serán profesionales del derecho en el primer caso y del sector que genera la reclamación, en el segundo.
Por EROSKI Consumer 16 de junio de 2003

El arbitraje en equidad es la modalidad por excelencia de la intermediación entre consumidor y empresa. Todos los arbitrajes se realizan por este procedimiento salvo si las partes solicitan expresamente el arbitraje en Derecho.

En este caso son profesionales del sector los que integran el tribunal y dictan el laudo, tras escuchar a las partes, según las prácticas generalizadas y aceptadas en el sector que se juzgue.

La Audiencia Provincial de Madrid reconoció, en sentencia del 31 de octubre de 1995, que la fundamentación del laudo no está obligada a contener referencias a preceptos legales o doctrina jurisprudencial. Así, los laudos por equidad evitan caer en el intrincado marco legal agilizando su funcionamiento. La resolución emitida es de obligado cumplimiento para todas las partes.

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