Indicación de precios

En cada producto se debe indicar su precio final de venta, con el IVA y el resto de impuestos incluidos
Por EROSKI Consumer 6 de octubre de 2005

Desde que en 1998 el Parlamento Europeo aprobó la Directiva 98/6/CE relativa a la protección de los consumidores en materia de indicación de los precios de los productos comercializados, los establecimientos comerciales están obligados a indicar el precio de venta así como el precio por unidad de medida en todos sus productos.

En España, estas medidas han sido concretadas y ampliadas en los últimos cinco años por diferentes reales decretos emitidos por el Ministerio de la Presidencia. Estas disposiciones suponen una mayor protección del derecho de los consumidores de obtener información clara y veraz sobre el precio de los productos existentes en el mercado.

Cada producto debe indicar de manera clara y visible su precio de venta, es decir, el precio final con el IVA y el resto de impuestos incluidos. Además, en la etiqueta debe también figurar el precio por unidad de medida: a cuánto sale el kilo, el litro, la unidad, etc. En el caso de los huevos, lo correcto es indicar el precio por docena y no por envase, como se hace habitualmente. También es preferible indicar el precio del detergente por cada lavado en vez de indicar el precio por kilo.

No obstante, según un estudio realizado por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), en el 2003 «sólo el 46% de los productos controlados cumplía correctamente con la legislación en vigor», lo cuál indica que la normativa vigente no es respetada por todos los establecimientos.

Uno de los problemas más frecuentes en la marcación de precios es que cuando se trata de un producto congelado se indica el precio por kilogramo sin descontar la cantidad del agua que contiene. Por ello, la Orden Presidencial 3360/2004, publicada el 14 de octubre de 2004, precisa que en los productos congelados se deberá indicar «el precio por kilogramo de peso neto, el precio por kilogramo de peso neto escurrido y el porcentaje de glaseado», reconociendo que estos datos «van a determinar sin lugar a dudas la elección».

El que estas medidas se apliquen depende de los gobiernos de las comunidades autónomas, los cuales deben realizar inspecciones periódicas y exhaustivas en los establecimientos y sancionar a los comercios que las incumplan. Mientras los consumidores pueden, tal y como propone OCU, reclamar en el establecimiento cada vez que no encuentren los precios por unidad de medida de los productos que vayan a comprar.

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