Sentencia: Una comunidad de propietarios prescindió de los servicios del administrador de manera anticipada sin alegar incumplimiento

Por EROSKI Consumer 24 de abril de 2010
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Imagen: Bart Everson

Una comunidad de propietarios contrató un administrador de fincas por dos años. Prescindió de sus servicios de manera anticipada, sin alegar incumplimiento de las prestaciones pactadas. El administrador, por esta falta de justificación, reclamó en juicio sus honorarios hasta el fin del periodo pactado.

En el contrato había una cláusula para caso de rescisión: la comunidad debería abonar al administrador los honorarios que le correspondieran por el periodo que restara de aquel ejercicio económico. A no ser que la rescisión del contrato se debiera a justa causa, por incumplimiento de sus funciones por parte del administrador, por voluntad del mismo o por acuerdo mutuo entre las partes.

La comunidad se opuso al pago, por considerar que la cláusula era abusiva. Ganó el pleito y la demanda del administrador fue desestimada.

La comunidad ganó el pleito porque la cláusula para caso de rescisión se consideró abusiva

La Audiencia Provincial de Asturias, en sentencia de 11 de diciembre de 2009, señaló que la cláusula contemplaba que el administrador tenía derecho a los honorarios por el periodo que restase hasta transcurrir aquel ejercicio económico, sin reconocer en cambio derecho alguno a la comunidad de propietarios para el caso en que la desvinculación procediera de la voluntad del profesional. Se quebraba de este modo el requisito de la reciprocidad en los derechos y obligaciones de las partes en el contrato. Esta ausencia de simetría permitió a la audiencia calificar la cláusula como abusiva y nula.

No obstante, no se declaró que el administrador quedara sin derecho a indemnización. Ni que la conducta de la comunidad de propietarios no fuera merecedora de sanción civil. Al anular la cláusula, se excluyó la automaticidad en la indemnización, pero se dejó abierta la posibilidad de que el administrador reclamara por los daños y perjuicios sufridos.

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